Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2003 (07/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 7 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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reccion de Salud III MORDAZA Norte, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 14745

Autorizan viaje de funcionaria a Uruguay para participar en la "VI Reunion de Negociacion entre el Peru y los Paises miembros del MERCOSUR"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 902-2003-SA/DM
MORDAZA, 6 de agosto del 2003 Visto el Oficio Nº 5202-2003-DG/DIGESA, cursado por el Director General de la Direccion General de Salud Ambiental; CONSIDERANDO: Que, en el documento del visto el Director General de la Direccion General de Salud Ambiental, comunica que ha sido designada la Dra. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA, Asesora de la Direccion General en mencion, para participar en la "VI Reunion de Negociacion entre el Peru y los paises miembros del MERCOSUR", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, los dias 7 y 8 de agosto de 2003; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27619, literal a), articulo 18º de la Ley Nº 27879, articulo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y literal l) articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje de la Dra. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA, a la MORDAZA de Montevideo - Uruguay, del 7 al 10 de agosto de 2003, para participar en la "VI Reunion de Negociacion entre el Peru y los Paises miembros del MERCOSUR". Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Salud de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ Viaticos : US$ Tarifa CORPAC : US$ 1015.18 800.00 28.00

de fecha 13 de MORDAZA de 2003, Actas de Constatacion de Bloque del Tramo MORDAZA de Pasco MORDAZA y de Constatacion de Danos, Informes Nºs. 021-2003-PROVIAS-N_ZHUN.U.P., de fecha 13 de MORDAZA de 2003, 007-2003-MTC/20-GAL/ERV de fecha 2 de MORDAZA de 2003, Informe Nº 027-2003-PROVIAS-N-P.U.P.C.P. de fecha 16 de MORDAZA de 2003, denuncia penal formulada por el Jefe de la Unidad Zonal IX MORDAZA, relacionados a los danos, destruccion e inutilizacion de las instalaciones de la Unidad de Peaje Movil de Cerro de Pasco del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Nº 021-2003-PROVIAS-NZHUN.U.P. Cerro de Pasco, suscrito por el Jefe de Peaje de Cerro de Pasco, con fecha 12 de MORDAZA de 2003, los trabajadores de la Unidad de Peaje Movil de Cerro de Pasco, ubicada en el kilometro 283 de la Carretera Central, a la altura del poblado de MORDAZA Pasco, tomaron conocimiento de la convocatoria de la Coordinadora Nacional de Comunidades del Peru al paro regional para los dias 13 y 14 del mes de MORDAZA del ano en curso, a traves de unos volantes dejados en la referida Estacion de Peaje, en cuyo numeral 10 se senalaba el retiro de la garita de Peaje en MORDAZA de Pasco; Que, de acuerdo al Parte S/N VIII-DIRTEPOL.RPNP-P/ C/C-SIDF de la Comisaria Colquijirca, Region PNP-Pasco, en el tramo de la Carretera MORDAZA de Pasco y MORDAZA, el dia 13 de MORDAZA de 2003, personas desconocidas interrumpieron la referida via, bloqueandola con piedras y que un numero de 450 manifestantes, en forma intempestiva, provistos de palos, piedras y picos abordaron las instalaciones de la Unidad de Peaje Movil de Cerro de Pasco, causando danos materiales y destruccion total de sus instalaciones; Que, en la misma fecha, el Fiscal Adjunto de la provincia de Pasco, levanto un Acta constatando el bloqueo del Tramo MORDAZA de Pasco-Shelby de la Carretera Central asi como el Acta de Constatacion de Danos ocasionados a la Unidad de Peaje Movil de Cerro de Pasco, Que, mediante Informe Nº 027-2003-PROVIAS-NP.U.P.C.P., suscrito por el Jefe de Peaje de Cerro de Pasco, se adjunta el inventario valorizado de los bienes siniestrados en la Unidad de Peaje Movil de Cerro de Pasco, el mismo que asciende a la suma de S/. 189 850,33 (ciento ochenta y nueve mil ochocientos cincuenta y 33/100 nuevos soles); Que, con fecha 23 de MORDAZA de 2003, el Jefe de la Unidad Zonal IX MORDAZA del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, formulo ante el Fiscal Provincial en lo Penal de Pasco denuncia penal contra Darwin MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del distrito de Vico, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina de Tinyahuarco, MORDAZA MORDAZA, Gerente de la Empresa de Transportes Carlessi y otros que resulten responsables, como presuntos autores materiales e intelectuales de los delitos de dano comun agravado y delito de peligro comun, tipificados en los Articulos 205º, 206º numerales 2 y 3 y Articulos 273º y 275º numeral 2 del Codigo Penal, en agravio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Estado; Que, el Articulo 205º del Codigo Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 635, establece que el que MORDAZA, destruye o inutiliza un bien, mueble o inmueble, total o parcialmente ajeno, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no mayor de dos anos y con treinta a sesenta dias-multa; Que, los incisos 2) y 3) del Articulo 206º del citado texto legal, agravan la pena senalada, en no menor de uno ni mayor de seis anos, cuando el delito recae sobre medios o vias de comunicacion, diques o MORDAZA, o instalaciones destinadas al servicio publico y cuando la accion es ejecutada empleando violencia o amenaza contra las personas; Que, de acuerdo al Articulo 273º del dispositivo legal mencionado, el que crea un peligro comun para las personas o los bienes mediante incendio, explosion o liberando cualquier clase de energia, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de tres ni mayor de diez anos; Que, asimismo, el inciso 1) del Articulo 275º, incrementa la pena en no menor de seis ni mayor de quince anos, cuando en la Comision del delito hay peligro de muerte para las personas; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Ad Hoc para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al referido Procurador Publico Ad Hoc para que en representacion y defensa de los intereses del Estado ejerza las acciones

Articulo 3º.- La presente Resolucion, no concedera derecho a exoneraciones aduaneras de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 14780

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador iniciar acciones legales correspondientes contra los que resulten responsables de la destruccion de la Unidad de Peaje Movil de Cerro de Pasco
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 606-2003-MTC/02
MORDAZA, 4 de agosto de 2003 VISTOS: El Parte S/N VIII-DIRTEPOL-RPNP-P/C/C-SIDF de la Comisaria PNP-Colquijirca de la Region PNP-Pasco

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