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NORMAS LEGALESPág. 220474 Lima, domingo 31 de marzo de 2002una persona jurídica, corresponde al representante legal de la misma por el Directorio, agotando la cumplir con presentar la citada declaración jurada. la vía administrativa. 4. La autorización para establecer un mecanismo centralizado de negociación de valores expedida por la entidad encargada de su supervisión, de ser el caso. 5. Estudio de factibilidad económico-financiero en el que se detalle el estudio de mercado, con su correspondiente análisis de sensibilidad considerando escenarios normal, optimista y pesimista, la inversión proyectada, el financiamiento y la organización administrativa. Indicando la denominación del mecanismo centralizado de negociación de valores. 6. Los proyectos de reglamentos internos del mecanismo. 7. Copia simple del acta en la que se designe al director que estará a cargo de la conducción del mecanismo centralizado, el que deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 157 de la Ley del Mercado de Valores, aprobada por Decreto Legislativo Nº 861, y presentar su Currículum Vitae. 8. Remitir copia simple de la publicación del aviso a que se refiere el Artículo 33 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, al día siguiente de su publicación. 9. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 10. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Nota: Los requisitos señalados en los numerales 2, 3 y 4 no serán necesarios en el caso que se trate de una bolsa inscrita. Base Legal: Artículos 30, 31, 32, 33 y 34 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, publicada el 14/02/97; Artículo 157 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, publicado el 22/10/96; y Artículo 113 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el11/04/2001. 63 AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE TITU- 1. Solicitud dirigida al Gerente de Mercados y Emisores, debidamente fun- 0,35 UIT x Trámite En caso de aprobación, el LARIDAD DE LOS VALORES INSCRI- damentada, suscrita por el interesado o su representante legal. 30 días hábiles Documentario pronunciamiento correspon- TOS EN RUEDA POR SUPUESTO 2. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el de CONASEV de al Directorio. Este pro- COMPRENDIDO EN EL ARTÍCULO 11, Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección nunciamiento puede ser NUMERAL 11), DE LAS NORMAS RE- del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así como objeto de Recurso de Recon- LATIVAS A LA NEGOCIACIÓN FUERA la identificación del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya sideración ante el mismo DE RUEDA DE VALORES INSCRITOS iniciados. Directorio, agotando la vía EN BOLSA 3. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. administrativa. En caso de denegatoria, el Base Legal: Artículo 11 de las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de pronunciamiento será emitido Rueda de Valores Inscritos en Bolsa, aprobada por Resolución CONASEV por la Gerencia General. N° 027-95-EF/94.10, publicada el 19/01/95 y modificada por la Resolución Este pronunciamiento puede CONASEV N° 050-2000-EF/94.10 publicada el 16/10/2000; y Artículo 113 de ser objeto de Recurso de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el Reconsideración y/o de 11/04/2001. Apelación. La Apelación será resuelta por el Directorio, agotando la la vía administrativa. 64 AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN 1. Solicitud de los organizadores dirigida al Gerente de Mercados y Emisores 1 UIT x Trámite En caso de aprobación, el DE LAS BOLSAS DE PRODUCTOS de CONASEV, conteniendo la siguiente información: 30 días hábiles Documentario pronunciamiento correspon- a) Nombre(s) y apellidos, nacionalidad, documento de identidad, estado civil, de CONASEV de al Directorio. Este pro- profesión u ocupación y domicilio de cada uno de los organizadores. Si el nunciamiento puede ser organizador es una persona jurídica, deberá especificar los datos de ins- objeto de Recurso de Recon- cripción registral, además de los datos mencionados precedentemente, sideración ante el mismoTEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE MERCADOS Y EMISORES Nº DE DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACION CON EVALUACION PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMATICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS