NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (15/09/2002)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 21
Pág. 230043 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de setiembre de 2002 Otorgan concesiones a Rural Telecom S.A.C. y Telkom S.R.L. para prestar servicios portadores de larga distancia nacional e internacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529-2002-MTC/15.03 Lima, 11 de septiembre de 2002 VISTA la solicitud formulada por RURAL TELECOM S.A.C. para que se le otorgue concesión para la presta- ción de los servicios portadores de larga distancia nacio- nal e internacional en la modalidad no conmutado, en la República del Perú, con excepción de las áreas rurales de los departamentos de Ancash, La Libertad y Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres- ponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licen- cias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públi- cos portadores se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, el artículo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servi- cios portadores se encuentran los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Te- lecomunicaciones, mediante Informe Nº 290-2002-MTC/ 15.03.UECT, señala que habiéndose verificado el cum- plimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, es procedente la solicitud formulada por RURAL TELE- COM S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modifica- torias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a RURAL TELECOM S.A.C. con- cesión para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado por el plazo de veinte (20) años, en la Re- pública del Perú, con excepción de las áreas rurales de los departamentos de Ancash, La Libertad y Lambayeque. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con RURAL TELECOM S.A.C. para la prestación de los servicios públicos a que se refiere el artículo preceden- te, el cual consta de veintiséis (26) cláusulas y un (1) anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de con- cesión que se aprueba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de con- cesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16589RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 530-2002-MTC/15.03 Lima, 11 de septiembre de 2002 VISTA la solicitud formulada por TELKOM S.R.L. para que se le otorgue concesión para la prestación de los servi- cios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, en la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres- ponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licen- cias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públi- cos portadores se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, el artículo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servi- cios portadores se encuentran los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Te- lecomunicaciones, mediante Informe Nº 248-2002-MTC/ 15.03.UECT, señala que habiéndose verificado el cum- plimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, es procedente la solicitud formulada por TELKOM S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modifica- torias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a TELKOM S.R.L. concesión para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado por el plazo de veinte (20) años, en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con TELKOM S.R.L. para la prestación de los ser- vicios públicos a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veintiséis (26) cláusulas y un (1) anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de con- cesión que se aprueba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de con- cesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16590 Otorgan licencia a Trabajos Marítimos S.A. para prestar servicio de remolcaje en el Terminal Portuario de Chimbote RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 184-2002-MTC/15.15 Lima, 14 de agosto de 2002