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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (21/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 233643 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de noviembre de 2002 promover, facilitar o establecer los mecanismos adecuados o transparentes que permitan el acceso de los sectores po- pulares a una vivienda digna, en concordancia con sus po- sibilidades económicas y estimular la afectiva participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social, incluyendo al BANMAT en la participación de la ejecución de dicho Proyecto para lo cual se le autoriza a realizar las acciones administrativas y presupuestarias que resulten necesarias para el logro de sus objetivos; Que, la Comisión de Coordinación creada mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC tiene como función identificar los bienes de las entidades estatales que pue- den ser utilizados para la ejecución de programas de vi- vienda, promoviendo el acceso de la población a la propie- dad privada; Que, en virtud a dicha función se transfieren al BANMAT inmuebles que serán destinados exclusivamente a la ejecu- ción del proyecto "Techo Propio" y "Proyectos Integrales de Desarrollo Habitacional" acorde con el Plan Nacional de Vi- vienda "Vivienda para Todos" promovidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por lo que resul- ta necesario precisar que la posterior venta de los mismos que realice dicha entidad sólo procede en el marco de los citados proyectos y en general para la ejecución de los pro- gramas y proyectos de vivienda que le encargue el Ministe- rio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Venta de Inmuebles El Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT procederá a la venta de los inmuebles que se le transfieren para la eje- cución de los proyectos y programas de vivienda promovi- dos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento, de acuerdo a los planes y condiciones que para tal efecto éste establezca. Artículo 2º.- Acciones del Directorio El Directorio del Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT dispondrá las acciones contables necesarias para la im- plementación del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 20591 Aceptan renuncia de Presidente del Consejo Directivo del INADUR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2002-VIVIENDA Lima, 20 de noviembre de 2002 Vista, la renuncia al cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo Urbano - INADUR, efectuada por el arquitecto Jorge Burga Bartra; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27779, Ley de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento establece que el Instituto Nacional de Desarrollo Urbano, es un organismo público descentralizado del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por Resolución Suprema Nº 009-2002-VIVIENDA, se designó al Arq. Jorge Burga Bartra, en el cargo de Pre- sidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de De- sarrollo Urbano - INADUR; Que, mediante la comunicación de vistos, el Arq. Jorge Burga Bartra ha formalizado su renuncia al cargo para el que fue designado;De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27779 y 27792; y, Estado a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha, la renun- cia presentada por el Arq. Jorge Burga Bartra al cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo Urbano - INADUR; dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 20599 Designan Directores Regionales de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento de diversos Consejos Transitorios de Admi- nistración Regional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2002-VIVIENDA Lima, 20 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27779, se modifican las normas que regulan la organización y funciones de los Ministerios, contenidas en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Po- der Ejecutivo, creándose el Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento; Que, según Ley Nº 27792, se establece la organización y funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento, como organismo que formula, aprueba, ejecu- ta y supervisa las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y sanea- miento; Que, el Artículo 34º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VI- VIENDA, establece que el Ministerio cuenta con órganos desconcentrados en el ámbito nacional, con el objeto de contribuir al proceso de descentralización del país, los cua- les desarrollan sus funciones y competencias de acuerdo al avance gradual del referido proceso y de conformidad con las disposiciones que para el efecto emite el Ministerio; Que, por Resolución Ministerial Nº 062-2002-VIVIENDA se designó al Arq. Delmiro Mellado Vargas, como Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Consejo Transitorio de Administración Regional - Cusco, siendo necesario dar por concluido dicho nombramiento y designar al profesional que ocupará dicho cargo; Que, de acuerdo al numeral 5 de las Reglas de gestión y ejecución presupuestal de las Direcciones Regionales Sectoriales para el ejercicio fiscal 2002, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PCM, corresponde al sec- tor correspondiente la designación, suspensión, remoción, destitución o aceptación de los directores regionales sec- toriales; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27594, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distin- tos a los comprendidos en el artículo 1º de dicha norma, se efectuará mediante Resolución Ministerial o del Titular de la entidad correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27779 y 27792, Decreto Supremo Nº 001-2002- PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del Arq. Delmiro Mellado Vargas, como Director Regional de Vivien- da, Construcción y Saneamiento del Consejo Transitorio de Administración Regional Cusco, dándosele las gracias por los servicios prestados.