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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (02/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 249123 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de agosto de 2003 culos de transporte a fin de efectuar el embarque, el que se realizará siguiendo el orden correlativo de retiro, por tipode droga. 2. El acondicionamiento de la droga se realizará de acuerdo a la capacidad del vehículo de transporte conser-vando un estricto orden correlativo, debiendo permanecerlos tickets de pesaje visibles para su control durante el des-embarque. Las drogas no deben apilarse en exceso a finde evitar posibles rupturas de las bolsas por sobrepeso. 3. Terminado el embarque y antes de iniciar el traslado a la sede donde se ejecutará la incineración de las drogas,se levantará el Acta de Retiro, Pesaje, Embarque y Trasla-do, la que será firmada por los funcionarios indicados en elpárrafo IV.B.2. D. TRASLADO1. El traslado de las drogas, del Depósito Oficial de Drogas a la sede en que se destruirán, se hará en vehí-culos (camiones) apropiados que solicitará la Dirección General de la OFECOD a la Dirección General de Adminis-tración del Ministerio del Interior con la debida anticipación,y deberá contar con protección policial suficiente. 2. La OFECOD procederá al traslado de las drogas ha- cia la sede del horno incinerador, bajo custodia de la Uni-dad Especializada de la Policía Nacional del Perú en la quese encuentre ubicado éste, a la que la Dirección Generalde la OFECOD le solicitará el servicio de seguridad co-rrespondiente con la debida anticipación. 3. El traslado se realizará en un solo acto y sin deten- ciones en la ruta. 4. Por ningún motivo, personal civil ni policial viajará en las plataformas ni bodegas de los vehículos en los que seencuentran acondicionadas las drogas para su transporte. E. DESEMBARQUE1. El desembarque de las drogas para su destrucción, en la sede donde ésta se ejecutará se realizará en presencia de losrepresentantes del Ministerio Público, Director General de laOFECOD, representante del Ministerio de Salud, Directora deDrogas e Insumos Químicos de la OFECOD y peritos quími-cos del Ministerio de Salud, Dirección de Criminalística de laPolicía Nacional del Perú y de la OFECOD. 2. El desembarque de las drogas se iniciará con la bolsa signada con el último número y las bolsas se colocarán en filashasta terminar de desembarcar la última de ellas, de tal mane-ra que la bolsa signada con el número uno quede cerca de labalanza electrónica digital a utilizarse para pesaje. 3. Las drogas, ordenadas y presentadas para su destruc- ción, permanecerán bajo observación de personal de la OFE-COD designado por su Director General y custodia de perso-nal policial de la Unidad PNP encargada de la seguridad de ladiligencia, hasta su introducción al horno incinerador. F. PESAJE, ANÁLISIS E INCINERACIÓN 1. La Dirección General de la OFECOD gestionará y supervisará la preparación y encendido del horno incinera-dor con la debida anticipación. 2. Las drogas decomisadas serán destruidas pública- mente en presencia de una Comisión presidida por el Mi-nistro del Interior integrada por un Vocal de la Corte Supre-ma y el Director General de la Policía Nacional del Perú,así como de un Notario Público, que dará fe del acto. Lasdrogas que se destruyan serán analizadas y pesadas mo-mentos antes por un profesional químico de la DirecciónGeneral de la Policía Nacional del Perú y otro del Ministeriode Salud, estos últimos así como el Notario serán designa-dos rotativamente. 3. Participarán también en la diligencia el Fiscal Supe- rior Penal de Turno como representante del Ministerio Pú-blico, el Director General de la Oficina Ejecutiva de Controlde Drogas, el Director de Operaciones Antidrogas de laPolicía Nacional del Perú, el representante del Ministeriode Salud, la Directora de la Oficina Drogas e Insumos Quí-micos de la OFECOD, los Peritos químicos del Ministeriode Salud, de la Dirección de Criminalistica - PNP y de laOFECOD que participaron en la diligencia de retiro, pesa-je, embarque y traslado de las drogas. 