Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2003 (12/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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- De MIAMI (Florida) y/o MORDAZA (Texas) y/o cualquier punto de los Estados Unidos de MORDAZA a los puntos co - terminales de MORDAZA y/o IQUITOS y/o MORDAZA y/o CHICLAYO, hasta seis (06) frecuencias semanales. Las frecuencias estan referidas en aeronaves de fuselaje angosto o su equivalente en aeronave de fuselaje ancho. CON DERECHOS DE TRAFICO DE MORDAZA MORDAZA DEL AIRE: Los vuelos sobre estas rutas especificadas podran ser operados hacia y desde puntos intermedios y/o mas alla como siguen: - MORDAZA DE PANAMA (Panama) y/o BOGOTA (Colombia) y/o CALI (Colombia) y/o MEDELLIN (Colombia) y/o CARACAS (Venezuela) y/o MORDAZA (Ecuador) y/o GUAYAQUIL (Ecuador), como puntos intermedios y/o mas alla, con plenos derechos de trafico. - MORDAZA (Paraguay) y/o LA PAZ (Bolivia) y/o MORDAZA MORDAZA (Bolivia) y/o MONTEVIDEO (Uruguay) y/ o MORDAZA DE MORDAZA (Chile) y/o BUENOS AIRES (Argentina) y/o SAO MORDAZA (Brasil) y/o MANAOS (Brasil), como puntos intermedios y/o mas alla con plenos derechos de trafico. Cualquier punto intermedio y/o mas alla de las rutas MORDAZA citadas pueden ser omitidas. Articulo 2º.- UNITED PARCEL SERVICE CO. (UPS) queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados, con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 3º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 275-2000-MTC/15.16 del 7 de noviembre del 2000, continuan vigentes Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e) 06245

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen reposicion de magistrado en el cargo de Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 067-2003-P-CSJCL/PJ Callao, 9 de MORDAZA del 2003 VISTOS: La solicitud presentada por el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de fecha 7 de MORDAZA del 2003, asi como el Oficio Nº 3389-2001-63ºJECL-RJVM, del 9 de MORDAZA del ano en curso, recibido en la fecha, remitido por la senorita Juez del Sexagesimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud presentada en fecha 7 de MORDAZA del ano en curso, el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita se de cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Constitucional que ordena su reposicion en el cargo de Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia del Callao, adjuntando copias certificadas por el

Secretario Relator del Tribunal Constitucional, a cuya peticion se resolvio darse nueva cuenta con el Oficio del Juez o Sala que conocio en Primera Instancia; Que, con el Oficio de Vistos Nº 3389-2001-63ºJECLRJVM de fecha 9 de MORDAZA del ano en curso, la senorita Juez del Sexagesimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ha remitido MORDAZA certificada de la Sentencia expedida por el Tribunal Constitucional con fecha 30 de enero del ano en curso, que "FALLA REVOCANDO en parte la recurrida, que, confirmando la apelada, declaro improcedente la demanda; y, reformandola, la declara FUNDADA en parte; en consecuencia, inaplicable a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, de fecha 8 de junio 2001, por el que no se le ratifica en el cargo de Vocal Superior Titular del Distrito Judicial de MORDAZA, asi como la Resolucion Nº 050-2001-CNM, de fecha 11 de junio del mismo ano, por la que se deja sin efecto su nombramiento y se cancela su titulo de Vocal Superior; y la CONFIRMA en el extremo que declaro IMPROCEDENTE el pago de las remuneraciones dejadas de percibir; ordena al Consejo Nacional de la Magistratura la inmediata reexpedicion de su titulo de Magistrado, su consiguiente reposicion en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Callao que ejercia, debiendo reconocersele el periodo no laborado a efectos pensionables y de antiguedad en el cargo, y el retiro de dicha plaza de la convocatoria a concurso publico. Dispone la notificacion a las partes, su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y la devolucion de los actuados"; Que, la senorita Juez del Sexagesimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante Resolucion Nº 15 su fecha 9 de MORDAZA del ano en curso, resuelve que encontrandose los presentes autos en etapa de ejecucion de sentencia, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 27º de la Ley Nº 25398, Articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial y Articulo 52º de la Ley Organica del Tribunal Constitucional Nº 26435, dispone OFICIAR a la Presidencia de la Corte Superior del Callao y al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, con MORDAZA certificada de la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en fecha 30 de enero del 2003, para su debido cumplimiento; Que, habiendo recibido del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con fecha 8 de MORDAZA ultimo, los Oficios Nºs. 2160 y 2211-2003-P-CSJCL/PJ, asi como los escritos presentados por el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para los fines a que se contrae la Sentencia expedida por el Tribunal Constitucional, con fecha 30 de enero del ano en curso; Que, habiendose publicado la aludida Sentencia del Tribunal Constitucional del 30 de enero del 2003, en el Diario Oficial El Peruano de fecha 5 de MORDAZA del ano en curso; Que, por todo lo expuesto, y que conforme establece el Articulo 52º de la Ley Organica del Tribunal Constitucional, la Sentencia del Tribunal vincula a los Poderes Publicos y tiene plenos efectos frente a todos; resulta procedente adoptar las medidas necesarias a efecto de disponer la reposicion del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal Superior; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por el Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, y estando a la Sentencia expedida por el Tribunal Constitucional, con fecha 30 de enero del ano en curso, cuyo cumplimiento ha dispuesto la senorita Juez del Sexagesimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante Resolucion Nº 15, su fecha 9 de MORDAZA del ano en curso; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la REPOSICION del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia del Callao, a partir del dia 11 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- PONGASE la presente Resolucion, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del

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