Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2002 (17/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 17 de setiembre de 2002

que, unicamente, cuenta con el sistema de comunicacion de telefonia movil; Que atendiendo a las medidas de austeridad dictadas por el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, se ha considerado conveniente exceptuar de estas a las actividades mencionadas anteriormente, a fin que puedan desarrollarse de manera eficiente, adecuada y oportuna las funciones y objetivos institucionales del Ministerio de la Produccion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 033-2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exceptuar al Ministerio de la Produccion, de lo dispuesto en el numeral 3.2 del Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, en la ejecucion de las actividades desarrolladas en el MORDAZA del Programa de Vigilancia y Control Pesquero, asi como tambien a las actividades que desarrolla la Unidad Productora de Bienes y Servicios Complejo Pesquero "La Puntilla", a cargo del Viceministerio de Pesqueria, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 16671

tualmente, por el atraso en la entrega de la obra que fue determinada en la suma de S/. 25 824,12; Que, la Resolucion mencionada, fue notificada, por la Gerencia de Obras a la firma contratista, mediante Oficio Nº 1734-2000-GO-PRES-INFES de fecha 18 de febrero de 2000, habiendo sido recibida con fecha 11 de marzo de 2000, sin que se MORDAZA interpuesto recurso impugnatorio alguno, por lo que esta ha quedado consentida; Que, posteriormente mediante Oficio Nº 2241-2000GA-PRES-INFES de fecha 25 de MORDAZA de 2000, se le notifico a la empresa contratista, para que cancele el Saldo Deudor Establecido, no habiendo dado respuesta alguna, por consiguiente, en aplicacion a lo dispuesto en el Articulo 1219º Inc. 1) del Codigo Civil, se podra requerir judicialmente al Contratista el pago de la suma adeudada senalada en la Liquidacion Final del Contrato de Obra; Que, en consecuencia, es necesario autorizar a la Procuradora Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para que, en representacion del Estado, interponga las acciones judiciales que corresponda, contra la empresa ICA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., en defensa de los intereses del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a interponer en representacion del Estado, las acciones judiciales que correspondan, contra la empresa ICA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., con la finalidad de recuperar la suma adeudada, mas los intereses legales devengados, costas y costos, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 16640

VIVIENDA
Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial para recuperar suma adeudada por empresa contratista debido al atraso en la entrega de obra
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 055-2002-VIVIENDA MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 Visto, el Oficio Nº 1260-2002-GG-ME-INFES-VIVIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, suscrito el 14 de agosto de 1997, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, contrato con la empresa ICA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., para la ejecucion de la obra del C.E. Nº 002 "Ramon Castilla", ubicado en el distrito, provincia y departamento de Tumbes, materia de la Adjudicacion Directa Nº 072-97-PRES-INFES; Que, ejecutada la obra fisica y levantadas las observaciones formuladas, fue recepcionada con fecha 7 de noviembre de 1998, suscribiendose el Acta de Recepcion de Obra, en la que consta que luego de la Inspeccion Ocular la obra materia del contrato ha sido ejecutada de acuerdo a los Documentos Tecnicos del Proyecto; Que, por Resolucion de Gerencia de Obras Nº 2002000-PRES-INFES, de fecha 11 de febrero de 2000, se aprobo la Liquidacion Final del Contrato de Obra correspondiente, estableciendose un monto final del contrato de S/. 516 482,45, conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 01 de la citada Resolucion, de cuyo "Resumen Total de Saldos", se establece un Saldo Deudor Total a cargo del Contratista de S/. 6 929,56, (SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE Y 56/100 NUEVOS SOLES), derivado de la aplicacion de la multa, prevista contrac-

Autorizan a procuradora iniciar procesos judiciales contra empresas por deficiencias constructivas en ejecucion de obras de infraestructura educativa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 056-2002-VIVIENDA MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 Visto el Oficio Nº 1261-2002-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de febrero de 1995, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, celebro con la firma MORDAZA Tisoc S.R.L. Contratistas Generales el Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, con el objeto de dotar de infraestructura educativa al C.E. Nº 51023 "San MORDAZA Gonzaga", ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de

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