Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2002 (31/03/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV
REQUISITOS DERECHO DE PAGO APROBACION AUTOMATICA CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS

Nº DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

MORDAZA, MORDAZA 31 de marzo de 2002

VALORES, A UN AGENTE DE INTERMEDIACION

conteniendo la designacion del funcionario responsable del servicio de custodia de valores. 2. Acreditacion de poseer una infraestructura adecuada que garantice la seguridad de los valores fisicos y/o fondos. 3. MORDAZA del contrato de poliza de seguros flotante para cubrir riesgos de dano, perdida, robo y cualquier otro incidente que pudiera afectar los valores custodiados (diferenciar el monto de la poliza de los que inician operaciones de custodia y de los que no inician). 4. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados. 5. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos.

30 dia habiles

Documentario de CONASEV

Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

Base Legal: Articulo 30 del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10, publicada el 27/12/97, y Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 publicada el 11/04/2001.

NORMAS LEGALES

6

AUTORIZACION PARA ADMINISTRACION DE CARTERA A UN AGENTE DE INTERMEDIACION

1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV. 2. Modelo del Contrato de Servicio de Administracion de Cartera a celebrarse entre el comitente y el agente. 3. Nombre del funcionario responsable de este MORDAZA de operaciones. 4. Acreditar que cuentan con personal especializado, sistemas y procedimientos que le permitan prever conflictos de interes y el uso de informacion privilegiada cuando se realiza tal servicio. 5. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, asi como la identificacion del expediente de la materia, tratandose de procedimientos ya iniciados. 6. Informar fecha y numero de MORDAZA de pago de los derechos respectivos.

1 UIT

x 30 dias habiles.

Tramite Documentario de CONASEV

Gerente de Intermediarios y Fondos Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

Nota: Para la autorizacion de este procedimiento no es requisito el examen previo del representante responsable designado por el Agente de Intermediacion. Previo al inicio de tales actividades, el funcionario responsable debera obtener de la BVL la respectiva autorizacion.

Base Legal: Articulos 21 y 22 del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10, publicada el 26/12/97, Acuerdo de Directorio Nº 276 aprobado en sesion de fecha 23/10/2000, y Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001. 1 UIT x 30 dias habiles. Tramite Documentario de CONASEV Gerente de Intermediarios y Fondos Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

7

AUTORIZACION PARA LA MODIFICACACION DE ESTATUTOS QUE REALICEN LOS AGENTES DE INTERMEDIACION: A. FUSION B. ESCISION, O C. REDUCCION DE CAPITAL

1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV. 2. MORDAZA simple del acta del acuerdo de la Junta General de Accionistas. 3. Proyecto de minuta de modificacion de estatutos. 4. A partir del dia siguiente de presentada la solicitud, los organizadores deberan publicar un aviso de conformidad con lo establecido en el Articulo 18 del Reglamento de Agentes de Intermediacion aprobado por Resolucion CONASEV N° 843-97-EF/94.10. La MORDAZA simple del aviso a remitirse a CONASEV, puede ser el mismo aviso exigido por el Articulo 116 de la Ley General de Sociedades, debiendo este cumplir con lo dispuesto en el Articulo 18 del Reglamento de Agentes de Intermediacion. 5. En caso de que como consecuencia de las citadas modificaciones se produzcan modificaciones en la nomina de accionistas, adicionalmente deberan cumplirse los requisitos a que se refiere el Articulo 19 del Reglamento de Agentes de Intermediacion. 6. Adicionalmente, se debera indicar de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La direccion

Pag. 220483

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.