Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2002 (31/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV
REQUISITOS DERECHO DE PAGO APROBACION AUTOMATICA CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

GERENCIA DE MERCADOS Y EMISORES

Nº DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

MORDAZA, MORDAZA 31 de marzo de 2002

Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la la via administrativa.

NORMAS LEGALES

referidos a sus representantes legales. 2. "Curriculum Vitae" de cada uno de los organizadores, y de los representantes legales, en el caso de personas juridicas. 3. La denominacion que ha de llevar la Bolsa, la misma que debera incluir la expresion "Bolsa de Productos". 4. Lugar donde funcionara. 5. Operaciones y servicios que proyecta realizar. 6. MORDAZA simple de la boleta del aporte al patrimonio social o capital minimo depositado en una entidad bancaria o financiera, que en ningun caso puede ser inferior al minimo establecido en el Articulo 7 del Decreto Supremo Nº 105-95-EF, publicado el 24/06/95, modificado por el Decreto Supremo N° 152-97/EF, publicado el 14/11/97, modificado por el Decreto Supremo Nº 099-2000-EF, publicado el 12 de setiembre de 2000, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2001-EF publicado el 06/01/2001, modificado por el Decreto Supremo N° 003-2002-EF del 08/01/2002. 7. El numero de asociados o socios de ser el caso. 8. Declaracion Jurada de cada uno de los organizadores, o de los representes legales en el caso de personas juridicas, de no tener antecedentes policiales, penales y/o judiciales ni haber sido declarados en quiebra, ni tener procedimientos incoados o sobreseidos de esa naturaleza. 9. Proyecto de minuta de constitucion donde constara el estatuto, en el que se indique la finalidad expresada en el Articulo 2 de la Ley Nº 26361, publicada el 30/09/94 y modificada por la ley N° 27635 publicada el 16/01/2002. El estatuto de la Bolsa de Productos debe contener obligatoriamente lo siguiente: a) La denominacion o razon social de la sociedad anonima o asociacion civil, segun corresponda, la misma que debe incluir la expresion " Bolsa de Productos; b) Plazo de duracion indefinido de la sociedad; c) Impedimentos para ser miembros del Consejo Directivo o del Directorio y sanciones a dichos miembros por infracciones de la Ley y sus reglamentos; d) La indicacion que las acciones representativas de su capital social o el certificado de participacion, segun corresponda, son libremente transferibles; y; e) Los mecanismos que aseguran la apropiada y oportuna difusion a sus corredores de productos y operadores especiales y al MORDAZA en general, de todas las decisiones relevantes que adopte la Bolsa respecto a los servicios que brinda. Informacion establecida por el Articulo 2 de la Ley 27635 que incorpora textos al articulo 22 de la Ley sobre Bolsa de Productos, Ley N° 26361. 10. Estudio de factibilidad economico-financiero, suscrito por un economista colegiado. 11. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados. 12. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos. 13. Publicacion de un aviso: Presentada la solicitud de organizacion de la Bolsa, CONASEV ordenara la publicacion de un aviso, por cuenta de los solicitantes, para que toda persona interesada, en un plazo de diez (10) dias calendario formule cualquier observacion. La publicacion se MORDAZA por una sola vez en el Diario Oficial. En dicho aviso se consignaran los nombres completos de los asociados y de sus representantes legales.

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Base Legal: Articulo 6 de las Normas relativas a la Organizacion y Funcionamiento de las Bolsas de Productos, Corredores de Productos, Operadores Especiales y Camaras de Compensacion, aprobado por Resolucion CONASEV N° 067-96-EF/94.10, publicada el 20/03/1996; y Ley N° 27635 publicada el

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