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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2002 (31/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALESPág. 220496 Lima, domingo 31 de marzo de 2002Base Legal: Artículo 65 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 002-97-EF/94.10, publicada el 09/01/97, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001. 31 INSCRIPCIÓN DE MODIFICACIÓN AL 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV, Inafecto x Trámite Gerente de Intermediarios y Fondos PROSPECTO DE COLOCACIÓN O CON- acompañando la documentación e información sustentatoria. 7 días hábiles, Documentario Este pronunciamiento puede ser TRATO DEL FONDO DE INVERSIÓN. 2. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el siempre que de CONASEV objeto de Recurso de Reconsidera- Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La dirección en dicho pla- ción y/o de Apelación. La Apela- del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, así zo no se for- ción será resuelta por la Gerencia como la identificación del expediente de la materia, tratándose de mulen obser- General, agotando la vía adminis- procedimientos ya iniciados. vaciones trativa. 3. Informar fecha y número de constancia de pago de los derechos respectivos (*) (*) Cuando la modificatoria al prospecto de colocación o contrato, no se 0.5 UIT realice como consecuencia de la modificatoria del Reglamento Interno del (*) Fondo de Inversión. Base Legal: Artículo 65 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 002-97-EF/94.10, publicada el 09/01/97, y Artículo 113 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, publicada el 11/04/2001. 32 AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN 1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV, con 1 UIT x Trámite Gerente de Intermediarios y Fondos DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA la información siguiente: 5 días hábiles Documentario Este pronunciamiento puede ser DE FONDOS COLECTIVOS a. Respecto de los organizadores: después de de CONASEV objeto de Recurso de Reconsidera- i. Nombre, nacionalidad, documento de identidad, estado civil, domicilio, N° publicado el ción y/o de Apelación. La Apela- de RUC de ser el caso, profesión u ocupación, en caso de personas natu- aviso ción será resuelta por la Gerencia rales; General, agotando la vía adminis- ii. Denominación o razón social, datos del representante legal, N° RUC, datos trativa. de inscripción en el Registro Público, nómina de su Directorio y nombre del Gerente General o quien haga sus veces, así como la identidad de sus so- cios con más del cinco por ciento (5%) del capital, en caso de personas jurí- dicas; iii. Porcentaje de participación en el capital de la Administradora a constituir; y, iv. Nombre y domicilio de la persona natural que representa a los organiza- dores frente a CONASEV, de ser el caso. b. Respecto de la Administradora a constituir: i. Denominación o razón social ; y, ii. Monto del capital inicial. 2. Currículum Vitae de los organizadores o de sus representantes legales, en caso de personas jurídicas, supuesto en el cual, adicionalmente, se pre- sentará la última información financiera anual auditada. 3. Declaración Jurada de cada uno de los organizadores o de sus represen- tantes legales en caso de personas jurídicas de: a. No estar sujetos a los impedimentos dispuestos por las leyes de la mate ria; b. No ser directores, funcionarios o trabajadores de CONASEV, ni parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o cónyuges de éstos; c. Carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales y no haber sido declarado en insolvencia o judicialmente en quiebra, ni tener procedimiento incoado o sobreseído de tal naturaleza, a la fecha de presentación de la solicitud; d. No haber sido destituidos por CONASEV, la Superintendencia de Banca y Seguros o la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del cargo de directores o gerentes de una empresa sujeta a su control y supervisión, o sancionadas por falta muy grave por dichas entida- des; y, e. No ser administrador, gerente, director o socio de otra Administradora. 4. Adicionalmente, se deberá indicar de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 113° de la Ley del Procedimiento Administrativo General: La identifica-TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS Nº DE DENOMINACIÓN DEL DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGO APROBACIÓN CON EVALUACIÓN PREVIA DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMÁTICA POSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS