Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2002 (21/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 21 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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partamento de MORDAZA, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA del citado Municipio correspondiente a Afranio MORDAZA Pena Ocana. Los escritos remitidos por el mencionado MORDAZA indicando que ha interpuesto recurso de queja por denegatoria de nulidad de la sentencia condenatoria que le ha sido impuesta. El Oficio Nº 3631-2002-JMH-SP del Juzgado Mixto de Huancabamba remitiendo MORDAZA certificada de la sentencia condenatoria impuesta a Afranio MORDAZA Pena Ocana. Y el Oficio Nº 081-2002-JEEH del presidente del MORDAZA Electoral Especial de Huancabamba remitiendo la peticion de autoridades del distrito de Sondor sobre la referida vacancia; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Sondor en sesion extraordinaria de fecha 26 de MORDAZA del 2002, con el MORDAZA aprobatorio tres (3) integrantes, de un total de seis (6) miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de MORDAZA correspondiente a Afranio MORDAZA Pena Ocana, por tener condena por delito doloso, conforme se aprecia a fojas 61 y 62; y por Resolucion Municipal Nº 007-2002-MDS-SONDOR del 12 de agosto del 2002, se ratifico la referida vacancia, corre a fojas 111 y 112; Que, conforme lo establece el articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; siendo que, en el caso de autos, la mayoria lo constituye el MORDAZA conforme de cuatro (4) miembros, de un total de seis integrantes; situacion que no se ha cumplido en el presente caso, por lo que deviene en invalido el acuerdo de vacancia adoptado por el referido Municipio; Que, en otro extremo, se aprecia que el Juzgado Mixto de Huancabamba por sentencia del 2 de MORDAZA del 2002, condeno a Afranio MORDAZA Pena Ocana, a dos (2) anos la pena privativa de MORDAZA, suspendida condicionalmente en su ejecucion por el periodo de prueba de (2) anos, en el MORDAZA penal seguido en su contra por la comision de delito contra la fe publica en la modalidad de falsificacion de documentos, en agravio de la Municipalidad Distrital de Sondor y el Estado, tal como consta de fojas 120 a 124; posteriormente, la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por resolucion de fecha 10 de junio del 2002, confirmo la referida sentencia condenatoria, conforme se aprecia a fojas 126 y 127. Al haberse confirmado la sentencia condenatoria por delito doloso contra Afranio MORDAZA Pena Ocana, el mismo se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida por el numeral 3) del articulo 26º concordante con el numeral 9) del articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el articulo 1º de la Ley 26491; toda vez que, el MORDAZA penal seguido es de tramite sumario y debe concluir la resolucion de la Sala Superior, situacion que ha sido cumplida, no enervando su aplicacion para efectos electorales el hecho que se MORDAZA interpuesto recurso de queja por denegatoria de nulidad; Que, Afranio MORDAZA Pena Ocana se encuentra incurso en la causal de vacancia de condena por delito doloso, razon por la cual este tribunal electoral debe proceder a declarar dicha vacancia, de conformidad con lo previsto por el articulo 5º literal u) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, ya que el Concejo Distrital de Sondor no emitio el acuerdo de vacancia con las formalidades previstas en la ley; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numera l 1 ) d e l a r t i c u l o 2 8 º d e l a L ey O r g a n i c a d e Municipalidades Nº 23853 y el articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Huancabamba, corresponde asumir el cargo de MORDAZA a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado Regidor de la lista del Movimiento Independiente Vamos Vecino; y, para completar el numero legal de miembros del citado Concejo corresponde asumir el cargo de Regidor al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del citado Movimiento; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones;

Articulo Primero.- Declarar nulo el acuerdo del Concejo Distrital de Sondor, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, adoptado en sesion extraordinaria de fecha 26 de MORDAZA del 2002, respecto a la vacancia del cargo de MORDAZA correspondiente a Afranio MORDAZA Pena Ocana y por conexion nula la Resolucion Municipal Nº 007-2002-MDS-SONDOR del 12 de agosto del 2002, por no haber cumplido con la formalidades senaladas en la ley. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Sondor, correspondiente a Afranio MORDAZA Pena Ocana, por haber sufrido condena por delito doloso. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuman los cargos de MORDAZA y Regidor del Concejo Distrital de Sondor, respectivamente, para completar el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, a quienes se les otorgara las correspondientes credenciales. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20444

Disponen que miembro suplente asuma la presidencia del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 784-2002-JNE MORDAZA, 20 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 223-2002-JNE de fecha 28 de junio del ano 2002, el MORDAZA Nacional de Elecciones proclamo a los Presidentes de los ciento veinticinco (125) Jurados Electorales Especiales, los cuales fueron designados por las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, para el desarrollo del MORDAZA de elecciones regionales y municipales en curso; Que el Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra delicado de salud, segun se comunica con Oficio Nº 158-2002JEER de fecha 20 de noviembre de 2002 y se acredita con el certificado medico Nº 03759701; Que en caso de impedimento del Presidente del MORDAZA Electoral Especial, asume el cargo el miembro suplente designado por la Corte Superior, de conformidad con lo establecido en el articulo 46º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que a partir de la fecha asume la presidencia del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quipuzco para el MORDAZA de elecciones regionales y municipales del presente ano. Articulo Segundo.- Agradecer al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA por las labores desempenadas en el ejercicio de su cargo. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional

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