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Pág. 223802 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de mayo de 2002 ñor William Castillo Valverde como Gerente de Desarro- llo y Equidad de la Oficina Nacional de Cooperación Popu- lar, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PRO- MUDEH; Que, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participa- ción del Poder Ejecutivo en el nombramiento y desig- nación de funcionarios públicos, dispone el procedi- miento para la aceptación de renuncia o la nueva de- signación de los actuales funcionarios con cargo de confianza; Que, por necesidad del servicio resulta necesario dar por concluida a través de la presente Resolución Ministe- rial la mencionada designación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PRO- MUDEH y modificatorias, Decreto Supremo Nº 006-2001- PROMUDEH y Resolución Ministerial Nº 463-2001-PRO- MUDEH; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, la designación del señor WILLIAM CASTILLO VALVERDE como Ge- rente de Desarrollo y Equidad de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, Organismo Pú- blico Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, dán- dosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 9558 Designan Gerente de Desarrollo y Equi- dad de la COOPOP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2002-PROMUDEH Lima, 27 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 866 modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 se transfirió la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2001-PRO- MUDEH de fecha 23 de abril del 2001, se aprobó el Re- glamento de Organización y Funciones de la Oficina Na- cional de Cooperación Popular - COOPOP, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, dispone el procedimiento para la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Artículo 1º de la vigen- te norma legal; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de Desarrollo y Equidad de la Oficina Nacional de Coopera- ción Popular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PRO- MUDEH y modificatorias, Decreto Supremo Nº 006-2001- PROMUDEH y Resolución Ministerial Nº 463-2001-PRO- MUDEH; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al Dr. CARROLL DOU- GLAS DALE SALINAS en el cargo de Gerente de Desa- rrollo y Equidad de la Oficina Nacional de Cooperación Popular- COOPOP, Organismo Público Descentralizadodel Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 9559 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el "Convenio sobre el Trasla- do de Personas Condenadas entre el Go- bierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Dominicana" DECRETO SUPREMO Nº 049-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 15 de mazo de 2002, se suscribió en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el "Convenio sobre el Traslado de Personas Condena- das entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Dominicana" ; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y el Artículo 2º de la Ley Nº 26447, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adhe- rir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Convenio sobre el Tras- lado de Personas Condenadas entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Dominicana" , suscrito en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el 15 de marzo del año 2002. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la Repúbli- ca. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticin- co días del mes de abril del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores CONVENIO SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA La República del Perú y la República Dominicana, en adelante "las Partes"; Deseando, facilitar la rehabilitación social de las per- sonas condenadas, mediante métodos adecuados; Considerando, que deben lograrse estos objetivos dán- doles a los nacionales privados de su libertad o en régi- men de libertad condicional, como consecuencia de una sentencia penal, la posibilidad de cumplir su condena en su medio social de origen; Han convenido celebrar el siguiente Convenio de Tras- lado de Personas Condenadas: ARTÍCULO I DEFINICIONES A los efectos del presente Convenio: