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PÆg. 243452 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 30 de abril de 2003 Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 21º del mencionado Texto Único Ordenado, la situación de urgencia faculta a la contratación o adquisición de bienes y servicios por el tiempo o cantidad, según sea elcaso, necesario para llevar a cabo el proceso de selec- ción que corresponda; De conformidad con lo establecido en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcio- nes de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selec- ción correspondiente, a la contratación de una empresa de seguridad y vigilancia por el plazo de siete (7) meses,que se encargará de prestar los servicios de seguridad al patrimonio institucional, seguridad física de locales e instalaciones; así como, seguridad a los funcionarios,personal propio y visitantes de la sedes de la SUNAT de Puno, por situación de urgencia y demás fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Re-solución. Artículo Segundo.- Precisar que el valor referencial para la contratación a que hace referencia el ArtículoPrimero de la presente resolución asciende a S/. 391,848.52 (Trescientos noventa y un mil ochocientos cuarenta y ocho y 52/100 nuevos soles), los cuales se-rán financiados con recursos propios de la institución. Artículo Tercero.- Autorizar a la Intendencia Nacio- nal de Administración a realizar la contratación respecti-va. Artículo Cuarto.- Disponer que la Intendencia Nacio- nal de Administración remita copias de la presente Reso-lución y de los informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de suaprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 08207 Exoneran del proceso de selección co- rrespondiente la prórroga del contratode arrendamiento de inmueble ubica-do en la Provincia Constitucional delCallao SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 093-2003/SUNAT Lima, 25 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece que se encuentran exoneradas de losprocesos de Licitación, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, según sea el caso, las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles, siem-pre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspon- diente, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de adjudicación de menor cuantía, conforme alo establecido por el Artículo 20º de dicho Texto Legal; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisándo-se que deberá indicarse en la resolución exoneratoria elórgano que se encargará de llevar a cabo la contrata- ción; Que el Informe Técnico Nº 482-2003-SUNAT/2G3000 de la Gerencia Administrativa, indica que se requiereprorrogar por doce (12) meses el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Avenida Sáenz Peña Nºs. 286-288, Provincia Constitucional del Callao;en virtud a que el referido inmueble reúne las condicio- nes e infraestructura necesarias para el tipo de servi- cios que brinda la SUNAT a través de su red de Centrosde Servicios al Contribuyente; y que la renta mensual no se incrementará en un porcentaje mayor al índice de precios al por mayor; Que en atención a lo señalado en el considerando precedente, el Informe Legal Nº 016-2003-SUNAT- 2B2300 indica que, de conformidad con lo dispuesto enlos Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es procedente la emisión de una Resolución de Superinten-dencia que exonere del proceso de selección correspon- diente a la prórroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Avenida Sáenz Peña Nºs. 286-288, Provincia Constitucional del Callao; Que lo expuesto en dichos Informes justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selecciónpara la celebración del acotado contrato de arrenda- miento, cumpliéndose así con lo establecido en el Artícu- lo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y en los Artículos105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT,aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente, a la prórroga del contrato de arrenda-miento del inmueble ubicado en la Avenida Sáenz Peña Nºs. 286-288, Provincia Constitucional del Callao, por el plazo de doce (12) meses contados a partir del 1 demayo de 2003 hasta el 30 de abril de 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Nacional de Administración a suscribir el Contrato respectivo con el señor Silvio Gian Franco Cúneo Queirolo y su esposa,señora Ondina Bacigalupo Costa, mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por una renta mensual de US$ 3,509.05 (Tres mil quinientos nueve y 05/100 DólaresAmericanos), incluido impuestos. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolu-ción y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 08208 Normas para la declaración y pago del anticipo adicional del Impuesto a laRenta de Tercera Categoría SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 094-2003/SUNAT Lima, 28 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27804, modificada por la Ley Nº 27898, ha estableci-