Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2002 (15/03/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 15 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 219307

de seleccion para la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de computo, equipos de comunicacion informatica, impresoras y otros asignados a las unidades ejecutoras de la sede central del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion por un valor referencial de S/. 275,000.00 (doscientos setenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 059/2002.TC.S2 expedida por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se declaro nula la Resolucion Ministerial Nº 584-2001-MTC/ 15.12 que declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto contra el otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 004-2001-MTC/15.12 para seleccionar al proveedor del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de computo, equipos de comunicacion informatica y otros; Que, asimismo, la Resolucion del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ordeno retrotraer el referido MORDAZA de seleccion a la etapa de convocatoria previa reformulacion de las Bases; Que, de acuerdo al Memorandum Nº 0089-2002-MTC/ 15.14, la Oficina General de Metodos y Sistemas ha senalado que desde el mes de MORDAZA del ano 2001 no se cuenta con mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de computo, servidores y equipos de comunicaciones y con el fin de dar continuidad a los servicios que presta el MTC solicita la contratacion del referido servicio en tanto se lleve a cabo el MORDAZA MORDAZA de seleccion; Que, de acuerdo al Memorandum Nº 225-2002-MTC/ 15.12, el valor referencial para la contratacion del referido servicio asciende a la suma de S/. 275,000.00 (Doscientos setenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles) y se realizaria por un periodo de 60 dias; Que, el inciso c) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM senala que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la referida ley; Que, el Articulo 21º del citado texto legal senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes o servicios u obras por el tiempo o cantidad segun el caso necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico Legal previo; dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado mediante Decreto Supremo Nº 079-2001-MTC, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal, ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, en consecuencia a efectos de no comprometer la continuidad del funcionamiento de los equipos de informatica, es necesario contratar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de computo, equipos de comunicacion informatica impresoras y otros, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, en tanto se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica, y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-

2001-PCM y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 079-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de computo, equipos de comunicacion informatica, impresoras y otros. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por un monto de S/ . 275,000.00 (Doscientos setenta y cinco mil y 00/100 nuevos Soles) por el periodo de 60 dias. Articulo 4º.- La contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo a recursos ordinarios y directamente recaudados de las Unidades Ejecutoras 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 015 del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion, asi como el Informe Tecnico contenido en el Memorandum Nº 225-2002MTC/15.12 y Memorandum Nº 0089-2002-MTC/15.14 y el Informe Legal, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 4981

Designan representante alterno del Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ante el Directorio del Fondo MIVIVIENDA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 142-2002-MTC/15.01 MORDAZA, 7 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 4º del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-99-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 108-2001-PCM, establece que su Directorio esta conformado entre otros, por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion o su representante, senalandose que la designacion se efectuara por Resolucion Ministerial expedida por el Ministro correspondiente; Que, resulta necesario designar como representante alterno del Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ante el Directorio del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, al Viceministro de Vivienda y Construccion; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Vivienda y Construccion, como representante alterno del Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ante el Directorio del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 4900

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.