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PÆg. 243459 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de abril de 2003 recta Pública Nº 002-2003-GRL, para la Adjudica- ción de Mobiliario Escolar Inicial y Primaria, retrotra-yendo el proceso hasta la etapa de elaboración de bases administrativas. Artículo Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia Regional de Administración, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, bajo responsa-bilidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 08205 GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Aprueban Reglamento Interno del Consejo Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2003-GR-ANCASH El Consejo Regional del Gobierno Regional de An- cash Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO Que en concordancia con lo previsto en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artícu- los 13º y 15º inciso e) el Consejo Regional tiene la atribu-ción de aprobar su Reglamento Interno, mediante Orde- nanza Regional; Que el Consejo Regional, en sesión ordinaria de fe- cha 15 de enero del 2003 aprobó un primer texto del Reglamento Interno del Consejo Regional con cargo a revisión; así mismo, en sesión ordinaria de fecha 24 demarzo del 2003, con los aportes recibidos, los señores miembros del Consejo Regional han debatido y sancio- nado un nuevo texto del Reglamento Interno del ConsejoRegional, el mismo que fue aprobado por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ORDENA: Artículo Único.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, el cual consta de nueve títulos, 69 artículos y 05 disposicio-nes transitorias, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional de Ancash, para su promulgación. En Huaraz, a los 24 días de marzo del 2003. FREDDY GHILARDI ÁLVAREZ Presidente del Consejo Regional de Ancash POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash, a los 25 días del mes de marzo del 2003. FREDDY GHILARDI ÁLVAREZ Presidente del Gobierno Regional de Ancash 08113Proveído de Gerencia General Regional del 22 de abril del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, de los Informes de Vistos aparece que el Proceso de Selección por Adjudicación Directa Públi- ca Nº 002-2003/GRL para la Adquisición de MobiliarioEscolar Inicial y Primaria fue declarado Desierto por las razones allí expuestas, motivación que fue publi- cada el día 3 de abril del 2003 en el Diario Oficial ElPeruano, de conformidad a lo dispuesto por la nor- mativa vigente; Que, el Comité Especial a cargo de la Adjudica- ción Directa Pública Nº 002-2003/GRL, estableció mediante su Informe Nº 002-2003-GRL-CE, que elvalor referencial de la Primera Convocatoria ha que- dado desfasado por haber transcurrido mas de dos (02) meses de su vigencia; debiendo ser éste actua-lizado; Que al haber quedado obsoleto el monto del valor referencial y por lo tanto de proseguir el proceso de selección en segunda convocatoria, no se estaría cumpliendo el artículo 3º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado en cuanto a la aplicación de los principios de eficiencia y economía, haciéndose necesaria unadeclaración de Nulidad de Oficio del Proceso de Se- lección por Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003/ GRL, conforme al artículo 26º del Reglamento del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013- 2001-PCM, pues en caso se continuara dicho Proce-so de Selección con este valor referencial se pres- cindiría de las normas esenciales del Procedi- miento o de la forma prescrita por la normatividadaplicable, causal de Nulidad establecida en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadopor D.S. Nº 012-2001-PCM, al proseguirse un proce- so de Selección inaplicando los artículos 27º y 30º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Leyacotada; Que, el artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, señala que el Titular del Pliego podrá declarar de Oficio la Nuli-dad del Proceso de Selección por alguna de las causa- les establecidas en el artículo 57º de la Ley, sólo hasta antes de la celebración del Contrato, indicándose ade-más que la Resolución que declara la nulidad de oficio deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, bajoresponsabilidad; Que, estando a lo expuesto y considerando que en el proceso de Selección por Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003/GRL, no se ha celebrado aún contrato, corresponde declarar su Nulidad de Oficio de acuerdo ala causal contenida en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sobre prescindencia de las normas esencia-les de procedimiento o de la forma prescrita por la normati- vidad aplicable, retrotrayéndolo hasta la etapa de elabo- ración de las bases administrativas, debiéndose paraello emitir la correspondiente Resolución Ejecutiva Re- gional; Que, en aplicación de las facultades conferidas por el artículo 21º incisos a) y d) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y conformeal artículo 26º del Reglamento del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y las visaciones de la Gerencia Regional de Infraestruc-tura y de las Subgerencias Regionales de Administra- ción y de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR de Oficio la NULI- DAD del Proceso de Selección por Adjudicación Di-