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PÆg. 249134 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de agosto de 2003 der Judicial Nº 192-2002-P-PJ, en concordancia con lo es- tablecido por el artículo 172º del "Reglamento General deProcedimientos Administrativos de los Bienes de Propie-dad Estatal", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y con loestipulado en la Directiva Nº 009-2002/SBN "Procedimien-to para la Donación de Bienes Muebles dados de Baja porlas Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donaciónde Bienes Muebles a favor del Estado", aprobada por laResolución Nº 031-2002/SBN, en el sentido que la dona-ción de bienes muebles debe ser aceptada mediante Re-solución emitida por el titular de la entidad donataria; y, De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 76º inciso 4) del "Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial"; aprobado por el Decreto Su-premo Nº 017-93-JUS modificado por la Ley Nº 27465, yestando a las facultades delegadas a esta Gerencia Gene-ral por la Resolución Administrativa de la Presidencia delPoder Judicial Nº 132-2002-P-PJ, en concordancia con loestablecido por la Ley Nº 27209; RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la Arquidiócesis de Piura, a favor del Poder Judicial - Cen-tro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación "Miguel Grau"de Piura - Gerencia de Centros Juveniles de la GerenciaGeneral, de diversos bienes que se detallan en el Anexo Nº01 que forma parte de la presente Resolución, valorizadosen la suma de S/. 700.00 (SETECIENTOS Y 00/100 NUE-VOS SOLES). Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolu- ción Administrativa a la Gerencia de Centros Juveniles dela Gerencia General, a la Subgerencia de Contabilidad dela Gerencia de Administración y Finanzas de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, al Área de Saneamiento FísicoLegal y Control Patrimonial de la Subgerencia de Logísticade la Gerencia de Administración y Finanzas de la Geren-cia General del Poder Judicial y a la Superintendencia deBienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General Anexo Nº 1 Ítem Descripción Unidad Valor S/. 1 Cocina Semi-Industrial, 1 650.00 Cuatro Hornillas, MarcaSurge 2 Pelotas de Fulbito 2 50.00 TOTAL S/. 700.00 14461 CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen traslado de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Are-quipa a una plaza de igual nivel en laCorte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 091-2003-CE-PJ Lima, 31 de julio del 2003 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud presentada por el señor Teodoro Carrasco Navarro, VocalTitular de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sobretraslado a una plaza de similar nivel a la Corte Superior deJusticia de Lima, por motivos de salud; y, CONSIDERANDO:Que, el pedido de traslado formulado por el señor Teo- doro Carrasco Navarro, se sustenta en el hecho que confecha 22 de enero del año en curso se le detectó en el Hospital de ESSALUD de la ciudad de Arequipa "carcino-ma epidermoide medianamente diferenciado no querati-nizante", resultado que fue confirmado mediante examenhistopatológico del Laboratorio Ham con fecha 24 de enerodel presente año; siendo el caso, que por la gravedad deldiagnóstico, el nombrado Magistrado recurrió con carácterurgente al Centro de Investigaciones Médico - Quirúrgicas,CIMEQ, de la ciudad de La Habana, Cuba, a efectos derecibir tratamiento especializado, siendo diagnosticado endicha oportunidad con "Eritroplasia de Queyrat", e interve-nido quirúrgicamente con tecnología láser, el 12 de febreroúltimo; Que, del Informe médico emitido por el referido Cen- tro de Investigaciones Médico - Quirúrgicas, CIMEQ, dela ciudad de La Habana, Cuba, se recomendó atenciónmédica planificada, así como tratamiento especializa-do prolongado con diversos fármacos; de igual modo,ya en el Perú, el Médico especialista y Director del Ser-vicio de Urología del Hospital Edgardo Rebagliati Mar-tins de la ciudad de Lima, quien viene realizando unseguimiento y control rigurosos de la evolución del es-tado de salud del Magistrado Teodoro Carrasco Nava-rro, ha certificado que el indicado tratamiento debenecesariamente realizarse en dicho Hospital, por lo que,a efectos de respetar las pautas prescritas para supe-rar su delicada afección, el recurrente se ha visto for-zado a solicitar constantemente licencias para atender-se en el Hospital Edgardo Rebagliati Martins, situaciónque no sólo ha afectado su desempeño como Magistra-do en la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sinoque también le viene generando un grave perjuicio eco-nómico debido a los continuos traslados a esta Capital; Que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3º del Reglamento de Traslados de Magistrados, aprobado porResolución Administrativa Nº 052-93-CE-PJ, el trasla-do por razones de salud procede "cuando la atenciónde una dolencia del Magistrado, su cónyuge o hijosmenores de edad, requieren tratamiento especializadopermanente que no se pueda obtener en la sede de ori-gen, o cuando su clima o la ubicación geográfica lessean perjudiciales a su salud (...)"; Que, en tal sentido, el señor Teodoro Carrasco Nava- rro, ha cumplido con presentar los siguientes documen-tos para acreditar su solicitud de traslado: Resultadodel Examen Histológico con diagnóstico de "carcinomaepidermoide medianamente diferenciado no queratini-zante" expedido por el Hospital III Yanahuara "Carlos A.Seguín Escobedo"; Examen Histopatológico efectuadopor Laboratorios Ham con diagnóstico de "carcinomaepidermoide medianamente diferenciado infiltrante";Resumen de Historia Clínica emitido por el Centro deInvestigaciones Médico - Quirúrgicas de la ciudad deLa Habana, Cuba con diagnóstico de "Eritroplasia deQueyrat", en donde consta la intervención quirúrgica ala que fue sometido, así como todas las indicacionesrespecto al riguroso tratamiento médico a seguir; Cer-tificados y Constancias de Consultas Médicas emitidospor el Médico especialista tratante en el Hospital Ed-gardo Rebagliati Martins, en donde se comprueba queel Magistrado recurrente padece de "Eritroplasia deQueyrat"; encontrándose por tal motivo en evaluación ytratamiento prolongado en medicina especializada dedicho Hospital, requiriendo consecuentemente de con-troles permanentes; Que, encontrándose acreditada la solicitud, resulta pro- cedente el traslado formulado por el señor Teodoro Carras-co Navarro a la Corte Superior de Justicia de Lima, quecuenta con plaza vacante de Vocal Superior, a fin de conti-nuar con su tratamiento sin afectar sus funciones jurisdiccio-nales; Que asimismo, conforme aparece del Oficio Nº 854- 2003-P-CSJAR/PJ (050-CE), el Presidente de la CorteSuperior de Justicia de Arequipa, comunica a este Órganode Gobierno que no existe inconveniente alguno para queel Consejo Ejecutivo del Poder Judicial acceda a la solici-tud de traslado formulada por el señor Teodoro CarrascoNavarro, tanto más cuando la misma se sustenta en razo-nes de salud, teniendo en cuenta que el nombrado Magis-trado debe recibir permanente tratamiento especializadoen la ciudad de Lima; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso12) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de lafecha, de conformidad con el Informe del señor ConsejeroJorge Calderón Castillo, por unanimidad;