Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2003 (12/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, dictando las medidas administrativas internas para el mejor funcionamiento del Despacho administrativo, y en virtud a dicha atribucion se encuentra facultado a designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Suplentes que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER los siguientes cambios jurisdiccionales en los Juzgados Especializados que a continuacion se detallan, a partir del 14 de MORDAZA del 2003: JUZGADOS CIVILES - REASIGNAR a la doctora ERLA MORDAZA HAYAKAWA MORDAZA como Juez Provisional del Decimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, estando a la designacion del doctor MORDAZA Lama MORDAZA como Vocal Titular. - REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA VICUNA INAMI como Juez Provisional del Vigesimo Juzgado Civil de MORDAZA, estando a la designacion del doctor MORDAZA Jaeger MORDAZA como Vocal Titular. JUZGADOS DE FAMILIA - REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA SIMONETTI como Juez Provisional del MORDAZA Juzgado de Familia de MORDAZA, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA Nonone MORDAZA, a quien se le da las MORDAZA por los servicios prestados. - REASIGNAR a la doctora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ZUMAETA como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Familia de MORDAZA, en reemplazo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecaros, quien debera retornar al cargo jurisdiccional de origen. - REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Suplente Coordinadora Supernumeraria del Modulo II, Piso 4 de los Juzgados de Familia de MORDAZA, en reemplazo de la doctora MORDAZA MORDAZA Echarri, quien debera retornar al cargo jurisdiccional de origen. JUZGADOS PENALES - REASIGNAR al doctor WILLY MORDAZA QUENAYA ALVARINO como Juez Provisional del Decimo MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, en reemplazo de la doctora Luz MORDAZA Rugel MORDAZA, a quien se le da las MORDAZA por los servicios prestados. - REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA VELASCO como Juez Provisional del Decimo Setimo Juzgado Penal de MORDAZA, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se le da las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- REASIGNAR a la doctora MORDAZA GANIKU HIGA como Juez Suplente del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, a partir del 14 de MORDAZA del 2003, en reemplazo de la doctora Giselly MORDAZA Granizo MORDAZA, quien debera retornar al cargo jurisdiccional de origen. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Supervision de Personal del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion y la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 07207

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Establecen numero minimo de adherentes para la inscripcion de organizaciones politicas nacionales en el Registro de Organizaciones Politicas del JNE
RESOLUCION Nº 105-2003-JNE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que para la inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas, se requiere el cumplimiento de los requisitos contenidos en el articulo 88º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, entre ellos "la MORDAZA de una relacion de adherentes no menor del 1% del total nacional de votantes del MORDAZA electoral proximo anterior" ; Que realizada la eleccion de autoridades regionales y municipales para el periodo 2003-2006, es pertinente establecer el numero minimo de firmas requerido para la inscripcion de organizaciones politicas nacionales sobre la base del numero de votantes del MORDAZA de elecciones regionales y municipales del ano 2002; Que la Oficina Nacional de Procesos Electorales con Oficio Nº 060-2003-SG-ONPE comunica que en las elecciones regionales y municipales del ano 2002 votaron 12'829,331 ciudadanos; Que compete al MORDAZA Nacional de Elecciones organizar, mantener y custodiar el Registro de Organizaciones Politicas, registrando o cancelando su inscripcion; asi como determinar el numero minimo de adherentes para la inscripcion de las organizaciones politicas nacionales, de conformidad con lo previsto en el articulo 178º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo 3º inciso b) de la Ley Nº 26533; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales; RESUELVE: Articulo Primero.- El numero minimo de adherentes para la inscripcion de organizaciones politicas nacionales en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, es de 128, 293 ciudadanos. Articulo Segundo.- Los procedimientos tecnicos de inscripcion de organizaciones politicas, son los establecidos en el articulo 1º del Reglamento de Inscripcion de Organizaciones Politicas aprobado por Resolucion Nº 109-2002-JNE de fecha 3 de MORDAZA del ano 2002, quedando sin efecto las disposiciones dictadas por este supremo organo electoral sobre la materia, y que fueron emanadas para periodos electorales determinados y concluidos. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la presente resolucion para su cumplimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA. MORDAZA ARTEAGA. MORDAZA VALLENAS. MORDAZA MARQUILLO. MORDAZA VALA. BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 07053

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