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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2002 (31/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES Pág. 220491Lima, domingo 31 de marzo de 2002 procedimientos ya iniciados. administrativa. 5. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. En caso de aprobación de modifica- torias al Reglamento Interno, el Base Legal: Artículo 38 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en pronunciamiento corresponde al Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución Gerente General. CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, publicada el 04/05/2000, y Artículo 113 Este pronunciamiento puede ser ob- de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicada jeto de Recurso de Reconsideración el 11/04/2001. y/o de Apelación. La Apelación será resuelta por el Directorio, agotando la vía adminis- trativa. 22 AUTORIZACIÓN DE TRANSFERENCIA 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 0,5 UIT x Trámite En caso de aprobación, el pro- DE ACCIONES DE UNA SOCIEDAD 2. La siguiente información respecto de los nuevos accionistas: 20 días hábiles Documentario nunciamiento corresponde al Ge- ADMINISTRADORA DE FONDOS. a. Detalle de la participación porcentual de cada accionista en el capital so- contados a de CONASEV rente General. cial de la sociedad administradora a constituir. partir del día En caso de denegatoria, el pro- b. Indicación del grupo económico al que están vinculados, cuando corres- siguiente de la nunciamiento será emitido por la ponda. publicación Gerencia de Intermediarios y Fondos. c. Domicilio donde se remitirán las comunicaciones. del aviso, Este pronunciamiento puede ser ob- d. En caso de personas naturales o de representantes de personas jurídi- siempre que jeto de Recurso de Reconsideración cas: nombre, documento de identidad, nacionalidad, profesión u ocupación durante dicho y/o de Apelación. y currículum vitae de cada uno. período no se La Apelación será resuelta por e. En caso de personas jurídicas: denominación; objeto social; datos de formulen el Gerente General, agotando la vía inscripción en los Registros Públicos; número de RUC; datos del (de los) observaciones administrativa. representante(s) legal(es); nómina de su directorio y nombre del gerente general o quien haga sus veces; relación e identidad de aquellos accionis- tas que posean en forma directa o indirecta más del cinco por ciento (05%) del capital social o que teniendo una participación menor, tengan el control de la sociedad; última información financiera auditada; así como copia simple del acuerdo adoptado por el órgano competente respecto de su decisión de constituir una sociedad administradora. f. Los nuevos accionistas deberán tener reconocida idoneidad y solvencia moral, a satisfacción de CONASEV. 3. Declaración Jurada con una antigüedad no mayor a 30 días, de los nue- vos accionistas y de quienes tengan a su cargo la dirección, administración y representación de la sociedad administradora de no estar incursos en los impedimentos y prohibiciones señalados en los Artículos 263 y 264 inciso d) de la Ley, en lo que corresponda. 4. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La identifica- ción del expediente de la materia, tratándose de procedimientos ya iniciados. 5. Efectuar una publicación en forma destacada en el Diario Oficial y en otro de circulación nacional, en el que se incluirán los nombres completos de los nuevos accionistas, para efectos de que toda persona interesada formule cualquier observación en un plazo de siete (7) días. Copia simple de tal publicación deberá remitirse a CONASEV dentro de los 05 días de producida. 6. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos. Nota: Según lo dispuesto en el Artículo 45 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado me- diante Resolución CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, las transacciones que se realicen a través de mecanismos centralizados están exceptuadas del presente procedimiento. Base Legal: Artículo 45 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10, publicada el 04/05/2000, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicadael 11/04/2001. 23 INSCRIPCIÓN DEL CUSTODIO DEL 1. Solicitud presentada por el representante legal autorizado de la empresa 1 UIT x Trámite En caso de aprobación, el pro-TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS Nº DE DENOMINACIÓN DEL DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACIÓN CON EVALUACIÓN PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMÁTICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS