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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (02/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 249137 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de agosto de 2003 Que, para el cumplimiento del anterior considerando la Gerencia de Estudios Económicos tiene entre sus objeti-vos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente Gene-ral, los estudios e informaciones necesarias para que laspolíticas del Banco y su entorno macroeconómico permi-tan la consecución de la estabilidad monetaria; Que en tal sentido, se considera necesaria la partici- pación de la entidad en el curso "Monetary Policy in Deve-loping Countries", organizado por el Study Center Gerzen-see, una Fundación del Banco Nacional de Suiza, el quese realizará en la ciudad de Gerzensee - Suiza, para locual han cursado la invitación a este Banco Central; De conformidad, por lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acor-dado el Directorio en su sesión de fecha 24 de octubre del2002; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios del señor Daniel Barco Rondán, Analista I del Departamento Análisisy Programación Financiera, a la ciudad de Gerzensee -Suiza, del 3 al 23 de agosto del presente año, a fin de inter-venir en el curso indicado en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasaje US $ 1 216,92 Viáticos US$ 260,00Tarifa única de aeropuerto US$ 28,00 -------------------- Total US$ 1 504,92 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros,cualquiera fuere su clase o denominación. RICHARD WEBB Presidente 14456 ˝ndice de reajuste diario a que se refie- re el Art. 240” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes deagosto CIRCULAR Nº 019-2003-EF/90 Lima, 1 de agosto de 2003 El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste-ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban-ca y Seguros, correspondiente al mes de agosto es el si-guiente: DÍA ÍNDICE 1 5,86567 2 5,865373 5,865084 5,864785 5,864496 5,864197 5,863908 5,863609 5,86331 10 5,8630111 5,8627212 5,8624213 5,8621314 5,8618415 5,8615416 5,8612517 5,8609518 5,8606619 5,8603620 5,8600721 5,8597722 5,8594823 5,85918DÍA ÍNDICE 24 5,85889 25 5,8586026 5,8583027 5,8580128 5,8577129 5,8574230 5,8571231 5,85683 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artícu-lo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utili- zado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestacio- nes a ser restituidas por mandato de la ley o resoluciónjudicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actualconsagrado por la Ley Nº 26598). MARYLIN CHOY CHONG Gerente General (i) 14453 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Reconocen labor de miembros de la PNP que conforman la escolta del Presiden-te del Consejo Nacional de la Magistra-tura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 069-2003-P-CNM San Isidro, 20 de junio de 2003 VISTO:El Oficio Nº 725-2003-DIRSEG-PNP/SEC, de la Direc- ción de Operaciones de Seguridad del Estado de la PolicíaNacional del Perú informando que en aplicación del Decre-to Supremo Nº 002-2003-IN, Resolución Ministerial Nº 1084-2003-IN/PNP, Directiva Nº DPNP-03-16-03-B, el SupremoGobierno ha dispuesto se reduzca el número de efectivospoliciales de seguridad y protección personal del Titular delPliego del Consejo Nacional del Consejo Nacional de laMagistratura que brinda la Dirección de Seguridad del Es-tado y el retiro del vehículo policial asignado; CONSIDERANDO:Que, el personal de la Policía Nacional del Perú, inte- grante de la escolta de seguridad y protección del señorPresidente del Consejo Nacional de la Magistratura se hadesempeñado a cabalidad en el cumplimiento de sus fun-ciones; Que, los miembros de la escolta han demostrado su eficiencia y trabajo abnegado en el cumplimiento de susfunciones, gozando de la confianza del señor Presidentedel Consejo Nacional de la Magistratura; Que, es conveniente reconocer la labor desarrollada por los miembros de la Policía Nacional del Perú que integranla escolta hasta la fecha; De conformidad con la Ley Orgánica del Consejo Nacio- nal de la Magistratura Nº 26397; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reconocer y felicitar la labor des- empeñada por los miembros de la Policía Nacional delPerú, que conforman la escolta del señor Presidentedel Consejo Nacional de la Magistratura, por habersedesempeñado con lealtad y responsabilidad, inclusivepor encima de sus funciones profesionales en el cumpli-miento del deber, dejando muy en alto la imagen de laPolicía Nacional del Perú.