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Pág. 219300 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de marzo de 2002 naturales o jurídicas en actividades concordantes con la promoción y desarrollo acuícola y pesquero, orientando sus fines a la atención alimentaria de la población del país; Que igualmente y en armonía a lo establecido en el Ar- tículo 14º de la Ley General de Pesca aprobada mediante Decreto Ley Nº 25977, es interés del Ministerio de Pes- quería promover e incentivar las actividades que realizan las Universidades Nacionales vinculadas con el quehacer pesquero, de manera particular aquellas que correspon- den a la investigación científica y tecnológica; de manera de compatibilizar sus resultados con el desarrollo del sec- tor pesquero; Que mediante el documento del visto y en concordan- cia con lo anteriormente expresado, la Alta Dirección del Ministerio de Pesquería ha dispuesto la realización del Ta- ller de Trabajo "La Universidad y el Sector Pesquero", evento a llevarse a cabo desde el trece al quince de marzo en la sede del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, requiriéndo- se para ello contar con su oficialización; De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Taller de Trabajo "La Universi- dad y el Sector Pesquero" organizado por el Ministerio de Pesquería, el cual se llevará a cabo desde el trece al quin- ce de marzo del 2002, en la sede del Instituto del Mar del Perú - IMARPE. Artículo 2º.- La realización del citado evento irrogará gas- tos hasta por la suma de S/. 6 000,00 (Seis mil y 00/100 Nue- vos Soles), los cuales serán con cargo al Presupuesto del Pliego 018: Ministerio de Pesquería del Año Fiscal 2002, de acuerdo a la siguiente cadena funcional programática: Fun- ción 12: Pesca, Programa 003: Administración, Subprograma 0006: Administración General, Actividad 1.00267: Gestión Administrativa, Componente 3.0693: Gestión Administrativa; Meta 00002: 00183 Apoyo Logístico. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 4909 Autorizan a persona natural exportar a EE.UU. especímenes de rayas preserva- das extraídas con fines de investigación RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 074-2002-PE/DNEPP Lima, 8 de marzo del 2002 Visto el expediente de Registro Nº CE-00036001 con escrito del 18 de diciembre del 2001, presentado por el señor FLORIÁN BARTON REYDA; CONSIDERANDO: Que mediante los Artículos 43º, 44º y 45º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, se establece que las autorizaciones son derechos específicos que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado a las personas naturales y jurídicas para el desarrollo de la acti- vidad pesquera; Que por Resolución Directoral Nº 079-2001-PE/DNE- PP del 29 de mayo del 2001 se autorizó al señor FLORIÁN BARTON REYDA a realizar investigación sobre parásitos (céstodes) en Rayas del Sureste del Perú, y la extracción de veinte (20) especímenes de cada una de las tres espe- cies de rayas Potamotrygon motoro , Potamotrygon castexi y Paratrygon aireba, que habitan en el río Manu, en el de- partamento de Madre de Dios; Que el señor Florián Barton Reyda cumple con presen- tar el Informe de la investigación autorizada mediante la Resolución Directoral citada en el considerando preceden- te, del cual se desprende que fue necesario examinar los intestinos y estómagos de las especies de estudio para lo cual se seccionaron dichos órganos y se utilizó técnicas adecuadas para la preservación de las especies extraídas;Que mediante escrito del visto, el recurrente solicita autorización, para la exportación de trece (13) especíme- nes de las rayas preservadas con formol procedentes de la investigación realizada, las mismas que tienen que ser exportadas a Estados Unidos de América para continuar con los estudios taxonómicos de céstodes presentes en rayas de aguas continentales; Que de conformidad al Artículo VIII del Título Prelimi- nar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administra- tivo General, las autoridades administrativas no podrán dejar de resolver las cuestiones que se les propongan por deficiencia normativa; en tales casos se acudirá a los princi- pios del procedimiento administrativo previstos en la ley citada, en su defecto a otras fuentes supletorias del dere- cho administrativo, en tal sentido por el principio de analo- gía se aplica el Artículo 26º numeral 26.1 del Reglamento de la Ley de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE que dispone que la importación y exportación de especies hidrobiológicas vivas con fines de investigación, recreación o difusión cultural, requerirá la autorización del Ministerio de Pesquería, previo cumplimiento de los requi- sitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería; Que de la evaluación efectuada se ha determinado que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos es- tablecidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesque- ría, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, por lo que corresponde autorizar la exportación de las rayas extraídas durante el período autorizado en la Resolución Directoral Nº 079-2001-PE/DNEPP; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración Pesquera mediante Informe Nº 024-2002-PE/Dap de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas en el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Ley Nº 27444 que norma el Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al señor FLORIÁN BARTON REYDA exportar a Estados Unidos de América un total de trece (13) especímenes de rayas preservadas, que fueron autorizadas a ser extraídas con fines de investigación me- diante Resolución Directoral Nº 079-2001-PE/DNEPP. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNÁNDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 4910 Aprueban cambio de titular del permi- so de pesca para operar embarcación de bandera nacional a favor de Pesque- ra Golden S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 075-2002-PE/DNEPP Lima, 8 de marzo del 2002 Visto los escritos de Registro Nº CE-00806002 del 17 de diciembre del 2001 y 11 de enero del 2002, presen- tados por la empresa PESQUERA GOLDEN S.A.C. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 355-97-PE del 17 de julio de 1997, se otorgó permiso de pesca al armador pes- quero TRIDENTE S.A., para operar la E/P de bandera na- cional "TRIDENTE II", con matrícula Nº CE-6193-CM, de 35,43 m3 de capacidad de bodega, utilizando cajas de hie- lo como sistema de preservación a bordo, para dedicarse a la extracción de recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo, en el ámbito del litoral peruano