Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2002 (14/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 14 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 4º.- Los funcionarios cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, deberan presentar dentro de los quince dias posteriores a su retorno al MORDAZA, un Informe de su participacion al Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado del Despacho de Agricultura 10605

En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º literal j) del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase la siguiente lista de areas naturales protegidas que no son susceptibles de ser encargadas en administracion a terceros mediante la figura de contrato de administracion. 1.1 Areas que estan reconocidas por la UNESCO como sitios mixtos de Patrimonio Cultural y Natural - Santuario Historico de Machupicchu - MORDAZA Nacional del Rio Abiseo 1.2 Zonas Reservadas

Aprueban lista de areas naturales protegidas que pueden o no ser susceptibles de ser encargadas a terceros mediante contratos de administracion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 155-2002-INRENA
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 17º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834 y el Subcapitulo I del Capitulo IV del Titulo Tercero del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, se senala que el Estado promueve la participacion privada en la gestion y manejo de las Areas Naturales Protegidas, autorizando entre otras modalidades, la celebracion de Contratos de Administracion; Que, de acuerdo al Articulo 117.5 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, corresponde al INRENA establecer una lista de areas naturales protegidas que por razones tecnicas, sociales y culturales no son susceptibles de ser encargadas en administracion, ademas de indicar que los Sitios de Patrimonio Mundial Cultural y Natural no son objeto de contratos de administracion; Que, la Decimo Primera Disposicion Complementaria, Final y Transitoria del Reglamento MORDAZA mencionado, afirma que el INRENA puede determinar las Areas Naturales Protegidas en condiciones de ser objeto de contrato de administracion; Que, de acuerdo a las disposiciones complementarias para el Otorgamiento de Contratos de Administracion, aprobadas por Resolucion Jefatural Nº 270-2001-INRENA, sobre "Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas para el Otorgamiento de Contratos de Administracion", se establece en el Articulo 3º que corresponde al INRENA mediante Resolucion Jefatural aprobar una lista de las areas naturales protegidas que promueve para ser encargadas en administracion y de aquellas areas que quedan impedidas de ser sometidas a dicho procedimiento; Que, las Zonas Reservadas no podran ser encargadas bajo contrato de administracion por pertenecer a una categoria transitoria del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado, hasta que las mismas obtengan una categoria definitiva, tal como lo senala el Articulo 59.1 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; Que, las Reservas Comunales tienen un regimen especial mediante su contrato de administracion, el cual debera realizarse con las organizaciones que los usuarios reconocidos conformen para estos fines, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 56º del Reglamento MORDAZA mencionado, el mismo que manifiesta que la administracion de las Reservas Comunales corresponden a un regimen especial contemplado por la Ley y en concordancia con el Articulo 125º del mismo Reglamento y subrayado en la Primera Disposicion Complementaria de la Resolucion Jefatural Nº 270-2001-INRENA; Que, estas listas tienen por objeto orientar y promover de manera ordenada la participacion de la sociedad civil en el manejo de las areas naturales protegidas bajo la modalidad mencionada, al mismo tiempo que determina las prioridades del Estado en este mismo rubro;

- ZR del MORDAZA - ZR Laquipampa - ZR MORDAZA - ZR Pantanos de MORDAZA - ZR de Tumbes - ZR Algarrobal El MORDAZA - ZR Chancaybanos - ZR MORDAZA MORDAZA - ZR de Gueppi - ZR del Rio MORDAZA - ZR Allpahuayo Mishana - ZR MORDAZA Comaina - ZR Alto Purus - ZR Amarakaeri - ZR Cordillera de Colan Articulo 2º.- Apruebase la lista de areas naturales protegidas priorizadas en una primera etapa, para ser encargadas bajo contratos de administracion: MORDAZA Nacional Cordillera MORDAZA MORDAZA Nacional Bahuaja Sonene Reserva Nacional Tambopata Reserva Nacional de Lachay Santuario Nacional Ampay Santuario Nacional Lagunas de MORDAZA Coto de Caza El Angolo Reserva Paisajistica Nor Yauyos Cochas

Articulo 3º.- En el caso de las Reservas Comunales, los contratos de administracion seran suscritos con las respectivas poblaciones beneficiarias debidamente organizadas, de conformidad, con el Articulo 125º del Decreto Supremo Nº 038-2001-AG y de acuerdo a los procedimientos y formalidades que establezca la Direccion General de Areas Naturales Protegidas. Articulo 4º.- Encargase a la Direccion General de Areas Naturales Protegidas, la promocion y difusion de las mencionadas listas, asi como su revision MORDAZA y permanente actualizacion bajo criterios tecnicos y de viabilidad para la gestion de las areas por el sector privado, de modo tal que puedan ser ampliadas de acuerdo a las necesidades e intereses del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del INRENA 10601

Disponen ampliar plazo de contratacion e incorporar miembros a la Comision Nacional Ad Hoc designada mediante la R.J. Nº 032-2002-INRENA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 165-2002-INRENA
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 036-2002-INRENA se autorizo la contratacion, entre otros, del personal

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