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PÆg. 243451 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de abril de 2003 Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDE- COPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de susmiembros, reunidos en su sesión de fecha 10 de abril del 2002; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Perua- nas, las siguientes: NTP 339.251:2003 SUELOS. Práctica normalizada para la corrección del peso unitario y contenido de humedad para suelos que contienen partículas de sobremedida. 1ª Edición NTP 339.252:2003 SUELOS. Guía estándar para mues- treo de suelos de la zona vadosa (zona no saturada por encima del nivel freático). 1ª Edición NTP 339.253:2003 SUELOS. Método de ensayo nor- malizado para la medición de la den-sidad de suelos y rocas in-situ por el método del reemplazo con agua en un pozo de exploración. 1ª Edi-ción NTP 339.517:2003 GEOSINTÉTICOS. Método normali- zado para propiedades de tensión de tela delgada de plástico. 1ª Edi- ción NTP 339.518:2003 GEOSINTÉTICOS. Especificación estándar para láminas y telas deplástico de cloruro de vinilo no rígi- do. 1ª Edición NTP 339.519:2003 GEOSINTÉTICOS. Método estándar para carbón negro en plásticos de olefin. 1ª Edición NTP 209.403:2003 ESPÁRRAGOS. Control de la esta- bilidad de conservas vegetales. Mé-todo de rutina. 1ª Edición NTP 209.404:2003 ESPÁRRAGO EN CONSERVA. De- terminación de fibrosidad. 1ª Edi- ción NTP 399.304:2003 PALETIZADORES. Métodos de en- sayo normalizados para probetas de madera libres de defectos. 1ªEdición NTP 202.001:2003 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Leche Cruda. Requisitos. 4ª Edición Reemplaza a la NTP 202.001:1998 NTP 241.004:2003 CALZADO. Requisitos para el cal- zado de seguridad, calzado de pro- tección y calzado ocupacional deuso profesional. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 241.004:1989 NTP 291.048:2003 CUERO. Determinación de la solidez del color del cuero a la gota de agua. 1ª Edición NTP 291.049:2003 CUERO. Pieles brutas frescas o sa- ladas de caprino. Descripción dedefectos. 1ª Edición NTP 321.139:2003 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Diesel marino. Especificaciones. 1ª Edición NTP 321.140:2003 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Com- bustibles residuales de uso mari- no. Especificaciones. 1ª Edición NTP 399.605:2003 UNIDADES DE ALBAÑILERÍA. Mé- todo de ensayo para la determina- ción de la resistencia en compre-sión de prismas de albañilería. 1ª Edición Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 202.001:1998 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Leche Cruda. Requisitos NTP 241.004:1989 CALZADO DE SEGURIDAD Regístrese y publíquese. FABIÁN NOVAK TALAVERA Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 08125 SUNAT Exoneran del proceso de selección co- rrespondiente la contratación deempresa de seguridad y vigilancia parala sede de la SUNAT de Puno SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 092-2003/SUNAT Lima, 24 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece que se encuentran exoneradas de losprocesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicacio- nes Directas las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de urgencia de-claradas de conformidad con dicha Ley; Que una vez aprobada la exoneración correspon- diente, la contratación debe efectuarse a través de unproceso de Adjudicación de Menor Cuantía, conforme lo establecido por el Artículo 20º de dicho texto legal; Que el Artículo 21º del acotado dispositivo, señala que se considera que existe situación de urgencia cuan- do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determi- nado bien o servicio compromete en forma directa e inmi-nente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se esta- blecen los procedimientos a que deben someterse talescontrataciones, precisándose que deberá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Nº 481-2003/2G3000, indica que se requiere contratar los servicios de una empresa especializada en los servicios de vigilancia y seguridadprivada para que brinde el servicio al patrimonio, perso- nal, locales y a las personas, de las instalaciones de la SUNAT de Puno, debido a que se ha configurado la situa-ción de urgencia, al haberse declarado desierto el ítem correspondiente a las sedes de Puno del Concurso Pú- blico Nº 002-2003-2G3100-SUNAT; Que en este contexto, el Informe Legal Nº 017-2003- SUNAT-2B2300, determina la procedencia de la exoneración del respectivo proceso de selección para la contratación delos servicios de una empresa de seguridad y vigilancia, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 19º y los Artículos 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que lo expuesto en dichos Informes justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selecciónpara la contratación de una empresa de seguridad y vigilancia, cumpliéndose así con lo establecido en el Ar- tículo 113º del mencionado Reglamento;