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PÆg. 243467 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de abril de 2003 butaria por dicho concepto nace el último día de cada mes. INAFECTACIONES Artículo 6º.- Se encuentra inafectos a los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Serenazgo y los predios de propiedad: a) Gobierno Central, Regionales y Locales en este caso la Municipalidad de Chaclacayo, siempre que el usodel predio no esté cedido contractualmente. b) Gobierno extranjero en condición de reciprocidad, siempre que el predio se destine a residencia de susrepresentantes diplomáticos o al funcionamiento de ofi- cinas dependientes de sus embajadas, delegaciones o consulados. c) Organismos internacionales reconocidos por el go- bierno peruano y siempre que el predio le sirva de sede. d) Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.e) Entidades religiosas que destinen dichos predios a templos, conventos monasterios y museos reconocidas por Estado Peruano. f) Dependencias destinadas al defensa nacional y a la Policía Nacional del Perú g) Universidades, Institutos y Centros Educativos, de propiedad del Estado. h) Fundaciones, Asociaciones e Instituciones legal- mente autorizadas y dedicadas a los fines de asistenciasocial y hospitalaria gratuita. i) Centros asistenciales, hospitales y centro de salud pública de atención pública dependientes del Ministeriode Salud. SECCIÓN DEL PREDIO Artículo 7º.- Los predios sujetos a condominio se consideran como pertenecientes a un solo dueño. Los condóminos son responsables solidarios de pago de losarbitrios que recaigan sobre el predio, teniendo potestad la Administración Tributaria de exigir a cualquiera de ellos el pago total. CRITERIOS DE DETERMINACIÓN Artículo 8º.- Para determinar el monto de los Arbi- trios Municipales regulados por la presente ordenanza se tomará en consideración el costo del servicio, el mis- mo que se distribuirá entre los contribuyentes aplicandolos criterios siguientes: a) La ubicación del predio según zonas y subzonas. b) Uso o actividades desarrollada en el predio dentro de las zonas o subzonas. RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS Artículo 9º.- El importe recaudado por concepto de los arbitrios regulados en la presente Ordenanza cons-tituye Renta de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo. El rendimiento de los mencionados arbitrios será des- tinado única y exclusivamente a financiar el costo de losservicios de Limpieza Pública - Relleno Sanitario, Par- ques y Jardines y Seguridad Vecinal. DEFINICIÓN DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLI- CA-RELLENO SANITARIO Artículo 10º.- El arbitrio de Limpieza Pública - Relle- no Sanitario es una tasa que se cobra por los servicios de recolección domiciliaria, transferencia, transporte, descarga y disposición de los residuos sólidos de lospredios señalados en el Artículo 4º de la presente orde- nanza así como el servicio del barrido de calles y locales públicos. Asimismo, incluye los costos para el tratamien-to final de los residuos sólidos. DEFINICIÓN DE ARBITRIOS DE PARQUES Y JARDI- NES PÚBLICOS Artículo 11º.- Los arbitrios de parques y jardines públicos comprenden el cobro por los servicios de imple-mentación, recuperación mantenimiento y mejoras de parques y jardines de uso público. DEFINICIÓN DE ARBITRIOS DE SERENAZGO Artículo 12º.- El Arbitrio de Seguridad Vecinal com- prende por el mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia pública, protección civil y atención de emer-gencias, en procura de seguridad ciudadana del distrito de Chaclacayo.DETERMINACIÓN DE LA TASA Artículo 13º.- El monto Mensual de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Seguri- dad Vecinal para los predios comprendidos dentro delArtículo 4º, se determina aplicando los costos del servi- cio, según la escala del porcentaje de la UIT, tomando en consideración el Artículo 10º de la presente ordenanza;según los Cuadros que se anexan a la presente Orde- nanza. Cuadro 1 LIMPIEZA PÚBLICA - RELLENO SANITARIO AÑO 2003 TASA VALOR DEL PREDIO MENSUAL % Hasta 7 UIT. 0.0217 De 7 UIT a 30 UIT. 0.0217 De 30 UIT a 90 UIT. 0.0217 De 90 UIT a 300 UIT. 0.0217 De 300 UIT a 800 UIT. 0.0217 Más de 800 UIT. 0.0217 UIT. AÑO 2003 = 3,100 Cuadro 2 PARQUES Y JARDINES VALOR DEL PREDIO T ASA MENSUAL % Hasta 7 UIT. 0.159 De 7 UIT a 30 UIT. 0.160 De 30 UIT a 90 UIT. 0.161De 90 UIT a 300 UIT. 0.162 De 300 UIT a 800 UIT. 0.163 Mas de 800 UIT. 0.164 UIT. AÑO 2003 = 3,100 Cuadro 3 SEGURIDAD VECINAL COBRO CONCEPTO MENSUAL UN ARBITRIO COMERCIO CATEGORÍA A S/.30.00 COMERCIO CATEGORÍA B S/.15.00 COMERCIO CATEGORÍA C S/.5.00 CASCO URBANO-CASA HABITACIÓN S/.5.00 PP.JJ.-AA.HH., URB. Y OTROS - CASA HABITACIÓN S/.2.00 JUSTIFICACIÓN TÉCNICA DE DETERMINACIÓN DE LAS TASAS Artículo 14º.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 69º del D. Leg. Nº 776; Ley de la Tribu- tación Municipal, Modificado por la Ley Nº 26725, lastasas aprobadas en la presente ordenanza han sido calculadas en función al costo efectivo de servicio a prestar. Según la Estructura de Costos. VENCIMIENTO DE PAGO DE LA OBLIGACIÓN Artículo 15º.- Las obligaciones de pago de las Cuo- tas Mensuales vencen el último día hábil de cada mes, siendo potestativo del contribuyente cancelar el íntegrode sus Arbitrios. Articulo 16 º.- Por excepción la presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publica-ción. Artículo 17º.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Dirección Municipal Oficina deRentas, Oficina de Presupuesto, Planificación y Racio- nalización. Regítrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 08216