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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (21/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

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Pág. 233656 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de noviembre de 2002 Insumos y Drogas del Ministerio de Salud informó que no se ha solicitado cambio de razón social del fabricante, por lo que la empresa Equipos y Medicinas S.A.C. debe co- mercializar los productos bajo las condiciones en las cua-les se le autorizó el Certificado del Registro Sanitario Nº 316; Que, la mencionada empresa presentó productos (Medtronic) que difieren de lo ofertado en su propuesta (Glens Falls Operation para Bard Cardiology/USCI Divi- sion), sin contar adicionalmente, con autorización para co-mercializarlo; Que, según el artículo 66º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, en la evaluación técnica, las Bases establece- rán los requerimientos mínimos a cumplir para que la pro-puesta sea admitida; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 67º del Regla- mento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, señala que en caso de adquisición de bienes y suministros, la evaluación de las propuestas técnicas considerará los requerimientos técni-cos mínimos, de modo que las que no cumplan con éstos serán desestimadas sin evaluarse su propuesta econó- mica; Que, en el presente caso, la propuesta presentada por la empresa Equipos y Medicinas S.A.C. para los ítems Nºs. 144 y 304 de la Licitación Pública InternacionalNº 0199L00251 fueron calificadas, no obstante no cumplir los requerimientos mínimos establecidos en el punto 5.6 de las Bases, contraviniéndose de esta manera lo establecidoen los artículos 66º y 67º del mencionado Reglamento; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso k numeral 5.6 de las Bases, en lo referente al Registro Sanitario oCertificado de Registro Sanitario, el nombre y la forma de presentación del material médico deben coincidir con los de la oferta presentada en la propuesta; Que, se ha prescindido de los artículos 66º y 67º del Reglamento del Técnico Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, al no eva-luarse correctamente las propuestas presentadas para los señalados ítems, habiendo incurrido en causal de nulidad según lo establecido en el artículo 57º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, que dispone que son nulos los actos administrativos cuando son dictados por órgano incom-petente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico o prescindan de las normas esencia- les del procedimiento; Que, al respecto, el artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, establece que el Titular del Pliego o la máxi-ma autoridad administrativa de la Entidad, según corres- ponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las causales establecidas en elartículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sin perjuicio de la que sea de-clarada en la resolución recaída sobre los recursos impug- nativos; Que, atendiendo a la norma mencionada precedente- mente, corresponde declarar de oficio la nulidad de la Lici- tación Pública Internacional Nº 0199L00251, respecto de los ítems Nºs. 144 y 304; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Oficio Nº 1194/2001 (GTN-MON) del 9 de noviembre del 2001,corresponde en forma exclusiva al Titular del Pliego la fa- cultad prevista en el artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado; Que, la declaración de nulidad de oficio de un proceso es una atribución de la autoridad administrativa en los ca-sos contemplados en la Ley; En uso de las atribuciones conferidas;SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Licitación Pú- blica Internacional Nº 0199L00251 "Adquisición de Mate- rial Médico", respecto de los ítems Nºs. 144 y 304; y enconsecuencia, sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro, debiéndose retrotraer el proceso de dichos ítems a la Eta- pa de Evaluación de Propuestas.2. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición. 3. DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución al Comité Especial de la Licitación Pública Internacional Nº 0199L00251, la Gerencia Central de Logística e Infraestructura y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FELIPE GUTIÉRREZ PEÑA Presidente Ejecutivo 20432 Cancelan proceso de adjudicación directa pública convocado para lacontratación del servicio de seguridadprivada RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE LOGÍSTICA E INFRAESTRUCTURA Nº 0996-GCLI-ESSALUD-2002 Lima, 14 de noviembre del 2002 VISTO: El expediente de Adjudicación Directa Pública ADP- 0041-2002-ESSALUD/GCLI (0299C00411) "Contratación del Servicio de Seguridad Privada" y la Resolución de Pre- sidencia Ejecutiva Nº 529-PE-ESSALUD-2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-PE-ESSALUD-2002, se aprobó las Bases Adminis-trativas del Concurso Público para el servicio de seguridad y vigilancia, efectuándose la convocatoria al proceso el día 10 de marzo de 2002, cuyo valor referencial al momento dela convocatoria ascendió a S/. 43'299,054.24, incluido el IGV; Que, el consentimiento de la buena pro se tenía previs- to para el día 9 de julio de 2002, dentro del plazo estable- cido por Ley, sin embargo, los diversos postores partici- pantes interpusieron recursos de interpelación los cualesinvolucraban a la totalidad de los ítems materia del proce- so. Finalmente, los resultados del proceso fueron 21 ítems nulos, 05 ítems desiertos y 03 ítems consentidos; Que, el resultado del Concurso Público generó graves problemas para mantener la continuidad de las prestaciones del servicio, el mismo que fue delegado a compra local acada uno de los Órganos Desconcentrados de ESSALUD a nivel nacional; Que, con Carta Nº 002460-GCLI-ESSALUD-2002 de fecha 22 de agosto de 2002, la Gerencia Central de Logís- tica e Infraestructura solicitó a la Oficina Central de Asun- tos Jurídicos que prepare el informe legal que sustente laconvocatoria del proceso para el servicio de seguridad pri- vada, vía Exoneración, por un período de cuatro (4) me- ses; Que, paralelamente y con el propósito de garantizar la prestación del servicio en tanto se aprobara la exonera- ción se procedió a convocar la Adjudicación Directa Públi-ca ADP-0041-2002-ESSALUD/GCLI (0299C00411) "Con- tratación del Servicio de Seguridad Privada"; siendo con- vocada el día 28 de octubre del año en curso; Que, la decisión de tramitar un proceso de Adjudica- ción Directa Pública tuvo como principal motivo el eventual retraso que pudiera sufrir el trámite de la exoneración delproceso de Concurso Público en cuestión, siendo el único objetivo el impedir la interrupción del servicio; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 529-PE-ESSALUD-2002 de fecha 4 de noviembre de 2002, se exoneró por situación de urgencia, el proceso de Con- curso Público, la contratación del servicio de seguridadprivada, por el período de cuatro meses y hasta por el monto de S/.16'574,339.716; Que, los hechos expuestos configuran la convergencia de dos procesos de selección con el mismo fin, "contrata- ción del servicio de seguridad privada a nivel nacional", motivo por el cual la entidad se ve en la necesidad de pres-