Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2003 (30/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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MORDAZA de prismas de albanileria. 1ª Edicion

Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 10 de MORDAZA del 2002; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP 339.251:2003 SUELOS. Practica normalizada para la correccion del peso unitario y contenido de humedad para suelos que contienen particulas de sobre medida. 1ª Edicion SUELOS. Guia estandar para muestreo de suelos de la MORDAZA vadosa (zona no saturada por encima del nivel freatico). 1ª Edicion SUELOS. Metodo de ensayo normalizado para la medicion de la densidad de suelos y rocas in-situ por el metodo del reemplazo con agua en un MORDAZA de exploracion. 1ª Edicion GEOSINTETICOS. Metodo normalizado para propiedades de tension de tela delgada de plastico. 1ª Edicion GEOSINTETICOS. Especificacion estandar para laminas y telas de plastico de cloruro de vinilo no rigido. 1ª Edicion GEOSINTETICOS. Metodo estandar para carbon negro en plasticos de olefin. 1ª Edicion ESPARRAGOS. Control de la estabilidad de conservas vegetales. Metodo de rutina. 1ª Edicion ESPARRAGO EN CONSERVA. Determinacion de fibrosidad. 1ª Edicion PALETIZADORES. Metodos de ensayo normalizados para probetas de MORDAZA libres de defectos. 1ª Edicion LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Leche Cruda. Requisitos. 4ª Edicion Reemplaza a la NTP 202.001:1998 CALZADO. Requisitos para el calzado de seguridad, calzado de proteccion y calzado ocupacional de uso profesional. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP 241.004:1989 CUERO. Determinacion de la solidez del color del cuero a la gota de agua. 1ª Edicion CUERO. Pieles brutas frescas o saladas de caprino. Descripcion de defectos. 1ª Edicion PETROLEO Y DERIVADOS. Diesel marino. Especificaciones. 1ª Edicion PETROLEO Y DERIVADOS. Combustibles residuales de uso marino. Especificaciones. 1ª Edicion UNIDADES DE ALBANILERIA. Metodo de ensayo para la determinacion de la resistencia en compre-

Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas: NTP 202.001:1998 NTP 241.004:1989 LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Leche Cruda. Requisitos CALZADO DE SEGURIDAD

Registrese y publiquese. MORDAZA NOVAK TALAVERA Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 08125 NTP 339.252:2003

SUNAT
Exoneran del MORDAZA de seleccion correspondiente la contratacion de empresa de seguridad y vigilancia para la sede de la SUNAT de MORDAZA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 092-2003/SUNAT MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con dicha Ley; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme lo establecido por el Articulo 20º de dicho texto legal; Que el Articulo 21º del acotado dispositivo, senala que se considera que existe situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que en los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que el Informe Tecnico Nº 481-2003/2G3000, indica que se requiere contratar los servicios de una empresa especializada en los servicios de vigilancia y seguridad privada para que brinde el servicio al patrimonio, personal, locales y a las personas, de las instalaciones de la SUNAT de MORDAZA, debido a que se ha configurado la situacion de urgencia, al haberse declarado desierto el item correspondiente a las sedes de MORDAZA del Concurso Publico Nº 002-2003-2G3100-SUNAT; Que en este contexto, el Informe Legal Nº 017-2003SUNAT-2B2300, determina la procedencia de la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios de una empresa de seguridad y vigilancia, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 19º y los Articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que lo expuesto en dichos Informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de una empresa de seguridad y vigilancia, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento;

NTP 339.253:2003

NTP 339.517:2003

NTP 339.518:2003

NTP 339.519:2003

NTP 209.403:2003

NTP 209.404:2003

NTP 399.304:2003

NTP 202.001:2003

NTP 241.004:2003

NTP 291.048:2003

NTP 291.049:2003

NTP 321.139:2003 NTP 321.140:2003

NTP 399.605:2003

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