Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2002 (15/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 15 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 078-2002-JUS

Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 4968

MORDAZA, 6 de marzo de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 004996, de fecha 18 de febrero de 2002, del CENTRO DE CONCILIACION GHIO MAZZONE & ASOCIADOS; CONSIDERANDO: Que el CENTRO DE CONCILIACION GHIO - MAZZONE & ASOCIADOS, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION GHIO - MAZZONE & ASOCIADOS, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 25 de febrero de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0396-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del CENTRO DE CONCILIACION GHIO - MAZZONE & ASOCIADOS; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al CENTRO DE CONCILIACION GHIO - MAZZONE & ASOCIADOS, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION GHIO - MAZZONE & ASOCIADOS, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 4888 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 079-2002-JUS MORDAZA, 6 de marzo de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 24350-2001, de fecha 9 de octubre de 2001, de la ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION JUSTICIA MORDAZA MORDAZA - "ACECOJUS"; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION JUSTICIA MORDAZA MORDAZA - "ACECOJUS" es una asociacion civil sin fines de lucro que entre sus objetivos esta la de ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado JUSTICIA - "CECOJUS", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 23 de enero de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion;

JUSTICIA
Autorizan funcionamiento de Centros de Conciliacion en la MORDAZA de MORDAZA a diversas asociaciones
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 077-2002-JUS MORDAZA, 6 de marzo de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 000767, de fecha 10 de enero de 2002, de la ASOCIACION DE PROMOCION DEL DESARROLLO HUMANO Y LA PAZ - APRODEHPAZ; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACION DE PROMOCION DEL DESARROLLO HUMANO Y LA PAZ - APRODEHPAZ, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado ASOCIACION DE PROMOCION DEL DESARROLLO HUMANO Y LA PAZ - APRODEHPAZ, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 1 de febrero de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0358-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la ASOCIACION DE PROMOCION DEL DESARROLLO HUMANO Y LA PAZ - APRODEHPAZ; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la ASOCIACION DE PROMOCION DEL DESARROLLO HUMANO Y LA PAZ APRODEHPAZ, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado ASOCIACION DE PROMOCION DEL DESARROLLO HUMANO Y LA PAZ - APRODEHPAZ, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Justicia (e) 4887

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