Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2002 (30/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 30 de octubre de 2002
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Teniendo en cuenta lo establecido en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como en el inciso 1) del Articulo 7º y Articulo 8º de su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM y la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE, establecen que el Plan de Contrataciones y Adquisiciones sera aprobado por el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda, dentro de los 30 dias naturales siguientes de aprobados el presupuesto institucional; Que, mediante el memorandum de vistos, el Gerente de Administracion eleva al Despacho de Alcaldia la inclusion de servicios de seguros y la inversion en obras (Canon Hidroenergetico) en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de esta Entidad, elaborado por la Unidad de Abastecimiento, mediante Informe Nº 092-2002-MDSL-GAUABAS; Con el visto MORDAZA de las Gerencias General y de Administracion, Unidades de Abastecimiento, Asesoria Legal y Planificacion y Presupuesto y, estando a lo dispuesto en el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INCLUIR en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el Ejercicio Presupuestal 2002, los servicios de seguros y la inversion en obras (Canon Hidroenergetico) el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y a la Unidad de Abastecimiento, la publicacion de la presente Resolucion, la remision del Plan al CONSUCODE y a PROMPYME dentro del plazo establecido, y poner a disposicion de los interesados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19152

Que, la tasa es el tributo cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por el Estado de un servicio publico individualizado en el contribuyente, siendo los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico; Que, a tenor del Art. 10º Inc. 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias, otorga competencia a los Gobiernos Locales, para crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, arbitrios y derechos conforme a la Ley. Estando conforme a lo establecido por el Inc. 3) del Art. 192º y por el Art. 74º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Art. 36º numeral 3) de la Ley Organica de Municipalidades concordante con la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario D.S. Nº 135-99EF, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- OTORGAR beneficio tributario de rebaja del 80% de las cobranzas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario de los anos 1999 al 2002, dejando sin efecto el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 016-2002-MDSMP y sus ampliatorias. Articulo Segundo.- Se encuentran incluidos dentro del presente beneficio todos los contribuyentes de la jurisdiccion sea cual fuere el MORDAZA de predio. El periodo de vigencia es del 23 de setiembre hasta el 31 de octubre del presente ano. No estan comprendidos los predios que se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion, cobranza coactiva y/o convenio de fraccionamiento. Articulo Tercero.- Dar por concluida los tramites de los Expedientes presentados como consecuencia de la cobranza de los Arbitrios Municipales mencionados, en el caso de los contribuyentes que se acojan al beneficio, procediendose a listar y remitir al Archivo General para su archivamiento definitivo dando por concluido el tramite. Articulo Cuarto.- Efectuar las diligencias que el caso amerite con la finalidad de adecuar los Estados Financieros a la presente Ordenanza a traves de la comision de Deudas por cobrar integradas por la Unidad de Control y Recaudacion, la Unidad de Contabilidad y la Unidad de Informatica. Articulo Quinto.- Encargar al Sistema de Administracion Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza asi como su difusion en coordinacion con la Unidad de Imagen Corporativa y Comunicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 19123

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Otorgan beneficio tributario en el monto de cobranzas de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y relleno sanitario de los anos 1999 al 2002
ORDENANZA Nº 031-2002-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 20 de setiembre de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de setiembre del 2002; y, Visto, el Informe Nº 76-2002-SIAT/MDSMP, presentado por el Sistema de Administracion Tributaria; el Informe Nº 1220-2002-OAJ/MDSMP, de la Oficina de Asesoria Juridica, el Informe Nº 207-2002/OSC de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, y contando con la opinion favorable de la Comision de Economia; CONSIDERANDO: Que, es politica de la actual gestion municipal el brindar apoyo y defensa a la economia popular, hecho que se ha puesto de manifiesto en los beneficios otorgados mediante Ordenanzas aprobadas por el Concejo Municipal durante la presente administracion; Que, de acuerdo al Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Establecen condonacion de diversas multas administrativas notificadas mediante el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Nº 006-2000/MDSMP
ORDENANZA Nº 032-2002-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 20 de setiembre de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES; POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad en Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 20 de setiembre del ano en curso; Visto, el Informe Nº 77-2002-SIAT/MDSMP, presentado por el Sistema de Administracion Tributaria; el Informe Nº 39-2002-OEC/MDSMP, de la Oficina de Ejecutoria Coactiva, el Informe Nº 1219-2002/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; el Informe Nº 207-2002/OPRP/SMP de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, y contando con el Dictamen favorable de la Comision de Economia;

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