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Pág. 225059 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de junio de 2002 Estado inicie las acciones judiciales pertinentes a que haya lugar, con el objeto de obtener el cumplimiento de las referidas obligaciones contractuales y la restitución del bien inmueble; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurí- dica; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Polí- tica del Perú, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el De- creto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación del Estado, interponga e impulse lasacciones legales correspondientes, con la finalidad de recuperar el inmueble de propiedad del CTAR Arequipa y las sumas adeu- dadas por el arrendatario, más los intereses legales devengados, costas y costos que correspondan por las razones o hechos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Pro- curadora Pública para los fines a que se contrae la presen- te Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 11005 EMBARCACIÓN TN CAPAC. CAPAC. INDICATIVO SISTEMA DE ARTE DE VIGENCIA DEL INTERN. ALMAC. INSTAL. INTERNAC. PRESERV. PESCA PERMISO DE PESCA (m3) (t/día) TAI YU Nº 88 259.22 996.985 54.00 BI2173 CONGELADO POTERA 13.5.2002 AL 11.6.2002 Artículo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el artí- culo precedente está sujeto al Reglamento del Ordenamien- to Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PE, en lo aplicable y a las con- diciones y compromisos asumidos conforme a la Resolu- ción Ministerial Nº 138-2001-PE que establece el régimen provisional para la extracción comercial del recurso cala- mar gigante o pota. Artículo 3º.- VARTOSA S.A.C., deberá operar su planta de procesamiento de productos hidrobiológicos con suje- ción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como a las relativas a la preserva- ción del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad. Asimismo, deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto, así como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contaminación marina. Artículo 4º.- El inicio de las operaciones de pesca y procesamiento pesquero a bordo de la embarcación pes- quera calamarera citada en el Artículo 1º de la presente resolución, está condicionada a la entrada en vigencia del permiso de pesca y a la comunicación que efectúe la Direc- ción Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesquería a la Dirección General de Capita- nías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, después de la Inspección Técnica Sanitaria de la DNEPP e instala- ción del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bor- do de la referida embarcación.Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNÁNDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 10977 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 180-2002-PE/DNEPP Lima, 13 de mayo de 2002 Visto el escrito de registro Nº CE-00307001, de fecha 8 de mayo del 2002, presentado por la empresa VARTOSA S.A.C., representante legal en el Perú de la empresa MOW CHERN FISHERY CO., LTD. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 138-2001-PE, del 16 de abril de 2001, se estableció un Régimen Provisio- nal para la extracción comercial del recurso calamar gigan- te o pota (Dosidicus gigas), con vigencia desde el 1 de ju-PESQUERÍA Otorgan permisos de pesca a Vartosa S.A.C. y Peruko S.A. para operar embar- caciones de banderas china y coreana en la extracción del recurso calamar gi- gante RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 179-2002-PE/DNEPP Lima, 13 de mayo de 2002 Visto el escrito de registro Nº CE-00299001, de fecha 7 de mayo del 2002, presentado por la empresa VARTOSA S.A.C., representante legal en el Perú del armador chino YU SHENG FISHERY DEVELOPMENT CO., LTD. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 138-2001-PE, del 16 de abril de 2001, se estableció un Régimen Provisio- nal para la extracción comercial del recurso calamar gigan- te o pota (Dosidicus gigas), con vigencia desde el 1 de ju- nio hasta el 30 de setiembre del 2001, prorrogada hasta el 30 de junio del 2002 por las Resoluciones Ministeriales Nº 308-2001-PE, Nº 413-2001-PE y Nº 107-2002-PE; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera calamarera denominada "TAI YU Nº 88", de 259.22 de TN, en la extracción del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas, así como licencia para la opera-ción de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la misma, para desarrollar la actividad de congelado; Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 211-2002- PE/DNEPP-Dap, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento de Or- denamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; las Resoluciones Mi- nisteriales Nº 138-2001-PE, Nº 308-2001-PE, Nº 413-2001-PE y Nº 107-2002-PE y el procedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empresa VARTOSA S.A.C., representante legal en el Perú del arma- dor chino YU SHENG FISHERY DEVELOPMENT CO., LTD., para operar la embarcación pesquera de bandera china cuyas características se detallan a continuación, en la ex- tracción del recurso calamar gigante o Pota (Dosidicus gi- gas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, así como la licencia para la opera- ción de su respectiva planta de congelado;