Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2002 (30/10/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag. 232340

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de octubre de 2002

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Disponen contratacion de servicios de consultoria mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 011-CND-P-2002
San MORDAZA, 21 de octubre de 2002 VISTO: El Informe Nº 002-2002-CND-GAF, emitido por el area de Administracion y Finanzas, en el cual se solicita exonerar el Concurso Publico, referido a la contratacion de servicios de consultoria, bajo la modalidad de servicios personalisimos; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralizacion", el Consejo Nacional de Descentralizacion es un organismo independiente y descentralizado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros cuya principal funcion es dirigir y conducir el MORDAZA de descentralizacion; Que, la citada MORDAZA creo el Consejo Nacional de Descentralizacion, con fecha 20 de MORDAZA del 2002, iniciando sus actividades el 05 de setiembre del ano en curso, con la designacion de sus funcionarios responsables; Que, actualmente el Consejo se encuentra en una etapa de implementacion, razon por la cual requiere, entre otras necesidades, la prestacion de servicios de consultoria de dos (2) profesionales; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion requiere la contratacion de dos profesionales para que presten servicio de consultoria respecto de la conveniencia de los proyectos de planes de desarrollo para las zonas norte y sur del MORDAZA, realizar un estudio sobre le indice de desarrollo humano en las mencionadas zonas, y recomendar los planes de desarrollo que deberian implementarse; Que, para el desarrollo de las actividades senaladas, es necesario la contratacion de profesionales que cumplan con ciertas caracteristicas personales tanto por su formacion academica como por su profesionalidad, experiencia, solvencia puntualidad, cortesia, laboriosidad, que defina sus servicios como una atencion personalizada; Que, sobre el particular, la contratacion de dicho profesional, se encuentra tipificada como servicios personalisimos, de acuerdo con el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que establece las condiciones que se debe reunir para poder acceder a la causal de exoneracion por servicios personalisimos, senalando que se refiere a contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales, o por su determinada cualidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, adicionalmente el Informe Legal Nº 083-2001-GTN del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de la definicion citada en el Reglamento, se desprende que para la determinacion de este MORDAZA de servicio resulta importante las cualidades especiales del locador, a cuyas caracteristicas se le puede anadir las que la doctrina atribuye al denominado "contrato intuitu personae", es decir, la profesionalidad, solvencia, responsabilidad economica, puntualidad, cortesia, laboriosidad, etc., independientemente que exista otro locador que pueda prestar en esencia el mismo servicio, estableciendose, de esta manera, que la diferencia entre ambos locadores es la forma de brindar el servicio, ya que uno no puede prestarlo de la misma forma que el otro; Que, por ello la designacion ha recaido en los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que reunen los requisitos senalados y ademas poseen amplia experiencia en asuntos de la administracion publica;

Que, conforme se aprecia de la hoja de MORDAZA, el senor MORDAZA, es arquitecto con maestria en Planificacion Regional y postgrados en Demografia, Politica Social y Evaluacion de Proyectos, con vasta experiencia y ha ejercido cargos de direccion, de asesor y consultor en diversas instituciones publicas y privadas; asimismo, el senor MORDAZA, es ingeniero comercial - economista, con estudios completos en Sociologia y con estudios completos de maestria en Economia y Planificacion, con vasta experiencia y ha ejercido cargos direccion, asesor, consultor, jefe de mision y coordinador para instituciones publicas y privadas internacionales; Que, consecuentemente, los profesionales aludidos, se encuentran especialmente calificados para que brinden las consultorias y servicios al Consejo Nacional de Descentralizacion, en calidad de servicios personalismos; Que, el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que los servicios personalisimos se encuentran exonerados de los procesos de Concursos Publicos o Adjudicaciones Directas, procediendo su contratacion como lo dispone el articulo 20º del indicado cuerpo legal, a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, en ese orden de ideas, los articulos 105º y 116º del Reglamento, establecen los procedimientos y formalidades que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion, precisandose que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas, sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las bases; Que, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 sobre medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano fiscal 2002, dispone que las adquisiciones y contrataciones que efectuen las entidades publicas, mayores a 3 UIT seran aprobadas mediante Resolucion de su Titular; De conformidad, con los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, los articulos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y contando con el Informe Tecnico Legal que dispone Ley, y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo, para contratar mediante MORDAZA Adjudicacion de Menor Cuantia los servicios personalisimos de Consultoria que requiere el Consejo Nacional de Descentralizacion, hasta por un valor referencial de Ochenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 85,000.00) por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que el Area de Administracion y Finanzas se encargue de realizar la presente contratacion via Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria Tecnica remita a la Contraloria General de la Republica MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico Legal que la sustenta. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 19120

INGEMMET
Dejan sin efecto concurso publico para cubrir la plaza de Director de Geologia Economica y Prospeccion Minera del INGEMMET
INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 075-2002-INGEMMET-PCD
MORDAZA, 23 de octubre de 2002

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.