Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2003 (30/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con el articulo 51° de la Ley precitada, los Gobiernos Regionales, en cuanto a sus funciones en materia agraria son competentes, entre otras cosas, para formular, aprobar, evaluar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la Region; asimismo administrar y supervisar la gestion de actividades y servicios agropecuarios; Que, como consecuencia de los permanentes conflictos sociales ocurridos ultimamente en el distrito de MORDAZA Grande, los mismos que han producido consecuencias fatales con irrecuperables perdidas de vidas humanas y danos materiales significativos, y, teniendo en cuenta la precaria situacion de dicho distrito y que dichos conflictos han sobrepasado los limites empresariales afectando el normal desenvolvimiento de los habitantes de la mencionada localidad, especialmente de ninos, adultos y mujeres que han visto amenazadas sus integridades fisicas y emocionales por dicho conflicto social; Que, ante la inaccion de las entidades de gobierno nacional para solucionar dichos conflictos sociales, es menester que el Gobierno Regional obre con decision para establecer condiciones de minima tranquilidad y estabilidad en el distrito de MORDAZA Grande; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 36°, 37° inciso a), y 38° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, -Ley N° 27867-, el Consejo Regional en sesion ordinaria de fecha 5 de febrero del presente ano, ha aprobado la propuesta para declarar el estado de emergencia social en el distrito de MORDAZA Grande, provincia de Ascope, de la Region La MORDAZA, en consecuencia; ORDENA: Articulo Primero.- Declarese en Emergencia Social, por plazo de noventa (90) dias naturales, al distrito de MORDAZA Grande, ubicado en la provincia de Ascope, Region La Libertad. Articulo Segundo.- La Presidencia Regional, a traves de las Gerencia de Administracion y las Direcciones Regionales Sectoriales, en coordinacion con el gobierno local, provincial de Ascope, distrital de MORDAZA Grande y la Mesa Provincial de Concertacion y Lucha Contra la Pobreza, ejecutaran las acciones necesarias para la atencion de la emergencia decretada. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional, de acorde con lo establecido en el articulo 42° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­Ley N° 27867-, entrara en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano: POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a los cinco dias del mes de febrero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA OLIVEROS Presidente Regional 07574

les articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica vigente modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­Ley N° 27680-, la Ley de Bases de la Descentralizacion ­Ley N° 27783-, la Ley de Gobiernos Regionales ­Ley N° 27867-, su modificatoria ­ Ley Nº 27902- y demas Normas complementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el inciso a) del articulo 9º, el inciso c) del articulo 10º y el inciso e) del articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, es competencia del Consejo Regional aprobar su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, la Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867-, senala que los Gobiernos Regionales en sus tres instancias, aprobaran mediante Ordenanza Regional su propio Reglamento de Organizacion y Funciones con arreglo a la presente Ley; Que, de acuerdo con el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, son atribuciones del Consejo Regional dictar Ordenanzas Regionales; Que, conforme lo establecen los articulos 11º y 12º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867-, y su modificatoria -Ley Nº 27902- articulo 11º. La Organizacion de los Gobiernos Regionales tienen la estructura Organica basica siguiente: El Consejo Regional, la Presidencia Regional y el Consejo de Coordinacion Regional; Que, por mandato del articulo 2º, en concordancia con el articulo 9º inciso a) de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales ­Ley Nº 27867- se consagra la autonomia politica, economica y administrativa en MORDAZA de su competencia como es, en este caso, su organizacion interna; por lo que en uso de estas atribuciones se ha determinado crear Ministerios Regionales, dirigidos por un MINISTERIO DE ADMINISTRACION REGIONAL, complementandose con Organos de Linea, Apoyo, Asesoramiento, Control y Desconcentrados; Que, en Sesion Extraordinaria, de fecha 27 de febrero del 2003, EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGION LA MORDAZA, ha visto conveniente por normar la Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones y demas aspectos aportados, tratados y debatidos oportunamente, con la conformidad de la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional; Por consiguiente: ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la Estructura Organica del Gobierno Regional La MORDAZA, asi como el Reglamento de Organizacion y Funciones, que consta de ocho (8) Titulos, Diecisiete (17) Capitulos, Ciento Cuarenta (140) Articulos y Seis (6) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, los mismos que se adjuntan como anexo integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Publicar la presente Ordenanza Regional conforme a lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867-. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional de la Region La MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de febrero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA OLIVEROS Presidente Regional

Aprueban Estructura Organica del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL N° 003-2003-CR/RLL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los actua-

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