Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2002 (24/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 24 de marzo de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 005, de fecha 14 de enero del 2002, se otorgo facultades a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA para llevar a cabo un MORDAZA de calificacion a las personas juridicas que prestan servicio de transporte de pasajeros en las rutas de interconexion LimaCallao a fin de continuar brindando el servicio dentro de los alcances de los acuerdos que se hayan venido realizando para tratar el Plan de Rutas de Interconexion en el MORDAZA de las reuniones sostenidas en la Secretaria Tecnica del Consejo de Transportes Lima-Callao; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA viene efectuando los estudios de implementacion del tratamiento integral de transporte MORDAZA de la provincia de MORDAZA y sus subsistemas, con el objetivo de mejorar la calidad del transporte, reducir los accidentes de MORDAZA, los niveles de contaminacion y ruidos, motivo por el cual, culminadas las autorizaciones otorgadas para la prestacion del servicio hasta el 31 de diciembre del 2001 en relacion a las rutas de interconexion Lima-Callao, de conformidad con las Resoluciones Directorales Municipales Nºs. 015 y 132-01-MMLDMTU, es necesario velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad, continuidad y mantenimiento en la prestacion del mismo, mediante la convocatoria a un MORDAZA de autorizacion a fin de que las personas juridicas se adecuen a las condicione que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de los objetivos; Que, los convenios de fechas 13-5-96, 12-6-96 y 5-197, mediante los cuales se establecio el Plan Regulador de Rutas de Interconexion Lima-Callao tienen plena validez y han sido reafirmados en los convenios de fechas 16-12-99 y 22-12-2000, donde adicionalmente la Municipalidad del Callao reconocio expresamente la autorizacion en rutas no incluidas en el referido Plan Regulador, las mismas que fueron otorgadas unilateralmente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a un MORDAZA de calificacion entre las personas juridicas que brindan servicio publico de transporte MORDAZA en rutas de interconexion, con el fin de otorgar autorizacion para que continuen prestando el servicio segun los siguientes plazos: - Hasta el 31 de diciembre del 2002, para aquellas rutas cuyos recorridos comprenden la avenida Abancay, el carril Segregado de la Via Expresa y para aquellas rutas que se encuentran comprendidas dentro del area de influencia de los subsistemas sur y sudeste conformantes del sistema integrado de transporte. - Hasta el 31 de diciembre del 2003, para aquellas rutas cuyos recorridos comprendan la avenida Tacna, Grau, MORDAZA Ugarte y para aquellas rutas que se encuentran comprendidas fuera del area de influencia de los referidos subsistemas. Articulo Segundo.- El MORDAZA de calificacion dispuesto por la presente resolucion se efectuara entre el 25 de marzo y el 15 de MORDAZA del 2002. Articulo Tercero.- Las personas juridicas que prestan servicio de transporte en las rutas senaladas en el Articulo Primero de esta MORDAZA, deberan cumplir con los siguientes requisitos; los cuales se encuentran establecidos en el MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Nº 330: 1. Presentar solicitud dirigida a esta Direccion Municipal. 2. Presentar las polizas de seguro con una vigencia minima de 30 dias, siempre que las polizas presentadas anteriormente no se encuentren vigentes. 3. Contar con la constatacion de caracteristicas vigentes de conformidad con la Resolucion Directora Municipal Nº 607-2000-MML-DMTU. Articulo Cuarto.- Las personas juridicas participantes en el MORDAZA se sujetaran al siguiente cronograma: - Del 25 de marzo al 15 de MORDAZA del 2002, para la MORDAZA de la solicitud. - Del 26 de marzo al 22 de MORDAZA del 2002, para recoger las observaciones efectuadas a los requisitos indicados en los numerales 1 y 2 del articulo precedente.

- Del 26 de marzo al 3 de MORDAZA del 2002, para subsanar las observaciones indicadas en el parrafo precedente. - Del 1 de MORDAZA al 15 de MORDAZA del 2002, para recoger la Resolucion, Contrato de Autorizacion y las tarjetas de circulacion. Articulo Quinto.- En lo referente al requisito indicado en el numeral 3) del Articulo 3º, solamente se emitira tarjeta de circulacion a aquellas unidades que cuenten con la constatacion de caracteristicas vigente. Articulo Sexto.- A partir del 28 de marzo del 2002 se publicara la relacion de rutas de interconexion de acuerdo a las avenidas o subsistemas, en base a lo cual se determinara el plazo de la autorizacion. Articulo Setimo.- Dispongase que las personas juridicas que presenten su solicitud de participacion en el presente MORDAZA, mantendran la autorizacion para seguir brindando el servicio de transporte publico de pasajeros hasta la culminacion del mismo. Articulo Octavo.- Encargar a la Direccion General de Transporte el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Transporte MORDAZA 5592 FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 034 Mediante Oficio Nº 670-2002-SGC/MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia Nº 034, publicado en nuestra edicion del dia 17 de marzo de 2002, en la pagina 219430. - En el MORDAZA considerando DICE: "Que, siendo necesario" DEBE DECIR: "Que, es necesario". - En el Articulo 2º, parrafo MORDAZA DICE: "Crease el Proyecto Especial Metropolitano de Promocion Empresarial, pudiendo utilizar la denominacion "Lima MORDAZA Productiva y Solidaria" que tendra a su cargo." DEBE DECIR: "Crease el Proyecto Especial Metropolitano de Promocion Empresarial, pudiendo utilizar la denominacion "Lima MORDAZA Productiva y Solidaria". - En el Articulo 3º DICE: "Crearse el Concejo Metropolitano para el Desarrollo Economico y Empresarial" DEBE DECIR: "Crease el Consejo Metropolitano para el Desarrollo Economico y Empresarial" - En el Articulo 6º DICE: "Disponer que la Direccion Municipal Metropolitana y la Direccion General de Administracion" DEBE DECIR: "Disponer que la Direccion Municipal Metropolitana y la Direccion Municipal Administrativa" 5595

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