Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2003 (05/08/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 249280

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 5 de agosto de 2003

en su localidad, los mismos que se encuentran debidamente complementados, por lo que ha sido aprobada la delegacion funcional a traves de las respectivas Resoluciones Jefaturales emitidas por la mas alta autoridad de la institucion y estableciendo la delegacion y vinculacion funcional que la MORDAZA dispone, las mismas que requieren la publicidad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar en via de regularizacion la delegacion de las funciones registrales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de Centros Poblados Menores de:
Item Centro Poblado Menor 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 Carata El Azufre El MORDAZA de Polloc Huaynacancha Ingata Jochi San MORDAZA Lagunas de San MORDAZA Llacuari Mongon Pirhuayoc Rio Chari Alto MORDAZA MORDAZA de Huanchac MORDAZA Tiquihua Veracruz Viscas Coata MORDAZA MORDAZA Encanada La Oroya Chamaca Coata Pacaipampa Sincos Pampas Vinac Rio Negro Acoria Hualla Totos Paucas Distrito Provincia MORDAZA Huanta San MORDAZA MORDAZA Yauli Chumbivilcas MORDAZA Ayabaca Jauja Pallasca Yauyos Satipo Huancavelica Cangallo MORDAZA Departamento MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huancavelica MORDAZA MORDAZA

Chihuillo Alto - San MORDAZA Llochegua

San MORDAZA de Quinti Huarochiri

MORDAZA MORDAZA MORDAZA

a su vez que el Sistema Registral esta integrado, entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes, por ello, por Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, de fecha 3 de MORDAZA de 1996, se ha delegado las funciones registrales contenidas en el articulo 44º de la Ley Nº 26497 a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Menores debidamente autorizadas y las que funcionan en las Comunidades Nativas de la MORDAZA y ceja de selva; Que, la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de la MORDAZA y Ceja de MORDAZA - Decreto Ley Nº 22175 - establecio la instalacion de una Oficina de Registro de Estado Civil en cada Comunidad MORDAZA, lo que en la practica se implemento en forma restringida, por tanto, subsiste la necesidad de establecer programas tendientes a la integracion paulatina de las Comunidades Nativas al Sistema Registral, cuyo organo rector es el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, adecuando las exigencias legales al respecto a las condiciones sociales y geograficas existentes, asi como respetando sus costumbres ancestrales; Que las Comunidades Nativas a que se refieren los informes de los vistos han formalizado expedientes de Incorporacion de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las mismas al Sistema Registral, por lo que debe aprobarse la delegacion funcional a traves de las respectivas Resoluciones Jefaturales emitida por la mas alta autoridad de la institucion, estableciendose la vinculacion funcional que la MORDAZA dispone, las mismas que requieren de la publicidad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Considerar en via de regularizacion dentro del Sistema Registral y delegar las funciones registrales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas de:
Comunidad MORDAZA 01 SAN MORDAZA DE CHENI 02 SAN MORDAZA DE SANGARENI 03 GLORIABAMBA 04 CHENI 05 CAIMITO Distrito RIO NEGRO PANGOA RIO TAMBO RIO TAMBO MASISEA Provincia SATIPO SATIPO SATIPO SATIPO MORDAZA PORTILLO MARISCAL MORDAZA MORDAZA Departamento MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCAYALI MORDAZA

Articulo Segundo.- Los Jefes de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los Centros Poblados mencionados en el articulo precedente quedan encargados de las funciones establecidas en el articulo 15 del Decreto Supremo Nº 015-98PCM, del 23 de MORDAZA de 1998, asi como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 14491

06 BORAS DE PUCAURQUILLO PEBAS

Delegan funciones a Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en diversas Comunidades Nativas de los departamentos de MORDAZA, Ucayali y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 352-2003-JEF-RENIEC
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2003 Vistos los Informes Nºs. 851, 852, 853, 854, 855 y 8562003-GO-DIEC/RENIEC, de fecha 11 de MORDAZA del 2003; Que, por Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil como un organismo MORDAZA, constitucionalmente encargado de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Corresponde exclusivamente al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil las funciones de planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones registrales de su competencia, entre los que se encuentran los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican el estado civil de las personas; Que la normativa registral prevista en la Ley Nº 26497 y complementada con el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, de fecha 23 de MORDAZA de 1998, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo

Articulo Segundo.- Los Registradores, Jefes de Oficinas de Registro de Estado Civil que funciona en las Comunidades Nativas mencionadas en el articulo precedente quedan encargados de las funciones establecidas en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, de fecha 23 de MORDAZA de 1998, asi como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta y el obligatorio repliegue de informacion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 14492

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscal adjunto de la Fiscalia Especializada en Trafico Ilicito de Drogas para participar en diversas diligencias que se realizaran en MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1204-2003-MP-FN
MORDAZA, 1 de agosto de 2003

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.