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NORMAS LEGALES Pág. 220487Lima, domingo 31 de marzo de 2002 Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, publicado el 04/05/2000, y Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 publicada el 11/04/2001. 13 MODIFICACIÓN DE INFORMACIÓN Y/O 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 0,5 UIT x Trámite Gerente de Intermediarios y Fondos. DOCUMENTACIÓN PRESENTADA 2. Remitir la información o documentación que hubiere sido modificada, debi- 30 días hábiles Documentario Este pronunciamiento puede ser DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE damente actualizada. de CONASEV objeto de Recurso de Reconsidera- AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN DE 3. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el En caso de cam- ción y/o de Apelación. La Apela- UNA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección bio de organiza- ción será resuelta por la Gerencia FONDOS MUTUOS del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así dores, el plazo General, agotando la vía adminis- como la identificación del expediente de la materia, tratándose de correrá a par- trativa. procedimientos ya iniciados. tir del día sigui- 4. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. ente de la publi- cación del aviso, Dentro de los tres días siguientes de presentada la solicitud, los organiza- siempre que en dores deberán publicar los avisos a que se refiere el Artículo 16 del Regla- dicho período mento de Fondos Mutuos y sus Sociedades Administradoras, aprobado por no se formulen Resolución CONASEV N° 026-2000-EF/94.10. observaciones. En este sentido, en caso de variación de organizadores, deberán publicar un En caso distinto, aviso en el Diario Oficial y uno en otro diario de circulación nacional, hacien- el plazo correrá do saber que han presentado la mencionada solicitud. desde el día siguiente de Dicho aviso incluirá los nombres completos o denominación de los organiza- presentada la dores, su participación en la sociedad por constituir, el nombre que va a solicitud. tener la sociedad administradora y la convocatoria al público en general para que, en un plazo de siete (07) días contados a partir de la publicación, formu- len objeciones fundamentadas por escrito, dirigidas a CONASEV, respecto de la solicitud presentada. Cuando los organizadores sean personas jurídi- cas se deberá publicar, además, la identidad de sus accionistas que posean en forma directa o indirecta más del cinco por ciento (05%) del capital social o que teniendo una participación menor, tengan el control de la sociedad. Base Legal : Artículo 19 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, publicado el 04/05/2000, y Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001. 14 AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIEN- Luego de obtenida la autorización de organización, la sociedad administra- 1 UIT x Trámite En caso de aprobación, el pro- TO DE SOCIEDADES ADMINISTRADO- dora podrá solicitar a CONASEV la autorización de funcionamiento, para lo 20 días hábiles Documentario nunciamiento corresponde al Di- RAS DE FONDOS MUTUOS DE INVER- cual deberá satisfacer los siguientes requisitos: siempre que de CONASEV rectorio. Este pronunciamiento SIÓN EN VALORES 1. Solicitud suscrita por un representante autorizado de la sociedad adminis- durante dicho puede ser objeto de Recurso de tradora indicando el domicilio de la misma. período no se Reconsideración ante el mismo 2. Acreditar que cuenta con infraestructura, recursos humanos y materiales, formulen obser- Directorio, agotando la vía admi- así como con manuales escritos de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 4 vaciones. nistrativa. del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Socieda- En caso de denegatoria, el pro- des Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 026-2000 nunciamiento será emitido por la -EF/94.10, que le permitan cumplir con sus funciones adecuadamente. Gerencia General. Este pronun- 3. Presentar la escritura pública de constitución social y estatutos, la que ciamiento puede ser objeto de deberá guardar correspondencia con la información proporcionada en la Recurso de Reconsideración y/o solicitud de organización. de Apelación. 4. Presentar un ejemplar de las Normas Internas de Conducta elaboradas La Apelación será resuelta por por la sociedad administradora de conformidad con lo dispuesto por el el Directorio, agotando la vía Artículo 10 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus administrativa. Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 026-2000-EF/94.10. 5. En el caso de subsidiarias de empresas del sistema financiero, adicional- mente deberán adjuntar la resolución de autorización de organización expe- dida por la Superintendencia de Banca y Seguros, así como la siguiente in-TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS Nº DE DENOMINACIÓN DEL DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACIÓN CON EVALUACIÓN PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMÁTICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS