Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2002 (03/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 3 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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mino de TRES (3) meses al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA BEGAZO. Articulo 2º.- IMPONER la sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL sin goce de remuneraciones por el termino de SIETE (7) meses a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA FLORES. Articulo 3º.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edwards MORDAZA MORDAZA GRAJEDA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA VILLAGRA, MORDAZA MORDAZA CALLI MORDAZA, Milguard MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEZA. Articulo 4º.- ABSOLVER de los cargos formulados a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PAUCAR; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 5º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE y/o a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 3718

Atendiendo a ello, de conformidad con lo establecido en el inciso w) del Articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a ejercer el cargo de Martillero Publico en todo el territorio de la Republica, con excepcion de MORDAZA y Callao, con sujecion a las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Articulo Segundo.- Conceder al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA la habilitacion semestral correspondiente, a fin de que ejerza la funcion de Martillero Publico durante el primer semestre del presente ano; esto es, hasta el 30 de junio del 2002. Articulo Tercero.- Precisar que la presente Resolucion constituye el titulo al que se hace referencia en el Articulo 116º del Codigo de Comercio, por lo que, en consecuencia, corresponde su inscripcion en el Registro de Martilleros Publicos, a cargo de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 3504

SUNARP
Autorizan a persona natural ejercer cargo de Martillero Publico
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 058-2002-SUNARP/SN MORDAZA, 14 de febrero de 2002 Vista la solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de obtener su nombramiento para ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel nacional, con excepcion de MORDAZA y Callao; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26366, Ley de Creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos y de la SUNARP, se dicto la Resolucion Ministerial Nº 143-95-ITINCI/DM, por la cual se dispuso la transferencia de las funciones y acervo documental correspondientes al Registro Fiscal de Ventas a Plazos y Registro de Martilleros Publicos, al Sistema Nacional de los Registros Publicos; con lo cual, esta Superintendencia asumio competencia para nombrar y autorizar el ejercicio de la funcion de martillero publico a nivel nacional; Que, luego de evaluar la documentacion presentada por el interesado, se ha constatado que este cumple con todos los requisitos exigidos para su nombramiento como martillero publico con competencia a nivel nacional, con excepcion de MORDAZA y Callao, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus Organos Desconcentrados, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS y modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2000-JUS, el Articulo 116º del Codigo de Comercio y el Reglamento de Martilleros, Resolucion Suprema del 28 de MORDAZA de 1914; Que, de acuerdo con el Informe Nº 010-2002.GLSUNARP/JATF, de fecha 11 de febrero del 2002, que la Gerencia Legal ha encontrado conforme mediante Oficio Nº 091-2002-SUNARP/GL, de fecha 11 de febrero del 2002, se ha acreditado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cumplido con otorgar una garantia hipotecaria a favor de la SUNARP, por un monto equivalente a 1.5 UIT, cumpliendo para ello con la formalidad prevista en el literal b) del Articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO;

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Facultan al SAT prorrogar fecha de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular cuando la primera fecha de inscripcion se MORDAZA producido desde el ano 1999 en adelante
ORDENANZA Nº 368 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA, en su sesion de fecha 28 de febrero del ano en curso, y de conformidad con el Articulo 134º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, regula el Impuesto al Patrimonio Vehicular, senalando que los pagos podran efectuarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, mediante Ordenanza Nº 353-MML se aprobaron las fechas de vencimiento del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2002; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 002-2002-EF/ 15 publicada el 9 de enero de 2002, el Ministerio de Economia y Finanzas aprobo la Tabla de Valores Referenciales para vehiculos correspondiente al ejercicio 2002; Que, asimismo, mediante Resolucion Ministerial Nº 0742002-EF/15 publicada el 24 de febrero de 2002, se aprobo incluir en la Tabla de Valores Referenciales a la que se hace mencion en el considerando anterior, los valores correspondientes a camiones, bus y omnibus, asi como los valo-

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