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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2002 (31/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALESPág. 220478 Lima, domingo 31 de marzo de 2002Artículo 113 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/2001. 70 EXCLUSIÓN DEL REGISTRO DE LOS 1. Solicitud de exclusión del producto con su respectiva norma de calidad 0,01 UIT x Trámite Gerente de Mercados y Emisores PRODUCTOS POR PARTE DE LA BOL- dirigida al Gerente de Mercados y Emisores de CONASEV. 30 días hábiles Documentario Este pronunciamiento puede ser SA DE PRODUCTOS 2. Copia simple del Acta en donde conste el acuerdo del órgano correspon- de CONASEV objeto de Recurso de Reconsidera- diente de la Bolsa en el que se especifique la decisión de excluir el ción y/o de Apelación. La Apela- producto. ción será resuelta por la Gerencia 3. Fundamentación de la exclusión. General, agotando la vía 4. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el administrativa. Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 5. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Base Legal: Artículo 22 de las Normas Relativas a la Organización y Funcio- namiento de las Bolsas de Productos, Corredoras de Productos, Operadores Especiales y Cámaras de Compensación., aprobadas mediante Resolución CONASEV N° 067-96-EF/94.10 , publicada el 20/03/96; y Artículo 113 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/2001. 71 AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN 1. Solicitud de los organizadores dirigida al Gerente de Mercados y Emiso- 1 UIT x Trámite En caso de aprobación, el DE LA CAMARA DE COMPENSACIÓN res de CONASEV, detallando: 30 días hábiles Documentario pronunciamiento correspon- a. Nombre(s) y apellidos, nacionalidad, documentos de identidad, estado civil de CONASEV de al Directorio. Este pro- y profesión u ocupación, domicilio de cada uno de los organizadores. Si el nunciamiento puede ser organizador fuese una persona jurídica, deberá especificar los datos de ins- objeto de Recurso de Recon- cripción registral, además de los datos mencionados precedentemente, refe- sideración ante el mismo ridos a sus representantes legales. Directorio, agotando la vía 2. “Currículum Vitae” de cada uno de los organizadores, y de los represen- administrativa. tantes legales, en el caso de personas jurídicas. En caso de denegatoria, el 3. Denominación social que ha de llevar la Cámara, la misma que deberá in- pronunciamiento será emitido cluir la expresión “Cámara de Compensación”. por la Gerencia General. 4. Lugar donde funcionará. Este pronunciamiento puede 5. Operaciones y servicios que proyecta realizar. ser objeto de Recurso de 6. Capital social mínimo establecido en el Artículo 16 y primera disposición fi- Reconsideración y/o de nal de la norma aprobada por Resolución CONASEV N° 067- 96- EF/94.10, Apelación. publicada el 20/03/96, y de acuerdo al Artículo 17 de la Ley sobre Bolsas de La Apelación será resuelta Productos, Ley 26361. por el Directorio, agotando la 7. Declaración jurada de cada uno de los organizadores, o de los represen- la vía administrativa. tantes legales en el caso de personas jurídicas, de no tener antecedentes policiales, penales y/o judiciales ni haber sido declarados en quiebra, ni te- ner procedimientos incoados o sobreseídos de esa naturaleza. 8. Proyecto de minuta de constitución y estatuto. 9. Estudio de factibilidad económico-financiero, suscrito por un economista colegiado. 10. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 11. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Nota: Presentada la solicitud de organización de la Cámara de Compensa- ción, CONASEV ordenará la publicación de un aviso, por cuenta de los solicitantes, para que toda persona interesada, en un plazo de diez (10) días calendario formule cualquier observación. La publicación se hará por una sola vez en el Diario Oficial. En dicho aviso se consignarán los nombres completos de los accionistas y de sus representantes legales.TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE MERCADOS Y EMISORES Nº DE DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACION CON EVALUACION PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMATICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS