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NORMAS LEGALES Pág. 220479Lima, domingo 31 de marzo de 2002 Base Legal: Artículo 14 de las Normas Relativas a la Organización y Funcio- namiento de las Bolsas de Productos, Corredoras de Productos, Operadores Especiales y Cámaras de Compensación., aprobadas mediante Resolución CONASEV N° 067-96-EF/94.10, publicada el 20/03/96; Artículo 33 del Decreto Supremo N°105-95-EF, publicado el 24/06/95, modificado por Decreto Supremo 152-97/EF, publicado el 14/11/97; y Artículo 113 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/2001. 72 AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIEN- 1. Solicitud dirigida al Gerente de Mercados y Emisores de CONASEV. 1 UIT x Trámite En caso de aprobación, el TO DE LA CAMARA DE COMPENSA- 2. La escritura de constitución social debidamente inscrita en los Registros 30 días hábiles Documentario pronunciamiento correspon- CIÓN Públicos, la misma que deberá guardar correspondencia plena con el pro- de CONASEV de al Directorio. Este pro- yecto de minuta aprobado anteriormente. nunciamiento puede ser 3. Contar con la infraestructura y capacidad necesaria para cumplir y hacer objeto de Recurso de Recon- cumplir a sus accionistas, las disposiciones de la Ley, del Reglamento, las sideración ante el mismo normas complementarias y su propio estatuto. Directorio, agotando la vía 4. Contar con los sistemas automatizados de información sobre sus opera- administrativa. ciones, y en general, de toda aquella que sea relevante para el mercado; así En caso de denegatoria, el como, para el registro de su sistema contable. pronunciamiento será emitido 5. Reglamento de compensación y liquidación de las operaciones de futuros por la Gerencia General. y de opciones, en sus diversas modalidades, con indicación de los mecanis- Este pronunciamiento puede mos que garanticen su cumplimiento y los aspectos relacionados con cual- ser objeto de Recurso de quiera de dichas modalidades. Reconsideración y/o de 6. Reglamento interno, el que deberá contener los apercibimientos necesa- Apelación. rios para el cumplimiento de las obligaciones de sus asociados. La Apelación será resuelta 7. Acreditar el capital mínimo pagado con copia simple de la boleta del aporte por el Directorio, agotando la depositado en una entidad bancaria o financiera, de acuerdo al monto estipu- la vía administrativa. lado en el Artículo 16 y primera disposición final de la norma aprobada por Resolución CONASEV Nº 067-96-EF/94.10, publicada el 20/03/97, y de acuerdo al Artículo 17 de la Ley sobre Bolsa de Productos, Ley Nº 26361. 8. Contar con un Comité de Vigilancia. 9. Contar con los sistemas de fiscalización, registro y procedimientos de control de las operaciones efectuadas en Bolsa. 10. Contar con registros para las garantías especiales y del Fondo de Contin- gencia, así como los sistemas automatizados que permitan su interconexión con la Bolsa. 11. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 12. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Nota: Los requisitos 3 y 4 serán verificados mediante inspección efectuada por la Gerencia de Mercados y Emisores. Base Legal: Artículo 15 de las Normas Relativas a la Organización y Funcio- namiento de las Bolsas de Productos, Corredoras de Productos, Operadores Especiales y Cámaras de Compensación, aprobadas mediante Resolución CONASEV N° 067-96-EF/94.10 , publicada el 20/03/96; Artículo 33 del Decreto Supremo N° 105-95-EF publicado el 24/06/95, modificado por el Decreto Supremo N° 152-97/EF, publicado el 14/11/97; y Artículo 113 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11/04/2001. 73 CANCELACIÓN DE AUTORIZACIÓN 1. Solicitud dirigida al Gerente de Mercados y Emisores de CONASEV. 0,5 UIT x Trámite En caso de aprobación, el DE FUNCIONAMIENTO DE LA CAMARA 2. Copia simple del Acta de Junta General de Accionistas, en el que conste 30 días hábiles Documentario pronunciamiento correspon- DE COMPENSACIÓN el acuerdo de cancelación. de CONASEV de al Directorio. Este pro- 3. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el nunciamiento puede ser Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección objeto de Recurso de Recon- del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como sideración ante el mismo la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya Directorio, agotando la vía iniciados. administrativa. 4. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. En caso de denegatoria, elTEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE MERCADOS Y EMISORES Nº DE DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACION CON EVALUACION PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMATICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS