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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (21/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 225073 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de junio de 2002 - Ingeniero Héctor Silva Egoávil, funcionario responsa- ble de la carpeta de España, de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional. 2.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 11017 Autorizan viaje a funcionario de la Dirección Nacional de Protocolo y Ce- remonial del Estado a Ecuador, en co- misión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0623-2002-RE Lima, 19 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que en el mes de julio del presente año, se llevará a cabo la II Reunión de Presidentes de América del Sur, en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador; Que con tal motivo el Ministerio de Relaciones Exte- riores del Ecuador, ha convocado a una reunión de Delega- ciones de Avanzada de Protocolo, Seguridad y Prensa Ofi- cial, para los días 24 y 25 de junio de 2002, en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador; Que es necesario designar a un funcionario de la Direc- ción Nacional de Protocolo y Ceremonial de Estado para que participe en la mencionada reunión; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 4047, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 10 de junio de 2002; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciem- bre de 1992; la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Enrique Belaúnde Vargas, Director de Ceremonial de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, para que participe en la Reunión de Avanzada de Protocolo, a realizarse en la ciu- dad de Guayaquil, República del Ecuador, del 24 al 25 de junio de 2002. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio- res, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida Misión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$249,00 Viáticos: US$600,00 Tarifa uso aeropuerto: US$25,00 Artículo Tercero.- Dentro de los (15) días calendario siguientes al término de la citada reunión, el mencionado funcionario deberá presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el señor Minis- tro de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 11018Designan delegación que participará en reuniones del APICD y la CIAT, a reali- zarse en México RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0624-2002-RE Lima, 19 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que la 7ª Reunión de las Partes del Programa Inter- nacional para la Conservación de los Delfines (APICD) y la 69ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), se llevarán a cabo en la ciudad de Man- zanillo, Estados Unidos Mexicanos, del 24 al 28 de junio de 2002; Que el relanzamiento de la pesca y la industria de atún son objetivos prioritarios de la política pesquera nacional y que el Congreso de la República autorizó, el 27 de mayo de 2001, la adhesión de nuestro país a la Convención Intera- mericana del Atún Tropical; Que para acceder a la membresía de la mencionada Convención es necesario contar con el beneplácito de todos sus miembros, faltando únicamente el de México; Que el ingreso del Perú a la CIAT permitirá obtener las certificaciones necesarias y cumplir con los requisitos para la explotación de productos en base a atún a los mercados de los Estados Unidos de América; Que las citadas reuniones son de carácter especializado y por lo tanto es necesario conformar la delegación peruana con funcionarios competentes del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio de Pesquería; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 4051, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 5 de junio de 2002; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciem- bre de 1992; la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar la delegación peruana que participará en la 7ª Reunión de las Partes del Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD) y la 69ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), se llevarán a cabo en la ciudad de Manza- nillo, Estados Unidos Mexicanos, del 24 al 28 de junio de 2002, la que estará conformada por las siguientes perso- nas: - Doctor Julio Gonzales Fernández, Viceministro de Pes- quería, quien la presidirá; - Ingeniera Gladys Rocha Freyre, Directora Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de Pesque- ría; - Ministro Alberto Hart Potestá, Director de Asuntos Marítimos y Antárticos; y, - Doctora Gladys Cárdenas Quintana, Jefe de la Unidad de Investigación de recursos Pelágicos del Instituto del Mar del Perú. Artículo Segundo.- Los gastos por concepto de pasa- jes US$ 1,043.25, viáticos US$ 1,320.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, para el Ministro Alberto Hart Potes- tá, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministe- rio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta docu- mentada en un plazo no mayor de quince (15) días al térmi- no de la referida misión. Artículo Tercero.- Dentro de los (15) días calendario siguientes al término de la citada reunión, el mencionado funcionario deberá presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el señor Minis- tro de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- Los gastos de los funcionarios que no son del Ministerio de Relaciones Exteriores, serán cu- biertos por su respectivo sector.