4. El pesaje previo a la incineración se realizará en pre- sencia de los integrantes de la Comisión de Destrucción,representantes del Ministerio Publico (Fiscalía SuperiorPenal de Lima que se encuentra de turno), Ministerio deSalud, OFECOD y peritos químicos, quienes tendrán a lavista como elemento de verificación la Relación Generalpor tipo de droga a incinerarse que se confeccionó duranteel Retiro de la droga en el Depósito Oficial de Drogas delMinisterio del Interior, en la que se verificará el número de bolsa y peso bruto de retiro y se consignará el peso brutoconstatado en la diligencia de incineración. 5. Terminado el pesaje de cada una de las bolsas conte- niendo droga, en el orden progresivo establecido, pasarán ala mesa de trabajo donde los peritos químicos del Ministeriode Salud y de la Dirección de Criminalística - PNP analizaránen forma cualitativa las drogas, en presencia de los integran-tes de la Comisión, representantes de las instituciones parti-cipantes y medios de prensa presentes. 6. Personal de apoyo designado para participar en la diligencia efectuarán un corte en cada bolsa, para que losperitos químicos tomen una muestra y efectúen el análisiscualitativo para verificar y confirmar el tipo de droga. 7. Tomada la muestra y concluido su análisis, cada bol- sa será sellada con cinta Masking tape y trasladada por elpersonal de apoyo a la faja transportadora que la echará alhorno para su incineración. 8. Concluida la diligencia de incineración el Director General de la OFECOD juntamente con los miembros dela Comisión y el Representante del Ministerio Público cons-tatarán que se haya realizado la combustión total de lasdrogas. 9. La Directora de la Oficina de Drogas e Insumos Quí- micos de la OFECOD, en coordinación con el Notario Pú-blico levantará el Acta de Incineración de Drogas, la queserá firmada por los integrantes de la Comisión de Des-trucción y por los funcionarios y peritos químicos partici-pantes en la diligencia. V. DIPOSICIONES COMPLEMENTARIASA. La OFECOD, proveerá los instrumentos de medición, material de protección para el personal participante (mas-carillas, guantes de latex, leche) y material logístico (mas-king tape, cuchillas, papel toalla, bolsas de polietileno, plu-mones indelebles, lapiceros punta fina, etc.). B. La Dirección de la Oficina de Drogas e Insumos Quí- micos de la OFECOD habilitará el ambiente de trabajo enla sede del Depósito Oficial de Drogas a fin de brindar co-modidad a los funcionarios participantes en el retiro y pe-saje de la droga. C. De igual manera, en el lugar de la incineración la Dirección de la Oficina de Drogas e Insumos Químicos dela OFECOD habilitará el ambiente para la adecuada ubica-ción de las drogas, balanza electrónica digital, mesa de tra-bajo para los peritos químicos, material para análisis y co-modidad a los miembros de la Comisión de Destrucción yfuncionarios participantes en la diligencia. D. El personal no comprometido directamente en el pe- saje y análisis para incineración deberá permanecer fuerade la zona de trabajo determinada por el personal técnico. E. La OFECOD dictará las instrucciones y absolverá las consultas que sean necesarias para el mejor cumpli-miento de la presente Directiva. VI. DIPOSICIONES FINALESA. La OFECOD, solicitará a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio del Interior la contratación del Ser-vicio Nacional de Metrología para la calibración de las ba-lanzas electrónicas digitales a usarse en la diligencia deretiro, pesaje, embarque y traslado, así como en la de pe-saje, análisis e incineración de Drogas, y la provisión delos demás bienes y servicios necesarios para el cumpli-miento de tales diligencias. B. La Oficina General de Administración del Ministerio del Interior proveerá a la OFECOD los fondos necesariospara la adquisición de bienes y servicios que por el montode su costo puedan ser adquiridos y pagados en efectivodirectamente por ésta y adquirirá o contratará los que de-ban ser adquiridos por la OGA, de acuerdo a las disposi-ciones legales y reglamentarias vigentes en materia deadministración presupuestaria. C. La Unidad policial designada encargada del servicio de seguridad será responsable de ésta antes, durante ydespués de la incineración de drogas y hasta la normaliza-ción de las actividades, para lo cual formulará su respecti-vo PLAN u ORDEN DE OPERACIONES con la clasifica-ción de SECRETO, que será remitido con la debida oportu-nidad a su comando y una copia a la OFECOD. Lima, 26 de julio de 2003 FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 14373