Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2002 (14/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de junio de 2002

e) Coordinar y participar con las instituciones y organismos competentes la identificacion, priorizacion y utilizacion de mecanismos de promocion de la oferta exportable peruana a traves de ferias, misiones comerciales, ruedas de negocios y otras actividades analogas; f) Disenar y administrar una base de datos sobre nuevas o potenciales ofertas exportables de bienes, servicios y tecnologia de produccion nacional y la capacidad instalada del sector productivo, en coordinacion con otros organismos y sistemas de informacion; g) Establecer y mantener una vinculacion permanente con los operadores economicos nacionales involucrados en el comercio exterior; h) Coordinar con el sector empresarial, especialmente con la micro, pequena y mediana empresa, a fin de conocer la problematica e inquietudes y orientarlos a participar en el comercio exterior; i) Mantener la vinculacion con las organizaciones e instituciones representativas en materia de comercio exterior, a fin de propiciar acciones encaminadas al desarrollo e incremento de nueva oferta exportable; j) Emitir opinion sobre proyectos de normas legales y administrativas que tengan relacion con el ambito de su competencia; k) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional de Comercio; Articulo 142º G.- La Direccion de Desarrollo de la Oferta Exportable es la encargada de elaborar y ejecutar los mecanismos y estrategias de identificacion de bienes, servicios y tecnologia actuales y potenciales para el comercio exterior. Articulo 142º H.- Son funciones de la Direccion de Desarrollo de la Oferta exportable: a) Promover y ejecutar las politicas conducentes a la identificacion y desarrollo de nueva oferta exportable; b) Ejecutar acciones de capacitacion y concienciacion, en coordinacion con organizaciones representativas nacionales y extranjeras, para promover el desarrollo e incremento de la oferta exportable peruana, en el MORDAZA del plan establecido; c) Coordinar con el sector empresarial especialmente con la micro, pequena y mediana empresa, a fin de conocer su problematica e inquietudes y orientarlos a participar en el comercio exterior a traves del desarrollo de la oferta exportable; d) Promover entre empresas con capacidad de exportacion el establecimiento de consorcios u otros esquemas de alianzas estrategicas para el desarrollo de oferta exportable; e) Emitir opinion sobre proyectos de normas legales y administrativas que tengan relacion con el ambito de su competencia; f) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional de Comercio; Articulo 142º I.- La Direccion de Proyectos es la encargada de proponer y establecer el enlace con entidades nacionales y extranjeras, publicas o privadas, con el proposito de ejecutar acciones para el incremento y diversificacion de la oferta exportable, mediante el desarrollo de proyectos principalmente privados. Articulo 142º J.- Son funciones de la Direccion de Proyectos: a) Elaborar carteras de proyectos privados de inversion en coordinacion con el sector privado para actividades de exportacion, que requieran identificar potenciales socios estrategicos en el exterior; b) Identificacion de inversionistas en el exterior potencialmente interesados en las oportunidades ofrecidas a los diferentes sectores de exportacion; c) Implementacion de programas de capacitacion para la Micro, Pequena y Mediana Empresa con respecto a la elaboracion de proyectos de inversion, tecnicas de negociacion y otras herramientas de apoyo a la capacitacion en el comercio exterior; d) Identificacion y utilizacion de mecanismos para la promocion de los proyectos peruanos seleccionados;

e) Emitir opinion sobre proyectos de normas legales y administrativas que tengan relacion con el ambito de su competencia; f) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional de Comercio". Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de junio del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 10657

Modifican el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 023-2002-ITINCI MORDAZA, 13 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2001-ITINCI, se aprobo la Reestructuracion Organizativa Institucional y el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI; Que, por Resolucion Suprema Nº 139-2001-ITINCI, modificada mediante Resolucion Suprema Nº 150-2001-ITINCI, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del MITINCI; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2001-ITINCI, se creo la Direccion Nacional de Comercio, como organo tecnico normativo de linea del Viceministerio de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; estableciendo en el Articulo 3º que el MITINCI debe disponer y adoptar las acciones administrativas, presupuestales y de otra indole que se deriven del mismo Decreto; Que, resulta necesario modificar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, con el fin de prever los cargos necesarios para la implementacion de la Direccion Nacional de Comercio del Viceministerio de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y, la Ley Nº 27523 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificase el Anexo 01 de la Resolucion Suprema Nº 139-2001-ITINCI, modificada por Resolucion Suprema Nº 150-2001-ITINCI, que aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, incorporando 23 cargos, del Nº 314 al Nº 336, correspondientes a la Direccion Nacional de Comercio del Viceministerio de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, conforme aparece en el Anexo 01, en un folio, que debidamente visado y MORDAZA, forma parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales

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