Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2002 (14/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de junio de 2002

que conforma la Comision "Ad Hoc", designada mediante Resolucion Jefatural Nº 032-2002-INRENA con la finalidad que se encargue de conducir el MORDAZA de otorgamiento de concesiones forestales con fines maderables, de acuerdo a lo que establece el Articulo 103º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA - Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; Que, por Resolucion Jefatural Nº 120-2002-INRENA se modifico el contenido de la Resolucion Jefatural Nº 0362002-INRENA y se amplio el plazo de vigencia de los contratos del personal miembro de la Comision Ad Hoc, que fueran aprobados inicialmente por dicha Resolucion; Que, debido a las impugnaciones presentadas a traves de recursos administrativos, por los postores que no obtuvieron las concesiones, las cuales, por ley, suspenden el MORDAZA de otorgamiento y la suscripcion de los contratos hasta que cada una de ellas no sea resuelta; el MORDAZA que debia culminar en junio se ha debido extender aun mas; Que, de la misma forma, el INRENA observa con beneplacito la gran aceptacion a nivel nacional del MORDAZA de concesiones forestales, por lo que se ha considerado pertinente ampliar dicho MORDAZA a los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA y otros que se consideren necesarios para el buen aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, como consecuencia de lo anteriormente indicado es necesario ampliar el plazo de contratacion de los miembros de la Comision Nacional Ad Hoc asi como incorporar a dos miembros mas en la mencionada Comision a fin de agilizar el MORDAZA iniciado; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el parrafo precedente se ha considerado pertinente incluir en la Comision Ad Hoc a una ingeniera forestal cuya amplia trayectoria profesional va dirigida al tema del aprovechamiento forestal sostenible, habiendo de esta manera participado como especialista en diferentes Instituciones y en la Mesa de Dialogo Forestal; asi como a un economista, que tiene amplia experiencia en la planeacion nacional, aprovechamiento de recursos y el desarrollo organizacional y operacional; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM dispone que son considerados Servicios Personalisimos, aquellos contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, a traves del Informe Nº 005-2002-INRENADGFFS emitido por la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA se sustentan las caracteristicas especiales y profesionales en la formacion y experiencia profesional de la ingeniera forestal MORDAZA Revoredo MORDAZA y del senor MORDAZA MORDAZA Mutin en sus disciplinas respecto de temas de aprovechamiento forestal sostenible y planeacion nacional y desarrollo organizacional, a fin que MORDAZA contratados como miembros de la Comision Ad Hoc, cumpliendo asi con el requisito de tener en cuenta la persona del locador, por tanto, se hace necesaria la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo, y mediante Informe de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Oficina de Administracion Nº 096-2002-INRENA-OAJ-OA se pronuncian sobre el cumplimiento de los requisitos legales para la exoneracion, en aplicacion del Articulo 113º del precitado Reglamento; Que, en tal sentido, a fin de continuar con el MORDAZA de la promocion de la produccion forestal sostenible contenido como objetivo central del Contrato de Contribucion celebrado entre el INRENA y el Estado de los Paises Bajos en beneficio de la actividad relativa al Proyecto "Apoyo institucional al INRENA con enfasis en el sector forestal"; resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de los contratos aprobados por Resolucion Jefatural Nºs. 036-2002INRENA y 120-2002-INRENA, asi como exonerar del MORDAZA de seleccion respectivo, las contrataciones de la ingeniera forestal MORDAZA Revoredo MORDAZA y del senor MORDAZA MORDAZA Mutin, a efectos de posibilitar la realizacion oportuna de los servicios requeridos, a traves de adjudicacion de menor cuantia; Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM dispone que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el

caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos; Que, adicionalmente es preciso indicar que de acuerdo a la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE se aprueba la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE la cual indica que la resolucion que aprueba la exoneracion de procesos de seleccion debe indicar en su parte resolutiva, ademas de la descripcion del servicio objeto de la contratacion, el valor referencial, el tiempo que requiere la contratacion y la fuente de financiamiento; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar, a la Oficina de Administracion del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, la ampliacion de la contratacion del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA hasta el 31 de agosto del 2002 por un monto de US$ 10,800.00 (Diez Mil Ochocientos y 00/100 Dolares Americanos), el economista MORDAZA Galvan hasta el 31 de MORDAZA del 2002 por un monto de US$ 6,000.00 y la de la doctora MORDAZA MORDAZA Florindez hasta el 31 de agosto del 2002 por un monto de US$ 10,500.00 (Diez Mil Quinientos y 00/100 Dolares Americanos). Articulo 2º.- Encargar, a la Oficina de Administracion del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, efectue la contratacion por Servicios Personalisimos de la ingeniera forestal MORDAZA Revoredo MORDAZA y del M.Sc. MORDAZA MORDAZA Mutin como miembros de la Comision Ad Hoc, desde el 1 de junio hasta el 31 de agosto del 2002, y por montos respectivos de US$7,500.00 (Siete Mil Quinientos y 00/100 Dolares Americanos) cada uno. Articulo 3º.- El egreso que origine las ampliaciones y las nuevas contrataciones indicadas objeto de la presente Resolucion de Exoneracion se afectaran a la Fuente de Financiamiento: Convenio INRENA-HOLANDA, "Apoyo Institucional al INRENA con enfasis en el Sector Forestal". Articulo 4º.- Notificar a Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloria General de la Republica la presente Resolucion, dentro de los diez (10) dias utiles siguientes a la fecha de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del INRENA 10619

ECONOMIA Y FINANZAS
Incorporan Titulo VII al Reglamento del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones
DECRETO SUPREMO Nº 100-2002-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 8º de la Ley Nº 27617 dispone la modificacion de la Setima Disposicion Final y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP), aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, referida a la pension minima; Que, por su parte, el Articulo 9º de la mencionada ley, introduce la Decimo Tercera y Decimo MORDAZA Disposiciones Finales y Transitorias del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, referidas al Regimen Especial de Jubilacion Anticipada y a la Jubilacion Adelantada del Decreto Ley Nº 19990 para los afiliados al Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP); Que, es necesario reglamentar las precitadas disposiciones finales y transitorias para su aplicacion al interior del SPP, sin perjuicio de las disposiciones adicionales que se dicten sobre la materia;

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