Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2003 (30/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2003 RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- Ratificar en todos sus extremos la Resolucion de Alcaldia Nº 697-2000-A/MC del 11 de agosto del 2000 emitida por la Municipalidad Distrital de Comas, asi como el Plano Nº 001-DCHULC-DDU-DM/MC que forma parte de la Resolucion que es materia de la presente ratificacion. Articulo Segundo.- Aprobar el Plano Perimetrico signado con el Nº 05-2001-MML-DMDU-DHU y la Memoria Descriptiva correspondiente a la nueva unidad inmobiliaria de 22,467.34 m² de propiedad de la Cooperativa de Vivienda MORDAZA MORDAZA Ltda. Nº 413, constituido por la Acumulacion de los terrenos de 22,040.00 m² y 427.34 m², ubicados en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la misma que estara a cargo de los interesados en un plazo no mayor de 30 dias calendario contados a partir de su notificacion. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los fines de la Inscripcion correspondiente y a la Municipalidad Distrital de Comas para su conocimiento. Registrese, comuniquese y cumplase.

los procesos de Licitacion publica, Concurso Publico o adjudicacion directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones, que se realicen para servicios personalisimos"; Que, el inciso c) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que: "Los procesos MORDAZA referidos, se realizaran mediante el MORDAZA de Menor Cuantia y se aprobaran por Acuerdo de Concejo Municipal, en los casos de los Gobiernos Locales, los mismos que requieren del informe Tecnico Legal previo, y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano; Que, asi mismo el articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que: "Se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio"; Estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los articulos 10º y 36º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, el Concejo Municipal, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, adopto el siguiente: ACUERDO:

MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 08118

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Exoneran de procesos de seleccion la contratacion de servicios personalisimos de asesoria juridica y de fiscalizacion tributaria selectiva y cobranza
ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2003-MDA Ancon, 15 de MORDAZA del 2003 Visto, en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de MORDAZA del 2003, el Informe Nº 105-2003-UAL/MDA de fecha 27 de marzo del 2003, emitido por la Unidad de Asesoria Legal y el Informe Nº 75-2003-UST/MDA de fecha 21 de marzo del 2003, emitido por la Unidad de Servicios Tecnicos, referido a la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion del Servicio Personalisimo de Asesoria Juridica destinado a iniciar las acciones legales contra la empresa SEDAPAL en sede judicial; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 029-2003-MDA y Nº 030-2003/MDA de fechas 23 de marzo del 2003 y 01 de MORDAZA del 2003, respectivamente el Concejo Municipal de Ancon considero dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 027-99-MDA y el Acuerdo de Concejo Nº 049-2000/MDA asi como el Convenio de transferencia de Bienes y Activos suscrito con la Empresa SEDAPAL del 10 junio del 2000, e iniciar las acciones legales para procurar la nulidad judicial de dichos actos por los que se transfirio activos y el Servicio de Agua y Alcantarillado de Ancon a SEDAPAL conforme a los fundamentos contenidos en los Acuerdos mencionados; Que, la Unidad de Asesoria Legal senala que el tema de SEDAPAL es complejo pues no solo involucra aspectos juridicos en asuntos especificos como es en el saneamiento, si no tecnicos que importan una especializacion y un conocimiento del mismo, el cual la Municipalidad de Ancon no cuenta en la actualidad, considerando que es MORDAZA de primera importancia para y toda la comunidad de Ancon pues atane al suministro del liquido elemento; Que, el inciso h) del articulo 19ª del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que: "Estan exonerados de

Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico para la contratacion del servicio personalisimo de MORDAZA y Asesoria Juridica orientado a iniciar las acciones legales contra la Empresa SEDAPAL y responsables a fin de que judicialmente se impugne y declare la nulidad de los Acuerdos de Concejo Nº 049-2000/MDA, Acuerdo de Concejo Nº 027-99/MDA y Convenio sobre transferencia de Bienes y Activos del 10 de junio del 2000 suscrito con SEDAPAL asi como de los demas actos relacionados con ellos ejerciendo todas la acciones judiciales que en relacion a ello corresponda. Articulo Segundo.- Autorizar al MORDAZA de la Municipalidad de Ancon la suscripcion y aprobacion del contrato personalisimo de Prestacion de Servicios con Abogado y/o Estudio Juridico para la prestacion del Servicio senalado en el articulo primero del presente acuerdo. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano asi como su remision a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos previstos en la ley Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08282 ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2003-MDA Ancon, 15 de MORDAZA del 2003 Visto, en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de MORDAZA del 2003, el Informe Nº 129-2003-UAL/MDA de fecha 10 de MORDAZA del 2003 emitido por la Unidad de Asesoria Legal y el Informe Nº 100-2003-UR/MDA de fecha 10 de MORDAZA del 2003 emitido por la Unidad de Rentas, referido a la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de la Contratacion del Servicio de Fiscalizacion Tributaria Selectiva debido a los diversos conceptos tributarios y administrativos que los MORDAZA contribuyentes adeudan a la municipalidad. CONSIDERANDO: Que, la jefatura de Rentas, senala que es proposito de la corporacion recaudar ingresos para cumplir con los objetivos sociales de la municipalidad frente a los vecinos, sin embargo, ello se dificulta, entre otros, por haber detectado morosidad historica debido a la evasion, omision tributaria lo cual ha motivado la elaboracion del plan de recaudacion fiscal 2003, sin embargo no cuenta en la actualidad con especialistas en materia tri-

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