Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2003 (30/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2003

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Declaran nulidad de MORDAZA de licitacion publica para adquisicion de insumos del Programa Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 142-2003-A-SEGE-002-MDEA El MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 073-2003-ADM/00-MDEA emitido por la Direccion de Administracion referente a la Licitacion Publica efectuada para la Adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 065-A2003-SEGE-02-MDEA se aprueban las Bases de la Licitacion Publica Nacional LPN Nº 0001-2003-CE-MDEA 1ra. Convocatoria y se designa al Comite Especial mediante la R.A. Nº 058-A-2003-SEGE-02-MDEA el 06-02-2003, para la compra de insumos del Programa del Vaso de Leche; Que, en la Licitacion Publica durante la Etapa de Absolucion de Consultas establecida para el dia 14-03-2003 no se cumplio con notificar a algunos postores conforme lo establece el MORDAZA parrafo del Art. 51º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el D.S. Nº 013-2001-PCM, imposibilitando que algunas Empresas cumplan con el cronograma de la Etapa de las Observaciones, tal como lo demuestra el Exp. Nº 4209 de fecha 10-04-2003 presentado por la Empresa Alimentos Enriquecidos Diversos (ALENDI) S.A.C., donde cuestiona los Plazos de las Bases; Que, en relacion con el parrafo precedente la Empresa PROANSA con carta del 19-03-2003 ( fecha de la observacion a las Bases) muestra MORDAZA tecnicos que cuestionan los valores nutricionales minimos determinados por el Instituto Nacional de Salud, segun lo dispuesto por el numeral 4.1 de la Ley Nº 27470, modificado por la Ley Nº 27712, MORDAZA de caracter imperativo donde se establece que se debe adquirir alimentos de mayor valor nutricional adecuadamente balanceado y que tengan el menor costo; Que, mediante Carta Nº 004-2003-ADM/00-MDEA del 27-03-2003 la Direccion de Administracion solicita un Informe Tecnico al Jefe del Laboratorio de Evaluacion Nutricional de Alimentos- Universidad de La MORDAZA a fin de que absuelvan los cuestionamientos de las Empresas en lo referente a la cantidad de calorias exigidos por el Ministerio de Salud; este con carta del 31-03-2003 remite un Informe Tecnico donde muestra con MORDAZA analiticos el contenido nutricional de las raciones del Vaso de Leche poniendo en cuestion las raciones alimenticias contenidas en las Bases de la Licitacion Publica; Que, en consecuencia se ha transgredido el Art. 77º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 4º de la Ley Nº 27470 Normas complementarias para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche; Que, segun el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el titular del pliego o la MORDAZA autoridad Administrativa de la entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causas establecidas en el Art. 57º de la acotada Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del Contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos; Que, el Art. 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado precisa que se declararan nulos los actos administrativos expedidos por las entidades cuando hayan sido dictados por organo incompetente, o contravengan las normas legales, o prescindan de la normas esenciales del procedimiento o de la forma pres-

crita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Estando las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, contando con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Administracion y la Direccion Municipal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de Seleccion por Licitacion Publica Nacional Nº 00012003-CE-MDEA 1ra. Convocatoria para la adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche, retrotrayendo el MORDAZA a la Etapa de Convocatoria, previa reformulacion de datos a las Bases por el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche y su respectiva aprobacion de Bases por la entidad. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Secretaria General tramite la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias de su expedicion, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08281

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban formatos de Notificacion Preventiva y Notificacion de Sancion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2003-MDI Independencia, 21 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de efectivizar lo dispuesto en la Ordenanza N° 039, la cual aprueba el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Independencia y el Decreto de Alcaldia N° 005-2003, el cual aprueba el cuadro de Sanciones y Escala de Multas aplicable en el ambito de la jurisdiccion del distrito de Independencia, es necesario contar con los formatos para la Notificacion Preventiva y la Notificacion de Sancion, a ser utilizados por los inspectores municipales y que les permita un facil manejo al momento de realizar la fiscalizacion y control municipal; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 6) del articulo 47° de la Ley N° 23853, Ley Organica de Municipalidades, que senala que es competencia del MORDAZA dictar decretos y resoluciones con sujecion a las leyes, ordenanzas y edictos vigentes y del articulo 111° del mismo cuerpo normativo, que dispone que los decretos establecen normas de ejecucion de las Ordenanzas; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar los formatos de Notificacion Preventiva y Notificacion de Sancion, adjuntos al presente y los cuales forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan al presente Decreto. Articulo Tercero.- El presente decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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