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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (30/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 67

PÆg. 243461 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de abril de 2003 Que, de conformidad con el artículo 51° de la Ley precitada, los Gobiernos Regionales, en cuanto a susfunciones en materia agraria son competentes, entre otras cosas, para formular, aprobar, evaluar, ejecu- tar, dirigir, controlar y administrar los planes y políti-cas de la Región; asimismo administrar y supervisar la gestión de actividades y servicios agropecuarios; Que, como consecuencia de los permanentes con- flictos sociales ocurridos últimamente en el distrito deCasa Grande, los mismos que han producido conse- cuencias fatales con irrecuperables pérdidas de vidas humanas y daños materiales significativos, y, teniendoen cuenta la precaria situación de dicho distrito y que dichos conflictos han sobrepasado los límites empresa- riales afectando el normal desenvolvimiento de los habi-tantes de la mencionada localidad, especialmente de ni- ños, adultos y mujeres que han visto amenazadas sus integridades físicas y emocionales por dicho conflictosocial; Que, ante la inacción de las entidades de gobier- no nacional para solucionar dichos conflictos socia- les, es menester que el Gobierno Regional obre condecisión para establecer condiciones de mínima tran- quilidad y estabilidad en el distrito de Casa Grande; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artícu- los 36°, 37° inciso a), y 38° de la Ley Orgánica de Gobier-nos Regionales, -Ley N° 27867-, el Consejo Regional en sesión ordinaria de fecha 5 de febrero del presente año, ha aprobado la propuesta para declarar el estado deemergencia social en el distrito de Casa Grande, provin- cia de Ascope, de la Región La Libertad, en consecuen- cia; ORDENA: Artículo Primero.- Declárese en Emergencia So- cial, por plazo de noventa (90) días naturales, al distrito de Casa Grande, ubicado en la provincia de Ascope,Región La Libertad. Artículo Segundo.- La Presidencia Regional, a tra- vés de las Gerencia de Administración y las Direcciones Regionales Sectoriales, en coordinación con el gobierno local, provincial de Ascope, distrital de Casa Grande y laMesa Provincial de Concertación y Lucha Contra la Po- breza, ejecutarán las acciones necesarias para la aten- ción de la emergencia decretada. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional, de acorde con lo establecido en el artículo 42° de la LeyOrgánica de Gobiernos Regionales –Ley N° 27867-, en- trará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano: POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Liber- tad a los cinco días del mes de febrero del año dos mil tres. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 07574 Aprueban Estructura OrgÆnica del Go- bierno Regional ORDENANZA REGIONAL N° 003-2003-CR/RLL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional La Li- bertad, de conformidad con lo previsto en los actua-les artículos 191° y 192° de la Constitución Política vigente modificada por la Ley de Reforma Constitu-cional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentra- lización –Ley N° 27680-, la Ley de Bases de la Des- centralización –Ley N° 27783-, la Ley de GobiernosRegionales –Ley N° 27867-, su modificatoria – Ley Nº 27902- y demás Normas complementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el inciso a) del artículo 9º, el inciso c) del artículo 10º y el inciso e) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, escompetencia del Consejo Regional aprobar su Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Primera Disposición Transitoria, Comple- mentaria y Final de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales – Ley Nº 27867-, señala que los Gobier- nos Regionales en sus tres instancias, aprobarán mediante Ordenanza Regional su propio Reglamentode Organización y Funciones con arreglo a la pre- sente Ley; Que, de acuerdo con el artículo 38º de la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, son atribu-ciones del Consejo Regional dictar Ordenanzas Regio- nales; Que, conforme lo establecen los artículos 11º y 12º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales – LeyNº 27867-, y su modificatoria -Ley Nº 27902- artículo 11º. La Organización de los Gobiernos Regionales tie- nen la estructura Orgánica básica siguiente: El ConsejoRegional, la Presidencia Regional y el Consejo de Coor- dinación Regional; Que, por mandato del artículo 2º, en concordancia con el artículo 9º inciso a) de la Ley Orgánica de losGobiernos Regionales –Ley Nº 27867- se consagra la autonomía política, económica y administrativa en asunto de su competencia como es, en este caso, su organiza-ción interna; por lo que en uso de estas atribuciones se ha determinado crear Ministerios Regionales, dirigidos por un MINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL, com-plementándose con Órganos de Línea, Apoyo, Aseso- ramiento, Control y Desconcentrados; Que, en Sesión Extraordinaria, de fecha 27 de fe- brero del 2003, EL CONSEJO REGIONAL DE LA RE-GIÓN LA LIBERTAD, ha visto conveniente por normar la Estructura Orgánica y Reglamento de Organiza- ción y Funciones y demás aspectos aportados, tra-tados y debatidos oportunamente, con la conformi- dad de la Gerencia Regional de Planificación, Presu- puesto y Desarrollo Institucional; Por consiguiente: ORDENA:Artículo Primero .- APROBAR la Estructura Orgáni- ca del Gobierno Regional La Libertad, así como el Regla-mento de Organización y Funciones, que consta de ocho (8) Títulos, Diecisiete (17) Capítulos, Ciento Cuarenta (140) Artículos y Seis (6) Disposiciones Complementa-rias, Transitorias y Finales, los mismos que se adjuntan como anexo integrante de la presente Ordenanza Regio- nal. Artículo Segundo.- Publicar la presente Ordenan- za Regional conforme a lo dispuesto en el artículo 42º dela Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867-. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Institucional de la Región La Liber- tad, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil tres. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional