Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2002 (10/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 10 de junio de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el Ministerio de Desarrollo Economico de la Republica de Bolivia, ha cursado invitacion al Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para que participe en una Reunion donde se tratara lo relacionado al proyecto Ferroviario Guaqui-DesaguaderoPuno, la misma que tendra lugar en la MORDAZA MORDAZA, el dia 10 de junio de 2002; Que, teniendo en cuenta la trascendencia de dicho proyecto, resulta necesario que asista al mencionado evento un funcionario de la Oficina de Planeamiento y Programacion del Subsector Transportes del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, es de interes para el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion participar en la mencionada Reunion, en consideracion a los objetivos generales que le asigna el Decreto Ley Nº 25862; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Henrry MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Programacion del Subsector Transportes, a la MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, durante los dias 10 y 11 de junio de 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos - Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ US$ US$ 293.82 400.00 25.00

vio cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la recurrente segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 322-2001-MTC/ 15.15.03 y 240-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento, por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 4012001-MTC/15.15 y Resolucion Ministerial Nº 461-2001MTC/15.02; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa "MARITIME TRANSPORT OF PERUVIAN FUEL" SOCIEDAD ANONIMA CERRADA la Licencia Nº 006-2001-MTC/15.15-SAC, para que preste Servicio de Abastecimiento de Combustible en el Terminal Portuario del CALLAO; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Abastecimiento de Combustible a que se refiere el articulo precedente sera prestado con la embarcacion denominada PETROLUBE de bandera peruana con Matricula Nº CO-1302-AM. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el Articulo 1º precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similares periodos a peticion de parte. Articulo 4º.- La Licencia de Servicio de Abastecimiento de Combustible otorgada implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A. y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLAORDUNA MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Acuatico 7300

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 10325

Otorgan licencia a empresa para prestar servicio de abastecimiento de combustible en el Terminal Portuario del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 249-2001-MTC/15.15 MORDAZA, 21 de noviembre de 2001 Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. 20001 - 010101 y 055924) presentadas por la empresa "MARITIME TRANSPORT OF PERUVIAN FUEL" SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Abastecimiento de Combustible en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas-empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, pre-

Otorgan licencia a empresa para prestar servicio de recojo de residuos oleosos en el Terminal Portuario del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 097-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2002 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-005407) presentada por la empresa TRANSPORTES QUIMICOS DEL PERU S.A.C., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Recojo de Residuos Oleosos en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobo el Re-

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