NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (17/09/2002)
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Pág. 230086 NORMAS LEGALES Lima, martes 17 de setiembre de 2002 S B S Autorizan inscripción de persona na- tural en el Registro del Sistema de Se- guros RESOLUCIÓN SBS Nº 861-2002 Lima, 6 de setiembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Alfredo Enrique Chiabra León para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 15-2002-DASIA celebrada el 12 de agosto de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respecti- va en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge- neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la fa- cultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Alfredo Enrique Chiabra León con Matrícula Nº N-3565 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Perso- nas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 16656 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Declaran infundada medida cautelar solicitada por Bavaria S.A. para que se suspendan los derechos políticos de las acciones adquiridas por Lince Nether- lands B.V. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONASEV Nº 054 -2002-EF/94.12 Asunto :Medida Cautelar solicitada por Bavaria S.A., para que CONASEV ordene la suspensión del ejercicio de los derechos políticos de las acciones Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A., de propiedad de Lince Netherlands B.V. Fecha :13 de setiembre de 2002VISTOS: Los escritos presentados por Bavaria S.A. (en ade- lante Bavaria) de fechas 7, 16, 21 y 27 de agosto, y 9 de setiembre de 2002; el Informe Nº 056-2002-EF/94.45 de fecha 16 de agosto de 2002 presentado por la Gerencia de Mercados y Emisores; y oído el Informe Oral de los representantes de Bavaria en la sesión del Tribunal Ad- ministrativo de CONASEV de fecha 16 de agosto de 2002; CONSIDERANDO 1. Los hechos y la solicitud de medida cautelar 1.1 Que con fecha 7 de agosto de 2002, Bavaria de- nunció a Lince Netherlands B.V. (en adelante Lince) por haber alcanzado una participación significativa en Unión de Cervecerías Peruanas Backus & Johnston S.A.A. (en adelante Backus) sin haber realizado una oferta pública de adquisición de acciones (en adelante OPA) , solicitan- do que el Tribunal Administrativo (i) declare que se en- cuentran suspendidas en sus derechos políticos las ac- ciones clase "A" de Backus que, de manera directa o in- directa sean de propiedad de Lince; (ii) ordene la venta, mediante oferta pública, de las acciones de clase "A" de Backus, de propiedad directa o indirecta de Lince; y (iii) sancione a Lince por la comisión de una infracción muy grave, al haber adquirido participación significativa en Backus sin haber observado la normativa sobre OPA; 1.2 Que, en la misma fecha, Bavaria solicitó a CONA- SEV (i) una medida cautelar principal innovativa destina- da a que CONASEV disponga que hasta que no se re- suelva el principal, se suspenda a Lince en el ejercicio de sus derechos políticos que como accionista de Bac- kus, le corresponden respecto de las acciones de su pro- piedad; y (ii) una medida cautelar accesoria destinada a que, en aplicación del artículo 72 de la Ley del Mercado de Valores, CONASEV disponga que el porcentaje de acciones a que se refiere la medida cautelar no se com- pute para el establecimiento del quórum de las juntas generales de accionistas que pudieran realizarse con posterioridad a la ejecución de las medidas cautelares solicitadas, en tanto mantengan su vigencia; 1.3 Que Bavaria sustenta su solicitud de medidas cautelares en lo dispuesto por los actuales textos de los artículos 68 y 72 del Texto Unico Ordenado de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo Nº 093-2002) (en adelante la actual LMV) y en los artículos 5 y 6 del Re- glamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión aprobado mediante Resolución CONASEV 630-97-EF/94.10 de fecha 24 de octubre de 1997 modificado por la Resolución CONASEV 088-2000- EF/94.10 de fecha 9 de diciembre del 2000 (en adelante el Reglamento de OPA); 1.4 Que Bavaria señala que: (i) el universo de accio- nes de Backus que debe tomarse en cuenta a efectos de considerar el cómputo de límites para el existencia o in- cremento de participación significativa es de 78´165,716 acciones efectivamente votantes. Dicha participación se obtiene luego de descontarse 9´024,151 acciones clase A de las cuales son titulares varias sociedades subsidia- rias de Backus, dado que estas últimas no pueden com- putarse para efectos del quórum y para el ejercicio de los derechos políticos, según lo establecido en el artículo 105 de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades (en adelante la L GS). Dichas acciones tampoco se incluyen a efectos de realizar un cómputo para la determinación si una persona natural o jurídica tiene una participación significativa en una sociedad, de conformidad con la le- gislación bursátil ; (ii) que conforme a lo pre visto en el artículo 31 inciso c) del Reglamento de OPA, el cómputo de la participación significativa debe realizarse sobre la base de las acciones a las que efectivamente correspon- den derechos políticos, excluyendo, por tanto, las de pro- piedad de la sociedad emisora o sus subsidiarias; 1.5 Que señala Bavaria (i) que, de manera directa Lince es titular de 19´260, 878 acciones votantes de la clase A de Backus, las que representan el 24.64% del total de accio- nes votantes representativas del capital social de Backus; y de manera indirecta Lince es titular de 1´205,056 acciones que equivalen al 1.54% del total de acciones votantes de