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Pág. 226848 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de julio de 2002 Artículo 38º.- La Secretaría General depende jerár- quicamente del Superintendente Nacional de los Regis- tros Públicos, está a cargo de un funcionario de confian- za, denominado Secretario General, con categoría de Gerente, y coordina sus actividades con el Superinten- dente Adjunto y el Gerente General. Artículo 39º.- Son funciones de la Secretaría Gene- ral las siguientes: a) Organizar, dirigir y controlar las actividades rela- cionadas con el trámite documentario de la SUNARP, así como el archivo del Despacho del Superintendente Na- cional y del Superintendente Adjunto. b) Organizar el Despacho del Superintendente Nacio- nal y del Superintendente Adjunto. c) Centralizar, organizar y procesar la documentación interna y externa que ingresa y egresa de la SUNARP. d) Establecer procedimientos para el trámite documen- tario e implementar, en coordinación con la Gerencia de Informática, sistemas automatizados de ingreso, deriva- ción y egreso de documentos. e) Proyectar las comunicaciones de trámite oficial que se sean encargadas por el Superintendente Nacional. f) Numerar, hacer publicar y archivar las resoluciones dictadas por los distintos órganos de la SUNARP. g) Autenticar las copias de las resoluciones de la SUNARP y, en su caso, suscribir las transcripciones ofi- ciales. h) Numerar y distribuir las Directivas de la SUNARP. i) Las demás funciones que le sean asignadas. Artículo 40º.- La Secretaría General desarrolla sus actividades en dos ámbitos funcionales: De Trámite Do- cumentario y de Archivo. En el ámbito funcional de Trámite Documentario le co- rresponde: a) Organizar, dirigir y controlar el sistema de trámite documentario de la SUNARP. b) Organizar, procesar y analizar la documentación interna y externa, que egresa e ingresa, respectivamente a la SUNARP. c) Establecer procedimientos de trámite documenta- rio e implementar sistemas automatizados en coordina- ción con la Gerencia de Informática. d) Proyectar las comunicaciones de trámite oficial que le sean encargadas por el Superintendente Nacional. En el ámbito funcional de Archivo le corresponde: a) Organizar, dirigir y controlar las actividades rela- cionadas con el archivo documentario del Despacho del Superintendente Nacional y del Superintendente Adjun- to. b) Establecer los procedimientos de archivo del Des- pacho del Superintendente Nacional y del Superinten- dente Adjunto. c) Implementar sistemas automatizados de archivo del Despacho del Superintendente Nacional y del Superin- tendente Adjunto, en coordinación con la Gerencia de Informática. d) Numerar, archivar y distribuir las resoluciones y di- rectivas dictadas por los distintos órganos de la SUNARP. GERENCIA DE CATASTRO Artículo 41º.- La Gerencia de Catastro es el órgano encargado de prestar apoyo especializado en materia ca- tastral a la Alta Dirección y a los órganos desconcentra- dos de la SUNARP. Artículo 42º.- La Gerencia de Catastro está a cargo de un funcionario de confianza que tiene la categoría de Gerente, depende jerárquicamente del Gerente Gene- ral, coordina sus labores con la Gerencia Registral y las áreas de catastro de los órganos desconcentrados y, ejer- ce sus funciones de acuerdo con las facultades que le confiere el Estatuto y el presente Reglamento. Artículo 43º.- Son funciones de la Gerencia de Ca- tastro las siguientes: a) Planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y su- pervisar el desarrollo de la actividad catastral de los ór- ganos desconcentrados. b) Proponer ante las instancias correspondientes, la emisión de las disposiciones necesarias a fin de que laactividad catastral de los órganos desconcentrados se apoye en parámetros técnicos uniformes. c) Propiciar y gestionar la celebración de convenios con Entidades del sector público o privado generadoras de catastro, a fin de obtener la información catastral re- querida por el Sistema. d) Gestionar la celebración de convenios con Entida- des del sector público o privado, nacionales, extranjeras o de cooperación técnica internacional, con el propósito de promover, desarrollar y ejecutar proyectos relaciona- dos con el levantamiento catastral de las zonas aún no catastradas, tanto en el ámbito rural como urbano. e) Velar por el mantenimiento permanente y actuali- zación periódica de los registros georeferenciados de los predios inscritos en el Registro de Predios. f) Establecer y desarrollar las políticas de acción de la relación Registro - Catastro en la SUNARP. g) Las demás que le sean asignadas. Artículo 44º.- La Gerencia de Catastro, desarrolla sus actividades en cuatro ámbitos funcionales: De Dirección; de Planeamiento; de Organización; y, de Supervisión y Control. En el ámbito funcional de Dirección le corresponde: a) Dirigir las políticas del catastro en el ámbito na- cional, así como realizar las coordinaciones con la Ge- rencia Registral y los Órganos Desconcentrados para la implementación de las acciones y divulgación de los mecanismos de acceso al registro por parte de los usuarios. b) Promover la realización de convenios con institu- ciones nacionales o internacionales, a fin de desarrollar programas de especialización, investigación y difusión del Catastro. c) Promover la actualización de la red informática so- bre el catastro nacional. d) Proponer las políticas y estrategias para el mante- nimiento o actualización del catastro. En el ámbito funcional de Planeamiento le correspon- de: a) Elaborar el Plan Anual de Actividades de la Geren- cia en coordinación con la Alta Dirección. b) Realizar el diagnóstico de la situación del Catastro en las distintas Zonas Registrales. c) Proponer a la Escuela de Capacitación la realiza- ción de Congresos, Seminarios, Conferencias y Foros, nacionales o internacionales, en materia catastral. En el ámbito funcional de Organización le correspon- de: a) Atender los requerimientos del personal que labora en la Gerencia Catastral. b) Organizar, en coordinación con la Escuela de Ca- pacitación, la información especializada en temas de Ca- tastro, promoviendo el intercambio con centros especia- lizados nacionales e internacionales. c) Coordinar con la Gerencia Registral y la Escuela de Capacitación, la divulgación de la legislación Catas- tral. d) Proporcionar la información especializada sobre normas en catastro y bibliografía en general a las distin- tas unidades orgánicas de la SUNARP. En el ámbito funcional de Supervisión y Control le co- rresponde: a) Supervisar el desarrollo de la labor catastral de los órganos desconcentrados. b) Realizar controles periódicos de los procesos de mantenimiento o actualización del Catastro de los pre- dios inscritos en el Registro de Predios. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Artículo 45º.- La Gerencia de Administración y Finan- zas es el órgano de apoyo encargado de proporcionar los recursos necesarios para el funcionamiento de las unidades orgánicas de la SUNARP. Tiene por finalidad efectuar una adecuada gestión y aplicación de los proce- sos administrativos en aspectos de ejecución presupues- tal, financiero, contable, patrimonial y de fondos, así como