Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2002 (21/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

ANEXO Nº 2 INVERSIONES ELEGIBLES AL ___ / ___ / ___ (En MORDAZA de nuevos soles) EMPRESA : ____________________________
CLASIFICACION
LIMITES MAXIMOS INVERSIONES PRIMAS PRACTICA PATRIMONIO INVERSIONES ELEGIBLES APLICADAS AL FONDO DE GARANTIA (8) INVERSIONES ELEGIBLES APLICADAS (9) DE SOLVENCIA (7) INSEGURA (7) RIESGOS EN RIESGOS DIFERIDAS (7) CATASTROFICOS CURSO ELEGIBLES APLICADAS SINIESMATEMATICA .DE MORDAZA PREVISIOINVALIDEZ Y JUBILACION SOBREVIVENCIA NAL SEGURO PENSIONES DE PENSIONES DE TROS PENDIENTES TOTAL DE (5)

RESERVAS TECNICAS (7) RESERVAS TECNICAS DEL SPP

TOTAL INVERSIONES ELEGIBLES NO APLICADAS (10)

CATEGRADO DE INVERSION RUBRO EMISOR A RESERVAS TECNICAS, PRIMAS DIFERIDAS, PRACTICA INSEGURA Y PATRIMONIO DE SOLVENCIA (6) DE INVERSION

TOTAL

GORIA

Pag. 233654

RUBROS DE INVERSION (1)

INVERSIONES

(3) (4)

ELEGIBLES (2)

a) MORDAZA

b) Depositos e imposiciones

c) Valores Gobierno Central y BCR

d) Titulos representativos de captaciones. sistema financiero incluido. Bonos

e) Letras, Bonos, Cedulas y otros instrumentos.

Hipotecarios

f) Bonos Empresariales

g) Acciones y Fondos Mutuos de Inversiones

en Valores

h) Instrumentos emitidos por Estados y otros

i) Inmuebles urbanos

j) Primas por cobrar y cuenta individual AFP

k)Primas por cobrar no vencidas no

devengadas

l) Prestamos con garantia de polizas de vida.

m) Primas por cobrar no vencidas a cedentes -

NORMAS LEGALES

seguros generales

n) Otras inversiones autorizadas:

n.1) Instrumentos de corto plazo

n.2) Oper. de Reporte y pactos de recompra

n.3) Fondos de Inversion

n.4) Otros

TOTAL INVERSIONES ELEGIBLES APLICADAS

OBLIGACION DE INVERSION ( ANEXO Nº 1)

SUPERAVIT (DEFICIT)

MORDAZA, jueves 21 de noviembre de 2002

Notas.(1) Las inversiones deben estar agrupadas en cada rubro por MORDAZA de activo, y dentro de estas por emisor. En el caso de operaciones de reporte y pactos de recompra se agruparan en funcion al emisor del activo materia de reporte. (2) En esta columna se debe consignar los montos indicados en la columna "valor final" de los Anexos 4 al 12 de aquellas inversiones que resulten elegibles y que no se encuentren sujetas a prohibiciones, gravamenes u otros impedimentos. (3) Se debe consignar la categoria de mayor riesgo asignada al titulo a la fecha de MORDAZA de los estados financieros, indicando la categoria equivalente de acuerdo a lo senalado en el articulo 10º del presente Reglamento. Asimismo, debera tomarse en consideracion lo indicado en los articulos 11º, 12º y 13º del presente Reglamento. (4) Indicar el monto de las inversiones elegibles que MORDAZA clasificadas en grado de inversion de acuerdo a lo senalado en el Capitulo IV del presenten Reglamento. Aquellas inversiones elegibles que no requieran de clasificacion seran consideradas como grado de inversion. (5) Se debe indicar los montos correspondientes a los limites maximos por rubro de inversion y emisor resultantes de aplicar los porcentajes maximos de diversificacion establecidos en los articulo 5º y 7º del presente Reglamento. (6) Corresponde a las inversiones elegibles aplicadas para respaldar las obligaciones tecnicas, con excepcion del fondo de garantia, luego de haber aplicado los limites maximos y, cuando corresponda, los limites globales del Anexo Nº3. (7) Se deben asignar las inversiones elegibles aplicadas (columna 6) para respaldar las reservas tecnicas, las primas diferidas, la practica insegura y el patrimonio de solvencia, teniendo en cuenta lo dispuesto en el inciso b) del articulo 3º del presente Reglamento. (8) Se deben asignar las inversiones elegibles aplicadas para respaldar el Fondo de Garantia, cuyo monto MORDAZA sera el importe de dicho fondo de garantia, en base a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del presente Reglamento. (9) Corresponde al total de las inversiones elegibles aplicadas a la cobertura de obligaciones tecnicas, representando la suma de las columnas (6) y (8). (10) Corresponde a la diferencia entre las columnas "Total inversiones elegibles" (columna 2) y "Total inversiones elegibles aplicadas" (columna 9).

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