Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2002 (31/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV
REQUISITOS DERECHO DE PAGO APROBACION AUTOMATICA CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS

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Nº DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

debera cumplir con los requisitos senalados en los Procedimientos 6, 5 y 10 respectivamente. 7. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados. 8. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos.

Base Legal: Articulo 9 del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10, publicada el 27/12/97, 18° Disposicion Final del Decreto Legislativo N° 861publicado el 22/10/96, y Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001. 1 UIT x 30 dias habiles. Tramite Documentario de CONASEV En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa.

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AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LAS SOCIEDADES INTERMEDIARIAS DE VALORES

1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV. 2. Acreditar que cuentan con infraestructura, recursos humanos y materiales, asi como con manuales escritos de funciones, procedimientos y sistemas de control interno que le permitan cumplir con las operaciones que solicita realizar. Los indicados manuales deberan contar con opinion favorable de una sociedad auditora. 3. Presentar la escritura publica de constitucion social, la que debera guardar correspondencia con la informacion proporcionada en la solicitud de organizacion. 4. En caso de no haber presentado la informacion que se detalla en los numerales 4 y 5 del Procedimiento 1 (Autorizacion de Organizacion de Agentes de Intermediacion) presentar la informacion y documentacion correspondiente. 5. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados. 6. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos.

NORMAS LEGALES

Base Legal: Articulo 9 del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10, publicada el 27/12/97, y Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 publicada el 11/04/2001. 1 UIT x 30 dias habiles. Tramite Documentario de CONASEV Gerente de Intermediarios y Fondos Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

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CANCELACION DE AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO A SOLICITUD DEL AGENTE DE INTERMEDIACION

1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV. 2. Acuerdo de la Junta General de Accionistas convocada expresamente para tal efecto, de conformidad con lo establecido en el Articulo 82 del Reglamento de Agentes de Intermediacion. 3. Informe detallado del modo, forma y plazo de liquidacion de las carteras de valores que estuvieran administrando o que tuviesen en custodia, asi como el cumplimiento de sus obligaciones contractuales derivadas del ejercicio de sus funciones en el MORDAZA de valores, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 83 del Reglamento de Agentes de Intermediacion. 4. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados. 5. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos.

Base Legal: Articulos 81 al 83 del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10, publicada el 27/12/97, y Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444 publicada el 11/04/2001. 0,50 UIT x Tramite Gerente de Intermediarios y Fondos

MORDAZA, MORDAZA 31 de marzo de 2002

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AUTORIZACION DE CUSTODIA DE

1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV,

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