Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2002 (14/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de junio de 2002

Que, en el Informe Nº 008-99-PRE de fecha 16 de MORDAZA de 1999, la Inspectoria General del Ministerio de la Presidencia recomendo efectuar los tramites a fin de dejar sin efecto el contrato de ejecucion de la referida obra al haberse determinado que se ha ejecutado sin una exhaustiva revision y analisis respecto a la calidad tecnica e integridad fisica del proyecto por parte de la Gerencia Regional; Que, de acuerdo a la liquidacion final de la obra, aprobada por Resolucion Presidencial Nº 0476-200-CTAR ANCASH/PRE, el CTAR MORDAZA ha abonado a la empresa Contratista la suma de S/. 151 062,48 por los trabajos efectuados que no pueden ser puestos al servicio de la comunidad por las serias deficiencias en su construccion; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 0112001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado, interponga e impulse las acciones legales correspondientes contra los responsables de la formulacion del Expediente Tecnico y Ejecucion de la Obra: Agua Potable Puerto de Casma, incluidos en el Informe Nº 190-2001-CTAR ANCASH/GRAJ/SGAA, por las razones o hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 10591

FONCODES senala que esta debidamente acreditado el derecho de FONCODES de exigir la devolucion de S/. 2,450.00 entregada como garantia por FONCODES al Sr. MORDAZA MORDAZA Caballero; Que, en consecuencia, y de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por Decreto Ley Nº 17667, es necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan por los hechos expuestos en la presente Resolucion; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, para que en su nombre y representacion inicie las acciones legales correspondientes por los hechos a que se refiere la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Publico mencionado, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 10592

PESQUERIA
Prorrogan plazo de Regimen Provisional para extraccion comercial del calamar gigante hasta el 31 de MORDAZA de 2002
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 201-2002-PE
MORDAZA, 12 de junio del 2002 CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular su manejo integral propiciando su explotacion racional, conforme a lo dispuesto en el Articulo 2º de la Ley General de Pesca Decreto Ley Nº 25977; Que el Articulo 9º de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesqueria sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos determinara, segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que aseguren la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 138-2001-PE de fecha 16 de MORDAZA del 2001 se establecio un Regimen Provisional para la Extraccion del Calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) prorrogado hasta el 31 de junio del 2002 por Resoluciones Ministeriales Nº 308-2001-PE, Nº 4132001-PE y Nº 107-2002-PE, con la finalidad de aprovechar la abundancia y los beneficios socioeconomicos del citado recurso en concordancia con los objetivos establecidos en el Reglamento de Ordenamiento del Calamar Gigante o Pota, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; Que mediante Oficio Nº PCD-100-139-PE/IMP, de fecha 15 de marzo del 2002, el Instituto MORDAZA del Peru, informa sobre las recomendaciones para el manejo pesquero del calamar gigante, durante el ano 2002; manifestando que seria recomendable establecer un regimen de manejo flexible del calamar gigante y determinando la cuota de pesca para el presente ano en 100 mil toneladas, la cual podria ser modificada de acuerdo a la evolucion de las condiciones del ambiente marino; asimismo, la citada institucion en el Oficio Nº DE-100-104-2002-IMP/PE, de fecha 19 de MORDAZA del 2002,

Autorizan a procurador publico ad hoc del FONCODES iniciar MORDAZA judicial con el fin de obtener la devolucion de garantia otorgada en contrato de arrendamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 215-2002-PRES
MORDAZA, 13 de junio de 2002 El Oficio Nº 298-2002-FONCODES/DE, de fecha 3 de MORDAZA del 2002, de la Direccion Ejecutiva del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Arrendamiento Nº 142-2001FONCODES, FONCODES contrata con el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA el arrendamiento del inmueble ubicado en Jr. Nepena Nº 148, 2da. Etapa, Urb. Buenos Aires, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para ser destinado como sede de la Oficina Zonal de FONCODES Chimbote; Que, de acuerdo a lo que se senala en la Clausula Decima del precitado Contrato, FONCODES a la suscripcion de mismo, hace entrega de la suma de S/. 2,450.00 en calidad de deposito, en garantia del cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato; Que, mediante Carta Nº 097-2001-FONCODES/GAF, la Gerencia de Administracion y Finanzas de FONCODES comunica al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA la resolucion del Contrato de Arrendamiento Nº 142-2001-FONCODES, asi como se requiere la devolucion de la suma de S/. 2,450.00, entregada en garantia a la suscripcion del Contrato en mencion; Que, mediante Carta Nº 001-2002-FONCODES-OZ-CB, la Jefatura Zonal de FONCODES Chimbote requiere al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en el termino de tres dias habiles devuelva la suma de S/. 2,450.00 entregada por FONCODES como garantia, bajo apercibimiento de inicio de acciones legales; Que, mediante Informe Nº 014-2002-FONCODES/GAF/ CGP, el Presidente del Comite de Gestion Patrimonial de

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