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Pág. 232207 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de octubre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 631-PE-ESSALUD-2002 del Presidente Eje- cutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Oregon, Washington – EE.UU. se llevará a cabo la PASANTÍA EN CUIDADOS CRÍTICOS, organizada por el Tuality Comunity Hospital, del 1 de no- viembre del 2002 al 31 de enero del 2003; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que el señor DEMETRIO PALE- MON SAJI ESPEJO, Médico Jefe de Servicio de la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Nacional Sur Este de la Gerencia de la Red Asistencial Cusco, participe en el mencionado evento; Que, la participación del Dr. Demetrio Palemón Saji Espejo en la pasantía en mención le permitirá ampliar sus conocimientos y adquirir experiencia en la aplicación de nuevas técnicas invasivas y no invasivas en el tratamiento de pacientes en estado crítico que ingresan a la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Nacional Sur Este, activi- dad que contribuirá en la disminución de complicaciones intrahospitalarias y costos hospitalarios, y brindar una me- jor calidad de vida a los pacientes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servido- res y funcionarios públicos y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, la misma que esta- blece excepciones a las medidas de austeridad y racionali- dad en el gasto público; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar el viaje del señor DEMETRIO PALEMON SAJI ESPEJO, Médico Jefe de Servicio de la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Nacional Sur Este de la Gerencia de la Red Asistencial Cusco, del Segu- ro Social de Salud – ESSALUD, a la ciudad de Oregon, Washington – EE.UU., del 1 de noviembre del 2002 al 31 de enero del 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos :US$ 4,355.37 Pasajes :US$ 1,664.14 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º .- La presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cua- lesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 19001 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 299-2002-TR Lima, 24 de octubre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 631-ESSALUD-2002 del Presidente Ejecu- tivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Valencia - España se llevará a cabo la PASANTÍA EN TRASPLANTE RENAL, organizada por el Hospital Universitari “La Fe”, del 1 de noviembre de 2002 al 31 de enero de 2003; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha deter- minado la conveniencia que el señor JULIO JUVENAL PA- REJA SOTA, Médico Asistente del Servicio de Nefrología del Hospital Nacional Sur Este de la Gerencia de la Red Asistencial Cusco, participe en el mencionado evento;Que, la capacitación del citado profesional, permitirá que se logre la consolidación del Programa de Trasplante de Organos del Hospital Nacional Sur Este, la detección y con- versión del mayor número de potenciales donantes en do- nantes reales para cubrir la gran demanda de los pacien- tes con enfermedades crónicas terminales, y disminuir los costos y presupuestos que requiere la atención de los pa- cientes con patología renal crónica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servido- res y funcionarios públicos y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, así como en la Resolución Suprema Nº 015-2002-TR, que establece ex- cepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto público; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar el viaje del señor JULIO JUVE- NAL PAREJA SOTA, Médico Asistente del Servicio de Ne- frología del Hospital Nacional Sur Este de la Gerencia de la Red Asistencial Cusco, del Seguro Social de Salud – ES- SALUD, a la ciudad de Valencia - España, del 1 de noviem- bre de 2002 al 31 de enero de 2003, para los fines expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos :US$ 4,355.37 Pasajes :US$ 1,325.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º .- La presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cua- lesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 19002 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban difusión de proyecto de modi- ficación de la RAP Nº 45 - Identifica- ción de Productos, Marcas de Naciona- lidad y Matrícula de Aeronave RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 234-2002-MTC/15.16 Lima, 14 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, es la encarga- da de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, sien- do competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP), conforme lo señala el literal c) del Artículo 9º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; Que, por su parte el Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil aprobado mediante D.S. Nº 050- 2001-MTC señala que la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil pondrá en conocimiento público los proyectos suje- tos a aprobación o modificación de las RAP con una ante- lación de quince días calendario; Que, igualmente en el marco de la aprobación y revisión permanente de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, son modificadas las regulaciones aeronáuticas, las mismas que conforme a las facultades de la Dirección General de Aero- náutica Civil deben ser materia de aprobación a fin de ser de obligatorio cumplimiento a nivel nacional; Que, para ello se requiere contar con las sugerencias de los operadores, personal aeronáutico y público en ge- neral,