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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (13/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 229905 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de setiembre de 2002 TERCERO Mediante el presente Título y, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 037-2001-MTC, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 524-2001-MTC/15.01 y -2002-VI VIENDA, y las Resoluciones Viceministeria- les Nºs. 008 y 010-2002-MTC/15.04, EL PROYECTO y VIVIENDA adjudican el lote de terreno descrito en la cláu- sula anterior a favor de EL (LOS) TITULAR(ES), quien (es) ha(n) acreditado reunir los requisitos legales establecidos para adquirir un lote de terreno. CUARTO Para los efectos de la presente adjudicación, el precio de venta del lote de vivienda, descrito en la cláusula se- gunda, es de S/. 100,00 (CIEN Y 00/100 NUEVOS SO- LES) conforme al precio de venta del lote establecido me- diante Resolución Viceministerial Nº 010-2002-MTC/15.04, y conforme a lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12º del Reglamento de Adjudicaciones a Título Oneroso de Lotes destinados a vivienda del Proyecto Piloto Nuevo Pachacútec, restando un saldo sobre el precio de venta, ascendente a la suma de S/. ......... (........../100 NUEVOS SOLES), en mérito al cual se constituye hipoteca legal. QUINTO La presente transferencia es AD-Corpus, por lo que comprende todo lo que de hecho o por derecho correspon- de al lote de terreno materia de la adjudicación e incluye los usos, costumbres, entradas y salidas, aires, etc., que le corresponden a este último, sin reserva ni limitación al- guna, salvo las que existan en la partida matriz. SEXTO El presente Título de Propiedad constituye mérito sufi- ciente para su inscripción en el Registro Predial Urbano SÉTIMO VIVIENDA Y EL PROYECTO han contado con la ase- soría técnica y legal de la COMISIÓN DE FORMALIZA- CIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI para la formalización de la propiedad del presente predio. Fecha ....................................................... ....................................... ....................................... Titular 1 Titular 2 ............................................... ............................................ PRESIDENTE DE COFOPRI MINISTRO DE VIVIENDA, Ministro de Justicia CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO ANEXO 04 TÍTULO DE PROPIEDAD (venta a plazos) El Proyecto Piloto Nuevo Pachacútec, en adelante de- nominado el PROYECTO a cargo del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento, en adelante denominado VIVIENDA, debidamente representado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento....................... iden- tificado con D.N.I Nº ......................, conjuntamente con LA COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI, debidamente representada por su Presidente ............................identificado con D.N.I. Nº ..........................................., otorgan a favor de: (nombre y generales de ley del/los adjudicatarios .......................................................................................... .......................................................................................... a quien(es) en adelante se le denominará “EL (LOS) TITU- LARES”, en los términos y condiciones siguientes:PRIMERO EL PROYECTO creado por D.S. Nº 037-2001-MTC, bajo el ámbito de VIVIENDA, es el encargado de planificar, co- ordinar y ejecutar las acciones necesarias a fin de titular a las familias reubicadas posesionadas en un área de 5 317 208,97 m 2, dentro de los linderos del Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, distrito de Ventanilla, Provincia Cons- titucional del Callao, departamento de Lima, del que forma parte el lote materia del presente Título. Por la Ley Nº 27792 se determinó y reguló el ámbito, estructura orgánica básica, competencia y funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con- siderando en el artículo 5º dentro de la Alta Dirección al Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo así como al Despacho Viceministerial de Construcción y Sa- neamiento, señalando en la quinta Disposición, Comple- mentaria Transitoria y Final que toda mención al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción en las disposiciones vigentes en materia de vivienda, cons- trucción y saneamiento están referidas a VIVIENDA. VIVIENDA es propietaria de un área de 5 317 208,97 m2 , debidamente inscrita con Código de Predio Nº P01289967 en el Registro Predial Urbano, del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, departamen- to de Lima, del que forma parte el lote materia del presente Título. Asimismo y de conformidad con las disposiciones vi- gentes, VIVIENDA y EL PROYECTO han efectuado las acciones necesarias para la formalización de la propiedad y el otorgamiento del presente Título por lo que en señalar de conformidad con lo indicado y con los aspectos técni- cos necesarios éste es visado por el Director Ejecutivo del PROYECTO y el Viceministro de Vivienda y Urbanismo de VIVIENDA. SEGUNDO En el Sector ........., Grupo Residencial Nº ......., Manza- na ........, se ubica el Lote ............ con un área total de .......... m2, inscrito con Código de Predio Nº ........., encerrado dentro de los linderos y medidas perimétricas siguientes: Frente : Derecha : Izquierda : Fondo : TERCERO Mediante el presente Título y, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 037-2001-MTC, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 524-2001-MTC/1 5.01 y -2002-VIVIENDA, y las Resoluciones Viceministeria- les Nºs. 008 y 010-2002-MTC/15.04, VIVIENDA adjudica el lote de terreno descrito en la cláusula anterior a favor de EL (LOS) TITULAR(ES), quien (es) ha(n) acreditado reunir los requisitos legales establecidos para adquirir un lote de terreno. CUARTO Para los efectos de la presente adjudicación, el precio de venta del lote de vivienda, descrito en la cláusula se- gunda, es de S/. 100,00 (CIEN Y 00/100 NUEVOS SO- LES) conforme al precio de venta del lote establecido me- diante Resolución Viceministerial Nº 010-2002-MTC/15.04, el cual ha sido completamente cancelado por EL(LOS) TI- TULARES. QUINTO La presente transferencia es AD-Corpus, por lo que comprende todo lo que de hecho o por derecho corres- ponde al lote de terreno materia de la adjudicación e incluye los usos, costumbres, entradas y salidas, que le corresponden a este último, aires, etc., sin reserva ni limitación alguna, salvo las que existan en la partida matriz. SEXTO El presente Título de Propiedad constituye mérito sufi- ciente para su inscripción en el Registro Predial Urbano.