NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (15/09/2002)
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TEXTO PAGINA: 23
Pág. 230045 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de setiembre de 2002 der Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha, la renun- cia formulada por la Arq. Rocío Margarita Cacho Cruz, al cargo de Directora General de Medio Ambiente del ex Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 16622 Crean el Proyecto "Techo Propio" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2002-VIVIENDA Lima, 13 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que es política del Gobierno propiciar el desarrollo urbano equilibrado, promoviendo soluciones habitacio- nales para los diversos segmentos socioeconómicos, prio- rizando aquellos proyectos de vivienda dirigidos a la po- blación de menores recursos; Que, la creación y organización del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento - VIVIENDA, realizadas mediante Leyes Nºs. 27779 y 27792, expresa la voluntad del Gobierno de impulsar a través de una entidad especia- lizada, el diseño y la implementación de políticas, así como la ejecución de medidas económicas y financieras nece- sarias para propiciar la construcción de viviendas, así como de mejorar las condiciones de vida de la población, facili- tando su acceso a una vivienda digna; Que, merecen especial atención del Estado, aquellos proyectos y programas de utilidad pública, por contribuir a dotar de una vivienda digna a los sectores poblaciona- les de escasos recursos y que tengan en consideración sus ingresos y posibilidades de generación de ahorro; Que, dentro de los diversos lineamientos y planes del sector, VIVIENDA y los Organismos Públicos Descentra- lizados, Fondos y Empresas del Sector, vienen progra- mando y desarrollando acciones dirigidas a promover y desarrollar diversas y dispersas soluciones de vivienda dirigidas a los sectores de escasos recursos, en el mar- co de sus respectivas normas legales de creación y regla- mentarias; Que, es de especial interés de VIVIENDA la constitu- ción y desarrollo del Programa "Techo Propio", a través del cual las Entidades del sector desarrollen en forma coordinada y conjunta las acciones propias de su compe- tencia, que tengan por objeto promover la participación efectiva del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social y a la vez facilitar mecanis- mos que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; Que, en tal sentido resulta necesario establecer el marco legal y administrativo que les permita a las Entida- des antes señaladas realizar las acciones que involucre la ejecución del Proyecto "Techo Propio", en tanto se trans- forme y constituya en Programa, bajo el ámbito de VI- VIENDA; Que, la Décima Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones de VIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, declaró en proceso de reorganización sectorial al Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, estableciendo que el presente Ministerio dicte las disposiciones y normati- vidad que correspondan para la reestructuración y reor- ganización, entre otras acciones, de las diversas Entida- des del Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, la Ley Nº 27658, la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27792, el Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM y el Decreto Supre- mo Nº 002-2002-VIVIENDA;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación del Proyecto "Techo Propio" Declárese de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto "Techo Propio", el cual estará bajo el ámbito del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y tendrá los siguientes objetivos: a) Promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna, en concordancia con sus posibilidades económicas; b) Estimular la efectiva participación del sector priva- do en la construcción masiva de viviendas de interés social prioritario; c) Coordinar la asignación de recursos presupuesta- rios para su implementación y desarrollo; d) Proponer las normas necesarias para la imple- mentación del presente Proyecto, así como supervisar y controlar su cumplimiento. Artículo 2º.- Entidades participantes en el Proyecto "Techo Propio" 2.1 El Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivien- da - Fondo MIVIVIENDA y el Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT, participan en la ejecución del Proyecto "Te- cho Propio", ejecutando las acciones administrativas y presupuestarias necesarias para el logro de sus objeti- vos, conforme a las normas que las regulan. En conse- cuencia, están facultados para efectuar los gastos co- rrespondientes a la promoción, dentro del marco de sus atribuciones. 2.2 Las citadas entidades, participarán en el presente Proyecto utilizando exclusivamente sus unidades orgáni- cas. Artículo 3º.- Administración de los fondos La administración de los fondos del Proyecto "Techo Propio" estará a cargo del Fondo Hipotecario de Promo- ción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA. Artículo 4º.- Duración y transformación del Pro- yecto La duración del Proyecto "Techo Propio", se extiende hasta su transformación en Programa, circunstancia en la cual mantendrá su misma denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 16623 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR - CONAFU Precisan facultades de las Comisiones de Cierre y Liquidación de las Universi- dades con Autorización Provisional de Funcionamiento CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 213-2002-CONAFU Lima, 10 de setiembre del 2002 VISTOS; el Expediente 58771 del 28 de junio del 2002; el Informe Nº 60-2002-CONAFU-CEAA del 11 de julio del 2002; el Expediente Nº 60083 del 7 de agosto del 2002; la Resolución Nº 088-2002-CONAFU del 12 de abril del 2002; el Acuerdo Nº 184-2002 de la Sesión Ordinaria del Pleno del CONAFU del 22 de agosto del 2002; y,