Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2002 (17/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 17 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, materia de la Licitacion Publica Nº 468-PRESINFES-94; Que, de conformidad con los terminos y condiciones del Contrato de Obra a Suma Alzada, la firma contratista asumio la obligacion de ejecutar la obra en estricta conformidad con los planos, especificaciones tecnicas y demas documentos del Expediente Tecnico, responsabilizandose por las imperfecciones, vicios de obra y por la destruccion total o parcial de la misma; habiendose pactado conforme el numeral 8.1 de la clausula octava, que el periodo de garantia de siete (7) anos seria computado a partir de la fecha de recepcion final de las obras; Que, una vez levantadas las observaciones, las obras fueron recibidas por la Comision de Recepcion con fecha 18 de enero de 1996, suscribiendose el Acta de recepcion correspondiente; Que, con posterioridad se efectuo una inspeccion ocular al C.E. Nº 51023 "San MORDAZA Gonzaga", emitiendose el Informe Nº 005-2001-SO-MMV/CUSCO, de fecha 14 de marzo de 2001, mediante el que se detectaron entre otros, diversas deficiencias constructivas; Que, en tal sentido a traves del Oficio Nº 2387-2001GO-PRES-INFES del 7 de MORDAZA de 2001, la Gerencia de Obras comunico via notarial a la firma MORDAZA Tisoc S.R.L. Contratistas Generales la existencia de deficiencias constructivas detectadas en la obra; senalando el notario encargado de dicha notificacion que el contratista habia mudado su domicilio, notificandose finalmente por medio de la publicacion del edicto correspondiente en el Diario Oficial El Peruano, el dia 3 de setiembre de 2001; Que, al MORDAZA de las conclusiones del Informe Nº 0024-2002-COT-GO-ME-INFES, la Gerencia General expidio la Resolucion Nº 133-2002-ME-INFES, acto administrativo que resolvio aprobar el Presupuesto Analitico requerido para la reparacion de los defectos constructivos encontrados en el C.E. Nº 51023 "San MORDAZA Gonzaga" por la suma de S/. 6 280,24 con cargo a la firma contratista, siendo notificado mediante la publicacion de los respectivos edictos en el Diario Oficial El Peruano y en El Comercio con fecha 12 de junio de 2002, sin que dentro del plazo fijado por Ley se MORDAZA interpuesto recurso de impugnacion alguno, hecho que determina que dicha resolucion MORDAZA tomado el caracter de consentida; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 27792; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones judiciales pertinentes contra MORDAZA Tisoc S.R.L. Contratistas Generales y otras personas que correspondan, por las razones y los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la referida Procuradora Publica, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 16641 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2002-VIVIENDA MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 Visto, el Oficio Nº 1271-2002-GG-INFES-VIVIENDA, del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES y el Informe Nº 857- 2002-AL-INFES- VIVIENDA; y, CONSIDERANDO: Que, el 14 de setiembre de 1995, el INFES contrato con la empresa Constructora y Servicios Continental S.R.Ltda. la ejecucion de las obras de infraestructura para el C.E. "Manuel Scorza" (saldo de la obra), ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, materia de la Adjudicacion Directa Nº 026-95-PRES-INFES; Que, concluida la ejecucion fisica de la obra, fue recibida por la Comision de Recepcion con fecha 5 de marzo de 1997 (Acta de Recepcion de Obra), aprobandose la liquidacion final del contrato de obra por Resolucion de Gerencia General Nº 782-97-PRES-INFES, del 23 de MORDAZA de 1997; Que, luego se recibio el Oficio Nº 039-2001-CTAR PIURA-DREP-CES -"Manuel Scorza" D del Centro Educativo citado a traves del cual se reitero el apoyo para la reparacion de fisuras en el tanque elevado que producen filtraciones. Los Contratistas, que en su momento intervinieron en la ejecucion de la obra, indicaron que dichos desperfectos no eran atribuibles a ellos; Que, con fecha 10 de MORDAZA de 2002, la Gerencia General emitio la Resolucion Nº 209-2002-ME-INFES, mediante la cual se aprobo el Presupuesto Analitico ascendente a la suma de S/. 3 587,03 para la reparacion de los defectos constructivos de la Obra citada, a cargo de Construcciones y Servicios Continental S.R.L, disponiendo que esta empresa proceda a la reparacion de dichas deficiencias dentro del plazo de 15 dias o abone en todo caso el monto del presupuesto para que MORDAZA subsanadas por el INFES por cuenta suya; Que, por Oficio Nº 538-2002-GG-ME-INFES, de fecha 10 de MORDAZA de 2002, se notifico la Resolucion indicada en el punto anterior a la citada empresa Contratista para la reparacion de los defectos constructivos de la

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